Edición del
23 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO - SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 600/2019

RESOL-2019-600-APN-SECT#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 15/05/2019

VISTO el EX-2018-31739430-APN-DGD # MT del Registro del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o.1.976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546 (t.o.2.004) y

CONSIDERANDO:

Que obra agregado a autos el Acuerdo suscripto en fecha 09 de mayo de 2.018 (obrante en las páginas 3/10 del IF-2018-31776546-APN-DGD#MT), celebrado en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 112/90, entre el SINDICATO ARGENTINO DE MUSICOS (SADEM), y la ASOCIACION DE HOTELES, RESTAURANTES, CONFITERIAS Y CAFES, cuya homologación las partes solicitan conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del referido Acuerdo las partes pactan nuevas condiciones salariales para los trabajadores comprendidos en el citado Convenio Colectivo de Trabajo, con vigencia desde el 01 de marzo de 2.017, hasta el 30 de septiembre de 2.018, conforme los detalles allí impuestos.

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando sus personerías y facultades para negociar colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.

Que el ámbito de aplicación del referido instrumento se circunscribe a la estricta correspondencia entre el objeto de la representación empleadora firmante, y los ámbitos de la entidad sindical de marras emergentes de su personería gremial.

Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que en atención al ámbito de aplicación personal del acuerdo a homologar, es menester dejar expresamente aclarado que, en concordancia con lo dispuesto por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1891/08 no corresponde fijar el promedio salarial y el Tope Indemnizatorio en los acuerdos y convenios colectivos de trabajo aplicables a los trabajadores que se desempeñen en la actividad regulada por la Ley N° 14.597 “Estatuto Profesional del Músico”

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO -2019-35-APN-PTE

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el Acuerdo suscripto en fecha 09 de mayo de 2.018, celebrado entre el SINDICATO ARGENTINO DE MUSICOS (SADEM), y la ASOCIACION DE HOTELES, RESTAURANTES, CONFITERIAS Y CAFES, obrante en las páginas 3/10 del IF-2018-31776546-APN-DGD#MT, conforme lo dispuesto en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin del registro del instrumento suscripto el 09 de mayo de 2.018, obrante en las páginas 3/10 del IF-2018-31776546-APN-DGD#MT.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la reserva conjuntamente con el legajo del Convenio Colectivo de Trabajo N° 112/90.

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE PRODUCCION, Y TRABAJO, no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo homologado, y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lucas Fernandez Aparicio

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 01/08/2019 N° 54670/19 v. 01/08/2019

Fecha de publicación 01/08/2019