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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA

Resolución 211/2019

Buenos Aires, 16/07/2019

VISTO el Expediente Nº 165/19/INAMU, la Ley 26.801, la Resolución 29/15/INAMU, la Resolución 123/19/INAMU, la Resolución 128/19/INAMU, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley 26.801 se crea el INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA como ente público no estatal.

Que el artículo 6 inciso a) de la mencionada ley, establece entre las funciones del INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA la de promover, fomentar y estimular la actividad musical en todo el territorio de la República Argentina, otorgando los beneficios previstos en la ley.

Que la Ley 26.801 en su artículo 9 inciso f) establece que es función del Directorio gestionar, percibir y administrar el Fondo de Financiamiento y los ingresos que pudiera obtener por todo concepto, así como administrar los bienes del organismo.

Que artículo 9 inciso g) de dicha Ley establece entre las funciones y competencias del Directorio la de ejecutar las medidas de fomento tendientes a desarrollar la actividad musical, en sus aspectos culturales, artísticos, técnicos, industriales y comerciales, pudiendo a tal efecto auspiciar concursos, establecer premios, adjudicar becas de estudio e investigación y emplear todo otro medio necesario a tal fin; y por su inciso h) establece la función de instrumentar las convocatorias para la presentación de proyectos destinados a subsidios nacionales.

Que el artículo 12 de la ley precitada prevé la conformación del Comité Representativo, y en su artículo 13 establece entre sus funciones la de constituirse en comité evaluador de los proyectos presentados en las convocatorias para subsidios nacionales realizados por el Directorio.

Que por Resolución 123/19/INAMU se aprobó el texto ordenado del Estatuto del Instituto Nacional de la Música, ratificado por la Asamblea General.

Que en el artículo 2° inciso 6) de la resolución mencionada, se entiende como fomento a la actividad musical a la entrega de los Subsidios, Ayudas Especiales, Créditos y Vales de Difusión entregados en cumplimiento de la Ley 26.801.

Que en el artículo 3° inciso 21) del mismo plexo normativo, se estableció que el Directorio realizará todas las funciones ejecutivas y administrativas propias de la autoridad superior de acuerdo a la naturaleza jurídica del Instituto, al establecer las condiciones y requisitos para el otorgamiento de los beneficios previstos en la Ley.

Que el catálogo discográfico de SICAMERICANA S.A., el cual posee un enorme valor y trascendencia cultural, fue adquirido por el INAMU debido a la quiebra de dicha empresa.

Que se previó en la Resolución 29/15/INAMU que el producido de los derechos de propiedad intelectual que el INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA perciba por la compra del catálogo mencionado, será destinado al Proyecto ‘Mi Primer Disco’, que será una línea de fomento a la producción fonográfica para productores fonográficos nacionales independientes.

Que la entidad recaudadora CAPIF ha liquidado el monto correspondiente por el catálogo al INAMU, y éste se ha reservado para el Proyecto “Mi Primer Disco”.

Que la Asamblea Federal ha aprobado el Plan de Acción 2019, donde se incluye el ‘Proyecto Mi Primer Disco’ a desarrollarse durante el año en curso.

Que dicho proyecto se podrá implementar a partir del cobro de los derechos de productor fonográfico que percibe el INAMU por el catálogo, según Expediente N° 10/16/INAMU de adquisición del mismo.

Que en consecuencia corresponde dictar resolución fijando las bases y condiciones para las convocatorias: ‘CONVOCATORIA MI PRIMER DISCO - 2019’.

Que la participación en la ‘CONVOCATORIA MI PRIMER DISCO - 2019’ implica la aceptación de las Bases y Condiciones de la misma en su totalidad, así como el conocimiento de toda la normativa vigente al respecto.

Que mediante la Resolución 128/19/INAMU se ha establecido un Instructivo de Rendición de Subsidios y/o Ayudas Económicas aplicable a la presente convocatoria.

Que el Área de Asuntos Técnico Legales, el Área de Administración y el Área de Fomento han tomado intervención al respecto.

Que la facultad para el dictado de la presente surge de la Ley 26.801.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1.- Llámese a la ‘CONVOCATORIA MI PRIMER DISCO - 2019’, a aquellos músicos nacionales registrados independientes de todo el país, conforme el artículo 24 de la Ley 26.801, en sus distintas etapas del desarrollo de su proyecto fonográfico.

ARTÍCULO 2.- Apruébense las Bases y Condiciones para la presentación de solicitudes de la ‘CONVOCATORIA MI PRIMER DISCO - 2019’, que obra como Anexo I, y la planilla de Solicitud de Fomento que obra como Anexo II y que forman parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 3.- La participación en la ‘CONVOCATORIA MI PRIMER DISCO - 2019’ implica el conocimiento y aceptación de todo lo establecido en las correspondientes Bases y Condiciones.

ARTÍCULO 4.- Se deja constancia de que quienes hayan recibido un beneficio en el marco de las Convocatorias de Fomento realizadas por el INAMU durante el año 2018, no podrán participar en la ‘CONVOCATORIA MI PRIMER DISCO - 2019’.

ARTÍCULO 5.- Cualquier hecho no previsto en la presente Resolución será resuelto por el INAMU.

ARTÍCULO 6.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Diego Boris Macciocco - Maria Paula Rivera

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 31/07/2019 N° 55446/19 v. 31/07/2019

Fecha de publicación 31/07/2019