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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 863/2018

RESOL-2018-863-APN-SECT#MT

Ciudad de Buenos Aires, 21/08/2018

VISTO el Expediente Nº 1.764.981/17 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 11/12 del Expediente Nº 1.764.981/17, obra el Acuerdo celebrado por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS QUIMICAS, PETROQUIMICAS Y EXPLOSIVAS por la parte sindical y la empresa GLEBA SA por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que el presente acuerdo se celebró en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 77/89.

Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes acuerdan el Bono por Desempeño.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con el alcance de representación de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnica Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 676/17.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Declárase homologado el acuerdo obrante a fojas 11/12 del Expediente Nº 1.764.981/17, celebrado por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS QUIMICAS, PETROQUIMICAS Y EXPLOSIVAS por la parte sindical y la empresa GLEBA SA por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o 2004).

ARTICULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que proceda al registro del acuerdo, obrante a fojas 11/12 del Expediente Nº 1.764.981/17

ARTICULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo N° 77/89.

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).

ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Horacio Bernardino Pitrau

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 23/07/2019 N° 49967/19 v. 23/07/2019

Fecha de publicación 23/07/2019