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FIRMA DIGITAL

Decisión Administrativa 627/2019

DA-2019-627-APN-JGM - Decisión Administrativa N° 927/2014. Derogación.

Ciudad de Buenos Aires, 26/07/2019

VISTO: el Expediente N° EX-2017-14110453-APN-SECMA#MM, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, las Leyes Nros. 25.506 y 27.446, los Decretos Nros. 561 del 6 de abril de 2016 y 182 del 11 de marzo de 2019, la Decisión Administrativa N° 927 del 30 de octubre de 2014, la Resolución N° 399-E del 5 de octubre de 2016 del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y su modificatoria, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 25.506 y su modificatoria Ley N° 27.446 legislaron sobre la firma electrónica, la firma digital, el documento digital y su eficacia jurídica, estableciendo disposiciones relativas a los componentes de la Infraestructura de Firma Digital de la República Argentina.

Que por el Decreto Nº 182 del 11 de marzo de 2019 se reglamentó la ley antes citada –derogándose asimismo la reglamentación vigente hasta el momento-, regulándose el empleo de la firma electrónica y la firma digital y su eficacia jurídica, asignándose competencias a la Autoridad de Aplicación para establecer determinados actos y procedimientos.

Que, oportunamente, por la Decisión Administrativa N° 927 del 30 de octubre de 2014 se estableció la Política Única de Certificación relativa a la Infraestructura de Firma Digital de la REPÚBLICA ARGENTINA.

Que la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, en su oportunidad, dispuso en su artículo 23 octies las competencias del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, entre las cuales se encontraba la de actuar como Autoridad de Aplicación del régimen normativo que establece la infraestructura de firma digital para el sector público nacional.

Que por el artículo 8° del Decreto Nº 561 del 6 de abril de 2016 –derogado por el citado Decreto N° 182/19-, se asignó al entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, en su carácter de Autoridad de Aplicación de la Infraestructura de Firma Digital de la República Argentina, las funciones establecidas en los incisos a), d) e i) del artículo 13 del entonces vigente Decreto N° 2628/02.

Que en virtud de dichas competencias, el ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN dictó la Resolución N° 399-E de fecha 5 de octubre de 2016 , por la cual se establecieron las pautas técnicas complementarias del marco normativo de firma digital, aplicables al otorgamiento y revocación de licencias a los certificadores que así lo soliciten.

Que toda vez que por la citada Resolución del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° 399/16-E se estableció una nueva Política Única de Certificación, la citada Decisión Administrativa N° 927/14 ha quedado implícitamente derogada.

Que en consecuencia, y a los fines de simplificar la normativa que regula esta materia, corresponde derogar expresamente la referida Decisión Administrativa N° 927/14.

Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico competente.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100 incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Derógase la Decisión Administrativa N° 927 del 30 de octubre de 2014.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Rogelio Frigerio

e. 29/07/2019 N° 54976/19 v. 29/07/2019

Fecha de publicación 29/07/2019