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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 606/2019

RESOL-2019-606-APN-MSG - Increméntase recompensa.

Ciudad de Buenos Aires, 19/07/2019

VISTO el Expediente EX-2019-35996837--APN-SCPC#MSG- del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución M.J. y D.H. N° 2318 del 29 de octubre de 2012 y su modificatoria, la Resolución Conjunta M.J y D.H. N°445 y M.S. N° 271 del 24 de junio de 2016, y la Resolución M.S. Nº 95-E/2018 del 29 de enero de 2018, y

CONSIDERANDO

Que ante el JUZGADO FEDERAL Nº 1 DE PARANÁ, Provincia de ENTRE RÍOS, a cargo del Doctor Leandro Damián RIOS, Secretaría Penal N° 2 a cargo del Doctor Juan Andrés CHAULET, tramita el Expediente Nº 16745/2017 caratulado “NN S/ PRIVACIÓN ILEGAL LIBERTAD PERSONAL (art. 142 bis) – SECUESTRO EXTORSIVO”, con la intervención de la FISCALÍA FEDERAL DE VICTORIA, Provincia de ENTRE RÍOS interinamente a cargo del Doctor Carlos GARCÍA ESCALADA.

Que oportunamente se dictó la Resolución M.S. Nº 95-E/2018, mediante la cual se ofrece una recompensa de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000.-), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para dar con el paradero de Omar Héctor Horacio BENVENUTO, D.N.I N° 8.398.164, cuyo último domicilio conocido fuera el de Ruta Provincial 28 s/n, Pilar, Pcia. de BUENOS AIRES, y quien fuera visto por última vez el viernes 27 de octubre de 2017.

Que el artículo 3° de la Ley N° 26.538 establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago, y que a su vez el monto de la recompensa será fijado atendiendo a la complejidad del hecho y a las dificultades que existan para la obtención de la información.

Que el Fiscal Federal Interino, Doctor Carlos GARCÍA ESCALADA, mediante oficio del 1º de abril de 2019 solicita que se disponga la actualización del monto ofrecido en la resolución mencionada previamente.

Que asimismo, en atención al tiempo transcurrido desde el dictado de la Resolución M.S. Nº 95-E/2018 de ofrecimiento, resulta necesario incrementar el monto de la mencionada recompensa.

Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas en el artículo 4° inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992), en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538, y en la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Dispóngase el incremento de la recompensa oportunamente ofrecida mediante Resolución M.S. Nº 95-E/2018 a la suma total de PESOS UN MILLÓN ($1.000.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para dar con el paradero de Omar Héctor Horacio BENVENUTO, DNI 8.398.164, cuyo último domicilio conocido fuera el de Ruta Provincial 28 s/n, Pilar, Pcia. de BUENOS AIRES, quien fuera visto por última vez el viernes 27 de octubre de 2017.

ARTÍCULO 2°.- El procedimiento a seguir para proporcionar información en el marco del ofrecimiento dispuesto en el presente acto se ceñirá a lo previsto en el Anexo II de la Resolución M.J. y D.H. N° 2318/12 y su modificatoria.

ARTÍCULO 3°.- Las personas que quieran suministrar datos deberán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA de este Ministerio, al número de acceso rápido 134.

ARTÍCULO 4°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera de Estado, previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información brindada preservando la identidad del aportante.

ARTÍCULO 5º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN de este Ministerio la difusión de la presente en medios gráficos de circulación nacional.

ARTÍCULO 6°.- Instrúyase a las FUERZAS FEDERALES DE SEGURIDAD la difusión y publicación en todas sus formas de los afiches correspondientes a la recompensa ofrecida.

ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Patricia Bullrich

e. 24/07/2019 N° 53263/19 v. 24/07/2019

Fecha de publicación 24/07/2019