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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 2957/2019

RESOL-2019-2957-APN-ENACOM#JGM FECHA 24/07/2019

EX-2019-05819628-APN-DNFYD#ENACOM

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Aprobar el proyecto presentado por la COOPERATIVA INTEGRAL DE PROVISION DE SERVICIOS PUBLICOS CAMILO ALDAO LTDA. en el marco de la convocatoria dispuesta mediante la Resolución ENACOM N° 2.899/2018 y la Resolución N° 4.701/2018, y del PROGRAMA CONECTIVIDAD. 2.- Adjudicar a la COOPERATIVA INTEGRAL DE PROVISION DE SERVICIOS PUBLICOS CAMILO ALDAO LTDA., la suma de PESOS UN MILLÓN SETECIENTOS VEINTISÉIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON OCHENTA CENTAVOS ($1.726.252,80) en concepto de Aportes no Reembolsables, para la ejecución del proyecto aprobado en el Artículo precedente. 3.- Destinar la suma de hasta PESOS UN MILLÓN SETECIENTOS VEINTISÉIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON OCHENTA CENTAVOS ($1.726.252,80) del Fondo Fiduciario del Servicio Universal. 4.- Establecer que, dentro de los 20 días hábiles de notificada la presente Resolución, el adjudicatario deberá acreditar la apertura de una cuenta bancaria específica que estará afectada al proyecto aprobado en el Artículo 1°. La falta de cumplimiento de los requisitos establecidos para la firma del Convenio dará por decaída automáticamente la adjudicación, sin necesidad de interpelación previa. 5.- Establecer que, dentro de los 20 días hábiles de notificada la presente Resolución, el adjudicatario deberá acreditar la constitución de las garantías previstas en el Artículo 8° de la referida Convocatoria. La falta de cumplimiento de los requisitos establecidos para la firma del Convenio dará por decaída automáticamente la adjudicación, sin necesidad de interpelación previa. 6.- Comuníquese, notifíquese al interesado, publíquese. Firmado: Silvana Myriam Giudici, Presidenta, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas

Sergio Gabriel Macia, Analista, Área Despacho.

e. 29/07/2019 N° 54769/19 v. 29/07/2019

Fecha de publicación 29/07/2019