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4 de Diciembre de 2024

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Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

EDICTO

EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL con domicilio legal en Av. Belgrano 1656, C.A.B.A. notifica que por RESFC-2019-1277-APN-DI#INAES, ha resuelto RETIRAR LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR a las siguientes entidades: COOPERATIVA DE VIVIENDA, CRÉDITO Y CONSUMO TIERRA LIMITADA Matricula Nº 15.362; COOPERATIVA DE TRABAJO 22 DE MAYO LIMITADA Matricula Nº 15.370; COOPERATIVA DE TRABAJO MATADOR LIMITADA Matricula Nº 15.386; COOPERATIVA DE VIVIENDA, CRÉDITO Y CONSUMO LA UNIÓN LIMITADA Matricula Nº 15.393; COOPERATIVA DE TRABAJO BECCAR LIMITADA Matricula Nº 15.412; COOPERATIVA DE TRABAJO DEL SUR LIMITADA Matricula Nº 15.413; COOPERATIVA DE TRABAJO GRANJA INTEGRAL LIMITADA Matricula Nº 15.415; COOPERATIVA DE TRABAJO NORTE LIMITADA Matricula Nº 15.418; COOPERATIVA DE TRABAJO ESPERANZA LIMITADA Matricula Nº 15.420; COOPERATIVA DE VIVIENDA, CRÉDITO Y CONSUMO 10 DE NOVIEMBRE LIMITADA Matricula Nº 15.422; COOPERATIVA DE TRABAJO NEQUECOQUEN LIMITADA Matricula Nº 15.424; COOPERATIVA DE TRABAJO LOS AMIGOS LIMITADA Matricula Nº 15.426; COOPERATIVA DE TRABAJO AYLLU LIMITADA Matricula Nº 15.432; COOPERATIVA DE TRABAJO UNIÓN Y SOLIDARIDAD A.M.S. LIMITADA Matricula Nº 15.439; COOPERATIVA DE TRABAJO METALMECÁNICO LIMITADA Matricula Nº 15.446; COOPERATIVA DE TRABAJO AMBIENTALCOOP LIMITADA Matricula Nº 15.453; COOPERATIVA DE TRABAJO DE MEDIO AMBIENTE BS. AS. (COMEAMBA) LIMITADA Matricula Nº 15.495 y COOPERATIVA DE VIVIENDA LA HERMANDAD LIMITADA Matricula Nº 15.508, todas ellas con domicilio en la Provincia de Buenos Aires. Contra la medida dispuesta son oponibles los siguientes Recursos: REVISIÓN (Art. 22, inc. a) -10 días- y Art. 22, incs. b) c) y d) -30 días- Ley Nº 19.549). RECONSIDERACIÓN (Art. 84 Dto. Nº 1.759/72 – T.O. 894/17, -10 días-). ACLARATORIA (Art. 102, Dto. Nº 1.759/72 – T.O. 894/17, -5 días-). Además, procederá, a opción del interesado, el recurso administrativo de ALZADA o la o la acción judicial pertinente (Art. 94 Dto. Nº 1.759/72 – T.O. 894/17, 15 días-), como así también el Recurso Judicial Directo contemplado en el Art. 103 de la Ley Nº 20.337, modificada por Ley Nº 22.816. Asimismo, se amplían los plazos procesales que les corresponde por derecho en razón de la distancia desde el asiento de esta jurisdicción. Quedan debidamente notificadas (Art. 42, Dto. Nº 1.759/72 T.O. Dto. Nº 894/17).

Patricia Beatriz Caris, Responsable, Despacho.

e. 16/07/2019 N° 50715/19 v. 18/07/2019

Fecha de publicación 17/07/2019