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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO - SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 446/2019

RESOL-2019-446-APN-SECT#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 27/03/2019

VISTO el EX-2018-47308360-APN-DGDMT#MPYT del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley Nº 23.546 (t.o. 2004), y

CONSIDERANDO:

Que bajo el IF-2018-55185518-APN-DNRYRT#MPYT del EX-2018-47308360-APN-DGDMT#MPYT, obran el Acuerdo y Anexo de fechas 19 de Octubre de 2018, celebrados entre la UNIÓN OBRERA DE LA CONSTRUCCIÓN DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (U.O.C.R.A.), por la parte gremial y la ASOCIACIÓN ARGENTINA DEL HORMIGÓN ELABORADO (AAHE), por el sector empresarial, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que asimismo en el IF-2018-64103739-APN-DGDMT#MPYT y en el IF-2018-66835841-APN-DNRYRT#MPYT, del EX-2018-63835176-APN-DGDMT#MPYT, obran un Acuerdo y Anexo con escalas salariales complementarios, suscriptos por las mismas partes precedentemente individualizadas.

Que a través de los presentes se pacta una recomposición salarial dentro de los términos y lineamientos estipulados.

Que los textos convencionales traídos a estudio resultarán de aplicación para el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 445/06, cuyas partes signatarias coinciden con los actores aquí intervinientes.

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando su personería y facultades para negociar colectivamente con las constancias obrantes en autos y por ante esta Cartera de Estado.

Que los ámbitos de aplicación de los presentes se circunscriben a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresarial firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que se encuentra constituida la respectiva Comisión Negociadora, conforme a lo previsto en la Ley 23.546 (t.o. 2004).

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que en atención al ámbito de aplicación personal de los Acuerdos celebrados, es menester dejar aclarado que no resulta procedente fijar el promedio de remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, respecto de los Convenios Colectivos de Trabajo y Acuerdos salariales aplicables a los trabajadores que se desempeñen en la actividad regulada por la Ley 22.250, en virtud de lo dispuesto por la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 1419 del 21 de noviembre de 2007.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO-2019-35-APN-PTE.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Decláranse homologados el Acuerdo y Anexo de fechas 19 de Octubre de 2018, que lucen en el IF-2018-55185518-APN-DNRYRT#MPYT del EX-2018-47308360-APN-DGDMT#MPYT, celebrados entre la UNIÓN OBRERA DE LA CONSTRUCCIÓN DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (U.O.C.R.A.), por la parte sindical y la ASOCIACIÓN ARGENTINA DEL HORMIGÓN ELABORADO (AAHE), por la parte empleadora, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o 2004).

ARTICULO 2º.- Decláranse homologados el Acuerdo de fecha 27 de Noviembre de 2018, que luce en el IF-2018-64103739-APN-DGDMT#MPYT del EX-2018-63835176-APN-DGDMT#MPYT y Anexo que luce en el IF-2018-66835841-APN-DNRYRT#MPYT del EX-2018-63835176-APN-DGDMT#MPYT; celebrados entre la UNIÓN OBRERA DE LA CONSTRUCCIÓN DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (U.O.C.R.A.), por la parte sindical y la ASOCIACIÓN ARGENTINA DEL HORMIGÓN ELABORADO (AAHE), por la parte empleadora, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o 2004).

ARTÍCULO 3º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro de los Acuerdos y Anexos de fechas 19 de Octubre de 2018 y 27 de Noviembre de 2018 que lucen respectivamente en el IF-2018-55185518-APN-DNRYRT#MPYT del EX -2018- 47308360-APN-DGDMT#MPYT, en el IF-2018-64103739-APN-DGDMT#MPYT del EX -2018-63835176-APN-DGDMT#MPYT y en el IF-2018-66835841-APN-DNRYRT#MPYT del EX -2018-63835176-APN-DGDMT#MPYT.

ARTICULO 4º.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 445/06.

ARTÍCULO 5°.- Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO no efectúe la publicación de carácter gratuito de los Acuerdos y Anexos homologados y de esta Resolución, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).

ARTICULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lucas Fernandez Aparicio

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 31/07/2019 N° 50312/19 v. 31/07/2019

Fecha de publicación 31/07/2019