Edición del
6 de Diciembre de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN

Resolución 517/2019

RESOL-2019-517-APN-SSN#MHA

Ciudad de Buenos Aires, 31/05/2019

VISTO el Expediente EX-2019-48248737-APN-GA#SSN, la Ley Nº 17.418 y sus modificatorias, el Decreto Nº 87 de fecha 2 de febrero de 2017, el Reglamento General de la Actividad Aseguradora (t.o. Resolución SSN N° 38.708 de fecha 6 de noviembre de 2014, y sus modificatorias y complementarias), la Resolución RESOL-2018-494-APN-MM de fecha 16 de agosto, y

CONSIDERANDO:

Que es función de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN regular todo lo referido al seguro automotor, incluyendo el comprobante del mismo, fijando en tal sentido las normas técnicas para su diseño y confección.

Que en fecha 7 de marzo de 2018 se dictó la Resolución RESOL-2018-219-APN-SSN#MF, donde se reguló la entrega de documentación al asegurado a través de medios electrónicos.

Que mediante el Artículo 113 de la Ley Nº 27.444 se modificó el Artículo 11 de la Ley Nº 17.418, admitiéndose que la prueba del contrato de seguro sea a través de cualquier medio digital.

Que el Anexo del Punto 25.1.1.9. del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (t.o. Resolución SSN N° 38.708 de fecha 6 de noviembre de 2014, y sus modificatorias y complementarias) regula las características del Comprobante del Seguro Obligatorio Automotor Conforme Decreto Nº 1716/2008 (Reglamentario de la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial Nº 26.363).

Que el Decreto Nº 87 de fecha 2 de febrero de 2017 creó la PLATAFORMA DIGITAL DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL, con el objetivo de facilitar la interacción entre las personas y el Estado y unificar la estrategia de servicios y trámites en línea, brindando así la posibilidad de realizar trámites a través de las distintas herramientas y servicios insertos en la plataforma, tales como consultas, solicitud de turnos, credenciales digitales y acceso a información mediante diversos canales.

Que la aludida Plataforma Digital está compuesta, entre otros, por el Perfil Digital del Ciudadano “Mi Argentina”, desde donde se implementan las credenciales digitales del ciudadano.

Que a través de dicha plataforma se alcanza el más alto nivel de certeza por parte de la autoridad de verificación respecto a la vigencia y posesión del seguro automotor obligatorio del vehículo fiscalizado.

Que los avances tecnológicos y legislativos brindan la posibilidad de crear un documento complementario al físico, que permita realizar una lectura actualizada y certera de la vigencia del seguro automotor obligatorio de un vehículo fiscalizado.

Que lo expuesto amerita la creación de un formato digital de Comprobante del Seguro Obligatorio Automotor Conforme Decreto Nº 1716/2008 (Reglamentario de la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial Nº 26.363) que a todos los efectos posea la misma validez que el documento físico, que sea dinámico y que permita a la Autoridad de Fiscalización consultar de manera inmediata el estado de la autorización para conducir oportunamente otorgada.

Que la digitalización de dicho instrumento tiene como objetivo primordial optimizar la fiscalización de los conductores, como asimismo conferirle al ciudadano una herramienta que le permita portar su Comprobante del Seguro Obligatorio Automotor en un dispositivo móvil.

Que en consecuencia resulta oportuno, meritorio y conveniente aprobar el Comprobante del Seguro Obligatorio Automotor en formato digital, con idéntico diseño y validez que su equivalente en formato físico, en procura de alcanzar el más alto estándar de seguridad en la materia.

Que la Gerencia Técnica y Normativa ha tomado la intervención que corresponde al ámbito de su competencia.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha dictaminado en orden al particular.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el Artículo 67 inciso b) de la Ley Nº 20.091.

Por ello,

EL VICE SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el “Comprobante del Seguro Obligatorio Automotor Conforme Decreto Nº 1716/2008 (Reglamentario de la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial Nº 26.363) en Formato Digital”, el cual tendrá a todos los efectos idéntica validez que el comprobante previsto en el Anexo del Punto 25.1.1.9. del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (t.o. Resolución SSN N° 38.708 de fecha 6 de noviembre de 2014, y sus modificatorias y complementarias), y cuyo diseño replicará.

ARTÍCULO 2°.- Apruébanse las características y particularidades operativas del “Comprobante del Seguro Obligatorio Automotor Conforme Decreto Nº 1716/2008 (Reglamentario de la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial Nº 26.363) en Formato Digital” obrantes en Anexo IF-2019-48325008-APN-GTYN#SSN, que forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 3°.- Solicítese a la SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, arbitrar los medios necesarios para la implementación del comprobante previsto en el Artículo 1º.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Guillermo Plate

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 08/08/2019 N° 57662/19 v. 08/08/2019

Fecha de publicación 08/08/2019