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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE

Disposición 487/2019

DI-2019-487-APN-CNRT#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 23/07/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-57173188-APN-MESYA#CNRT, y

CONSIDERANDO:

Que el PLAN DE MODERNIZACIÓN DEL ESTADO, aprobado mediante el Decreto N° 434 del 1º de marzo de 2016, tiene entre sus objetivos constituir una Administración Pública al servicio del ciudadano en un marco de eficiencia, eficacia y calidad en la prestación de servicios, a partir del diseño de organizaciones flexibles orientadas a la gestión por resultados.

Que uno de los ejes estratégicos es facilitar a los usuarios acceder a la plataforma digital de información y servicios administrativos, ampliando los medios de vinculación existentes y facilitando la gestión de trámites a distancia.

Que, en dicho sentido, esta Comisión Nacional ha venido implementando diversas plataformas, aplicativos y herramientas tecnológicas, en búsqueda de una optimización constante del uso de sus recursos humanos y materiales, con el objetivo de lograr una mejora continua y notoria en sus tareas y los resultados que se derivan de las mismas.

Que, por su parte, el Decreto N° 87 del 2 de febrero de 2017 creó la PLATAFORMA DIGITAL DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL con el objetivo de facilitar la interacción entre las personas y el Estado, unificar la estrategia de servicios y trámites en línea, brindó la posibilidad de realizar trámites a través de las distintas herramientas y servicios insertos en la plataforma, como consultar dichos servicios, solicitar turnos y acceder a información mediante diversos canales.

Que el referido Decreto N° 87/17 facultó al entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN a dictar las normas operativas, aclaratorias y complementarias que resulten necesarias para la implementación de lo establecido en el mencionado Decreto y elaborar los planes, protocolos, cronogramas, manuales y estándares, a ser aplicados por los organismos comprendidos en dicha medida.

Que mediante la Resolución del ex - MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° RESOL-2018-435-APN-MM del 26 de julio de 2018 se creó el SISTEMA NACIONAL DE TURNOS (https://turnos.argentina.gob.ar), como parte integral de la PLATAFORMA DIGITAL DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL.

Que la mencionada Resolución establece en su artículo 3° que las entidades y jurisdicciones comprendidas en el artículo 6° del Decreto N° 87/17, deben utilizar el SISTEMA NACIONAL DE TURNOS como plataforma para los nuevos servicios que requieran atención con turno, encontrándose esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE alcanzada por el citado Decreto.

Que es menester destacar que, el SISTEMA NACIONAL DE TURNOS permite simplificar la administración de la demanda de atención, llevar un registro de los trámites realizados y obtener información estadística.

Que por la Resolución N° RESOL-2019-43-APN-SECMA#JGM del 2 de mayo de 2019 de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA, se aprobó el “REGLAMENTO PARA EL USO DEL SISTEMA DE GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE) y de la “PLATAFORMA DE TRÁMITES A DISTANCIA (TAD)” como, asimismo, los “TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO DE LA PLATAFORMA DE TRÁMITES A DISTANCIA (TAD)”.

Que, en dicho marco, esta Comisión Nacional, mediante la Disposición N° DI- 2019-94-APN-CNRT#MTR del 6 de febrero de 2019, estableció que a partir del 11 de febrero de 2019 los usuarios deben presentar obligatoriamente, los trámites de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, detallados en el Anexo I, identificado como DI-2019-00142966-APN-GCYPS#CNRT a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD), de acuerdo a lo establecido por la GERENCIA DE CALIDAD Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS, como así también se estableció la utilización con carácter obligatorio, del SISTEMA NACIONAL DE TURNOS para la gestión de los trámites en la Sede Central de esta COMISIÓN NACIONAL, detallados en el Anexo II consignado como DI-2019-00142633-APN-GCYPS#CNRT, debiendo solicitar el turno “web” mediante el procedimiento establecido en el Anexo III, identificado como DI-2019-00145006-APN-GCYPS#CNRT.

Que, además, dicha Disposición excluyó de la utilización obligatoria tanto de la PLATAFORMA DE TRÁMITES A DISTANCIA (TAD) como del SISTEMA NACIONAL DE TURNOS a los procedimientos vinculados con la presentación de escritos y oficios judiciales ante esta Comisión Nacional, así como las solicitudes de liberación de vehículos retenidos en operativos de control y fiscalización efectuados en cumplimiento de las facultades y competencias del Organismo.

Que, complementariamente, aprobó el procedimiento de excepción denominado “PROTOCOLO PARA LA PRESENTACIÓN DE TRÁMITES DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE POR MAL FUNCIONAMIENTO DE LA PLATAFORMA TRÁMITES A DISTANCIA” establecido en el Anexo IV, consignado como DI-2019-06787913-APN-GCYPS#CNRT.

Que a la fecha, nuevos trámites se han incorporado a la PLATAFORMA TRÁMITES A DISTANCIA (TAD), razón por la que corresponde incluirlos en la mencionada herramienta informática, incorporándolos en el Anexo I de la Disposición N° DI- 2019-94-APN-CNRT#MTR, excluyéndolos del Anexo II de la misma.

Que, atendiendo las particularidades que presenta el uso de ambas herramientas para las empresas extranjeras que prestan servicios de Transporte por Automotor Internacional de Cargas, es conveniente aprobar un procedimiento de presentación de trámites que contemplen las mismas.

Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, ha tomado intervención en estos actuados.

Que el presente acto se dicta en virtud de las facultades establecidas en el Decreto Nº 1388/96 y sus modificatorios, y el Decreto Nº 911/17.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Sustitúyase el Anexo I, identificado como DI-2019-00142966-APN-GCYPS#CNRT, de la Disposición Nº DI-2019-94-APN-CNRT#MTR del 6 de febrero de 2019 por el Anexo I de la presente, identificado como DI-2019-57597881-APN-GCYPS#CNRT.

ARTÍCULO 2º.- Sustitúyase el Anexo II, identificado como DI-2019-00142633-APN-GCYPS#CNRT, de la Disposición Nº DI-2019-94-APN-CNRT#MTR, por el Anexo II de la presente, identificado como DI-2019-57598156-APN-GCYPS#CNRT.

ARTÍCULO 3º.- Apruébase el procedimiento de solicitud de trámites vía la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) para empresas extranjeras denominado “PROCEDIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE TRÁMITES A DISTANCIA POR PARTE DE LAS EMPRESAS EXTRANJERAS QUE REALICEN SERVICIO DE TRANSPORTE DE CARGA INTERNACIONAL” establecido en el Anexo III de la presente, identificado como DI-2019-57600298-APN-GCYPS#CNRT, que forma parte integrante de la presente Disposición.

ARTÍCULO 4°.- Instrúyase a la GERENCIA DE CALIDAD Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE a implementar esta disposición.

ARTÍCULO 5º.- La presente entrará en vigencia a partir de los 5 días hábiles de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 6º.- Comunícase la presente a todas las áreas de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE.

ARTÍCULO 7º.- Notifícase a las CÁMARAS REPRESENTATIVAS del sector empresario del Transporte Automotor.

ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Pablo Castano

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 24/07/2019 N° 53632/19 v. 24/07/2019

Fecha de publicación 24/07/2019