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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL

Disposición 12/2019

DI-2019-12-APN-SSGD#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 19/07/2019

VISTO: El expediente EX-2019-50540919- -APN-SSGD#JGM, los Decretos Nros. 802 de fecha 5 septiembre de 2018, 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y su modificatorio, 87 de fecha 2 de febrero de 2017, la Disposición Nro. 14 de fecha 27 de julio de 2018, las Resoluciones del entonces Ministerio de Modernización Nros. 332 de fecha 4 de julio de 2017, 494 de fecha 16 de agosto de 2018, y sus modificatorios

CONSIDERANDO

Que por el Decreto N° 802 de fecha 5 de septiembre de 2018, se crea la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DE LA NACIÓN, la que tiene dentro de sus objetivos los de diseñar, proponer y coordinar las políticas de transformación y modernización del Estado en las distintas áreas del Gobierno Nacional, su Administración central y descentralizada, y determinar los lineamientos estratégicos y la propuesta de las normas reglamentarias en la materia y definir e implementar el Plan de Modernización de la Administración Pública Nacional, su administración central y descentralizada y ejercer funciones como autoridad de aplicación del mismo.

Que mediante el Decreto N° 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y su modificatorio N° 958 de fecha 25 de octubre de 2018, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Pública centralizada hasta el nivel de Subsecretaría y los objetivos de dichas Unidades Organizativas, estableciendo entre los objetivos de la SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL dependiente de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN, los de entender en el diseño, implementación, definición de estándares y monitoreo de la Plataforma Digital del Sector Público Nacional; entender en el diseño, implementación y monitoreo del Perfil Digital del Ciudadano “Mi Argentina”; entender en el diseño, implementación, monitoreo y prestación de los servicios digitales del Estado; entre otros.

Que el Decreto del Poder Ejecutivo N° 87 de fecha 2 de febrero de 2017 creó la PLATAFORMA DIGITAL DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL con el objetivo de facilitar la interacción entre las personas y el Estado, unificar la estrategia de servicios y trámites en línea, brindando así la posibilidad de realizar trámites a través de las distintas herramientas y servicios insertos en la plataforma, como consultas, solicitud de turnos, credenciales digitales y acceso a información mediante diversos canales.

Que la aludida Plataforma Digital está compuesta, entre otros, por el Perfil Digital del Ciudadano “Mi Argentina” desde donde se implementan las credenciales digitales del ciudadano.

Que el mencionado Decreto N° 87/2017 facultaba al entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN (actual Secretaría de Gobierno de Modernización) a dictar las normas operativas, aclaratorias, y complementarias que resulten necesarias para la implementación de lo establecido en el mencionado decreto y a elaborar los planes, protocolos, cronogramas de implementación, manuales y estándares, a ser aplicados por los organismos comprendidos en dicha medida.

Que en este sentido, mediante la Resolución del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° 332 de fecha 4 de julio de 2017 se aprobó el PROCEDIMIENTO DE ALTA, BAJA y MODIFICACIONES DE CUENTAS DE USUARIOS para el Portal Web General argentina.gob.ar que integra la PLATAFORMA DIGITAL DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL y los TÉRMINOS Y CONDICIONES del Portal Web General argentina.gob.ar

Que la Resolución del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° 494 de fecha 16 de agosto de 2018 se aprobaron los NIVELES DE ACCESO AL PERFIL DIGITAL DEL CIUDADANO, el PROCESO DE VALIDACIÓN DE IDENTIDAD DEL PERFIL DIGITAL DEL CIUDADANO y la MESA DE AYUDA DE MI ARGENTINA.

Que las mencionadas Resoluciones, delegaron en la SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL la facultad de dictar las normas operativas, aclaratorias, interpretativas, complementarias como asimismo actualizar los procedimientos, cronogramas de implementación, términos y condiciones y glosario que se aprueban en la presente medida.

Que, en ese sentido el Perfil Digital del Ciudadano “Mi Argentina”, se creó con el fin de facilitar el acceso a los servicios digitales del Estado y de ampliar las modalidades de atención del ciudadano.

Que, por todo lo expuesto, resulta necesario crear los “TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES” y la “POLÍTICA DE PRIVACIDAD” del Perfil Digital del Ciudadano “Mi Argentina”; y los “TÉRMINOS Y CONDICIONES PARTICULARES” y la “POLÍTICA DE PRIVACIDAD” del Perfil Digital del Ciudadano “Mi Argentina - Salud”.

Que, la DIRECCIÓN NACIONAL DE DATOS PERSONALES de la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA se ha expedido en el ámbito de su competencia.

Que, ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 5° de la Resolución N° 332/2017 y el Artículo 5° de la Resolución N° 494/2018 del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE GOBIERNO DIGITAL

DISPONE

ARTÍCULO 1°.- Créanse y apruébanse los TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES y la POLÍTICA DE PRIVACIDAD del Perfil Digital del Ciudadano MI ARGENTINA, integrante de la PLATAFORMA DIGITAL DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL, que como ANEXO I (DI-2019-65451104-APN-SSGD#JGM) forma parte de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Créanse y apruébanse los Términos y Condiciones Particulares y la Política de Privacidad de MI ARGENTINA- SALUD, como parte integrante del Perfil Digital del Ciudadano MI ARGENTINA de la PLATAFORMA DIGITAL DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL, que como Anexo II (DI-2019-65451401-APN-SSGD#JGM) forma parte de la presente medida.

ARTÍCULO 3°: - Establécese que la presente Disposición tendrá vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Daniel Alejandro Abadie

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 05/08/2019 N° 56526/19 v. 05/08/2019

Fecha de publicación 05/08/2019