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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

Decisión Administrativa 621/2019

DA-2019-621-APN-JGM

Ciudad de Buenos Aires, 23/07/2019

VISTO el Expediente N° EX-2017-23911951-APN-DNTYA#SENASA, la Ley N° 27.467, los Decretos Nros. 1585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios, 40 del 25 de enero de 2007, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, la Resolución del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA N° 805 del 9 de noviembre de 2010 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.467, se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019.

Que el Decreto N° 355/17 y su modificatorio estableció, entre otras cuestiones, que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que por el Decreto Nº 1585/96 y sus modificatorios se aprobó la estructura organizativa del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.

Que por la Resolución del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA N° 805/10 y sus modificatorias, se aprobó la estructura organizativa de las aperturas inferiores de segundo nivel operativo del referido Servicio Nacional.

Que por el Decreto N° 40/07 se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN.

Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del entonces cargo de titular de la Dirección de Productos Veterinarios y Alimentos para Animales dependiente de la entonces Dirección Nacional de Agroquímicos, Productos Veterinarios y Alimentos del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que los Servicios Jurídicos permanentes han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes de los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 2° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Desígnase con carácter transitorio a partir del 20 de octubre de 2017 y hasta el 9 de diciembre de 2018, en la Planta Permanente del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, en el entonces cargo de Director de Productos Veterinarios y Alimentos para Animales dependiente de la entonces Dirección Nacional de Agroquímicos, Productos Veterinarios y Alimentos, Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional Operativo, Tramo General, Grado 13, Función Directiva Nivel III, al Médico Veterinario D. Federico Alberto LUNA (M.I. Nº 26.745.724), autorizándose el pago de la referida Función Directiva prevista en el Título IV, Capítulo I, Artículo 42 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del citado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, homologado por el Decreto N° 40/07.

ARTÍCULO 2° .- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado con cargo a las partidas específicas de la JURISDICCIÓN 51-03 – MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO – SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA - ENTIDAD 623 - SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

ARTÍCULO 3° - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Dante Sica

e. 25/07/2019 N° 53976/19 v. 25/07/2019

Fecha de publicación 25/07/2019