Edición del
19 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 2886/2019

RESOL-2019-2886-APN-ENACOM#JGM FECHA 22/07/2019 ACTA 49

EX-2019-43164955-APN-SDYME#ENACOM

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1. - Publicar en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, conforme a las previsiones del ítem 2.1, del apartado 2.REGISTRO DE INTERESADOS del anexo de la Resolución Nº 262, de fecha 15 de septiembre de 2005, de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, el pedido de adjudicación de pares de canales radioeléctricos en la banda genérica de 800 MHz, destinados para Sistemas Radioeléctricos de Concentración de Enlaces de Uso Privado de acuerdo con el detalle indicado en el ANEXO, a fin de que terceros tomen conocimiento de la petición efectuada. 2. - Actualizar el valor base de referencia de cada par de canales radioeléctricos de 25 kilohertz de ancho cada uno, para cada Área de Explotación, según lo indicado en el ANEXO. 3. - Establecer que las obligaciones a cumplir por quienes resulten adjudicatarios serán las fijadas en el Apéndice del ANEXO a la Resolución Nº 262, de fecha 15 de septiembre de 2005. 4. - Disponer que los usuarios del sistema deberán adoptar todas las medidas necesarias a los efectos de minimizar las posibles interferencias, producidas por la ERC y la EC, hacia las respectivas estaciones de otros sistemas autorizados que surjan del presente llamado. 5. - Establecer que en caso de producirse interferencias perjudiciales entre usuarios del sistema en cuestión, y habiéndose cumplido con lo establecido en el Artículo 4°, los usuarios deberán proceder a coordinar sus redes a los efectos de asegurar la operación del sistema. 6. - Disponer que los usuarios deberán presentar, al momento de solicitar la Autorización de sus estaciones radioeléctricas, una declaración jurada. 7. - Sin perjuicio a lo dispuesto en los Artículos precedentes el solicitante deberá dar cumplimiento a lo establecido en el ítem 3.6 del Anexo I de la Resolución 31-SC/2011. 8. - Determinar que las eventuales manifestaciones de interés realizadas por terceros por las bandas de frecuencias y zonas geográficas motivo de esta publicación, dentro de los 15 días a los que alude el Artículo 1°, serán recepcionadas a través del CAUER de la DINARTIC de este Organismo, o mediante TAD. 9. - Comuníquese, publíquese. Firmado: Silvana Myriam Giudici, Presidenta, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas

Sergio Gabriel Macia, Analista, Área Despacho.

e. 29/07/2019 N° 54691/19 v. 29/07/2019

Fecha de publicación 29/07/2019