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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA

Resolución 54/2019

RESOL-2019-54-APN-SAYBI#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 30/07/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-53366398--APN-DGDMA#MPYT del Registro de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, la Ley N° 26.967, el Decreto N° 1.341 de fecha 30 de diciembre de 2016, las Resoluciones Nros. 392 de fecha 19 de mayo de 2005 de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, RESOL-2017-90-APN-MA de fecha 12 de abril de 2017 del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y su modificatoria, y RESOL-2018-1-APN-SECCYDT#MA de fecha 9 de enero de 2018 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR, COORDINACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL a cargo de la entonces SECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR del citado ex -Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 26.967, se creó el Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL”, y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, establecido por Resolución N° 392 de fecha 19 de mayo de 2005 de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN.

Que en virtud de la mencionada normativa, se concede al solicitante el derecho de uso sin exclusividad del sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE” por el plazo de DOS (2) años contados desde la fecha de publicación de cada acto administrativo, exclusivamente para diferenciar aquellos productos que en cada caso se establece.

Que asimismo, por el Artículo 4° del Decreto N° 1.341 de fecha 30 de diciembre de 2016, se estableció un reintegro del CERO CON CINCO POR CIENTO (0,5 %) adicional para aquellos productos que cuenten con el derecho de uso del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL”, y su versión en idioma inglés, “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”.

Que por la Resolución N° RESOL-2017-90-APN-MA de fecha 12 de abril de 2017 del ex-MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y su modificatoria, se dispuso que a los fines de acreditar ante el servicio aduanero que determinado producto cuenta con el derecho de uso del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL”, y su versión en idioma inglés, “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE” el interesado debe presentar un certificado por cada operación de exportación, expedido por la Dirección Nacional de Alimentos y Bebidas de la SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.

Que en ese marco, resulta necesario establecer la exhibición obligatoria del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL”, y su versión en idioma inglés, “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE” respecto de aquellos productos destinados a la exportación y para los cuales se solicite el mencionado reintegro, a fin de cumplimentar con los objetivos previstos en el Artículo 3° de la Ley N° 26.967.

Que por Resolución N° RESOL-2018-1-APN-SECCYDT#MA de fecha 9 de enero de 2018 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR, COORDINACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL a cargo de la entonces SECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR del citado ex-Ministerio, se aprobó el Protocolo de Calidad para “MANZANAS”.

Que la firma KLEPPE SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-51160861-5), con Constancia de Habilitación de Establecimientos de Empaque N° R-0527-c-F, emitida por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, con domicilio en la calle J. M. Brentana Nº 150, de la Ciudad de General Fernández Oro, Departamento de General Roca, Provincia de RÍO NEGRO y domicilio constituido en la calle Lavalle N° 1.454 Piso 6°, Departamento 1 de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, y Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA) Nros. 14.005.9.40143/00; 15.006.9.20121/00; 15.006.9.60263/00; 15.006.9.60271/00; 15.006.9.00231/00; 15.006.9.10031/00; 15.006.9.10056/00; 15.006.9.80134/00; 15.006.9.60267/00; 15.006.9.60269/00; 15.006.9.60270/00; 15.006.9.00291/00; 15.006.9.20125/00; 15.006.9.20129/00; 15.006.9.20130/00; 15.006.9.60268/00; 15.006.9.30209/00; 15.006.9.80173/00; 15.006.9.30208/00; 15.002.9.40026/00; 15.006.9.00369/00; 15.006.9.20131/00; 15.002.9.30004/00; 14.005.9.40141/00; 14.005.9.40093/00; 14.002.0.00176/00; 14.002.0.00175/00; 14.005.9.40029/00; 14.005.9.40028/00 y 14.005.9.40030/00; todos ellos emitidos por el citado Servicio Nacional, ha solicitado el derecho de uso sin exclusividad del Sello: “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, para distinguir el producto “MANZANAS”, para la marca: “GAUCHO”.

Que el peticionante ha cumplido con todos los recaudos y condiciones generales y particulares requeridos por la citada Ley N° 26.967 y la citada Resolución Nº 392/05, para la obtención del Sello: “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, como así también ha acreditado el cumplimiento del Protocolo de Calidad para “MANZANAS”, aprobado por la referida Resolución N° RESOL-2018-1-APN-SECCYDT#MA.

Que debido a las directivas impartidas por el Gobierno Nacional en materia de contención del gasto público, la presente medida no implicará costo fiscal alguno.

Que la Dirección de Gestión de Calidad de la Dirección Nacional de Alimentos y Bebidas de la SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, elaboró el informe correspondiente, entendiendo que se encuentran cumplidos los requisitos técnicos para la cesión del Sello: “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, ha tomado la intervención de su competencia.

Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia de acuerdo a las facultades conferidas por el Decreto N° 174 de fecha 2 de marzo de 2018, sus modificatorios y complementarios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Concédese el derecho de uso sin exclusividad del Sello: “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, a la firma KLEPPE SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-51160861-5), con Constancia de Habilitación de Establecimientos de Empaque N° R-0527-c-F, emitida por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO con domicilio en la calle J. M. Brentana Nº 150, de la Ciudad de General Fernández Oro, Departamento de General Roca, Provincia de RÍO NEGRO y domicilio constituido en la calle Lavalle N° 1.454 Piso 6° Departamento 1 de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, y Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA) Nros. 14.005.9.40143/00; 15.006.9.20121/00; 15.006.9.60263/00; 15.006.9.60271/00; 15.006.9.00231/00; 15.006.9.10031/00; 15.006.9.10056/00; 15.006.9.80134/00; 15.006.9.60267/00; 15.006.9.60269/00; 15.006.9.60270/00; 15.006.9.00291/00; 15.006.9.20125/00; 15.006.9.20129/00; 15.006.9.20130/00; 15.006.9.60268/00; 15.006.9.30209/00; 15.006.9.80173/00; 15.006.9.30208/00; 15.002.9.40026/00; 15.006.9.00369/00; 15.006.9.20131/00; 15.002.9.30004/00; 14.005.9.40141/00; 14.005.9.40093/00; 14.002.0.00176/00; 14.002.0.00175/00; 14.005.9.40029/00; 14.005.9.40028/00 y 14.005.9.40030/00; todos ellos emitidos por el citado Servicio Nacional, para distinguir al producto “MANZANAS”, para la marca: “GAUCHO”, de conformidad a lo establecido por la Ley N° 26.967 y las Resoluciones Nros. 392 de fecha 19 de mayo de 2005 de la ex-SecretarÍa de Agricultura, GanaderÍa, Pesca y Alimentos del entonces MINISTERIO DE EconomÍa Y PRODUCCIÓN y RESOL-2018-1-APN-SECCYDT#MA de fecha 9 de enero de 2018 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR, COORDINACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL a cargo de la entonces SECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR del citado ex Ministerio.

ARTÍCULO 2°.- Apruébase el Contrato de Cesión de Uso Temporal Sin Exclusividad del referido Sello que como Adjunto registrado con el N° IF-2019- 54427143-APN-DGC#MPYT forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- El derecho de uso cedido por el artículo precedente se acuerda por el plazo de DOS (2) años contados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4°.- Apruébase la propuesta de exhibición del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y/o su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, en la muestra de rótulo y/o elemento de packaging del producto para el cual se concede el derecho de uso del Sello y que como Adjunto registrado con el N° IF-2019-67292800-APN-DGC#MPYT forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 5°.- Hágase saber a la firma KLEPPE SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-51160861-5), la obligatoriedad del uso del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y/o su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, de acuerdo con la forma de exhibición aprobada en el artículo precedente; para aquellos productos destinados a la exportación y respecto de los cuales se solicite la emisión de los certificados referidos en el Artículo 2° de la Resolución N° RESOL-2017-90-APN-MA de fecha 12 de abril de 2017 del ex- MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y su modificatoria, a los efectos del reintegro adicional establecido por el Artículo 4° del Decreto N° 1.341 de fecha 30 de diciembre de 2016.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. William Andrew Murchison

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en: www.agroindustria.gob.ar

e. 31/07/2019 N° 55496/19 v. 31/07/2019

Fecha de publicación 31/07/2019