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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO - SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 300/2019

RESOL-2019-300-APN-SECT#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 21/02/2019

VISTO el EX-2018-38702420-APN-DGD#MT del Registro del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que en el Expediente de la referencia en IF-2018-38983474-APN-DGD#MT obra el Acuerdo y Anexo celebrado en fecha 30 de Julio de 2018 entre la FEDERACION OBRERA CERAMISTA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (FOCRA) por el sector gremial, y la CAMARA DE FABRICANTES DE PISOS Y REVESTIMIENTOS CERAMICOS por el sector empleador, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 150/75 conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que a través de lo convenido se pacta un incremento salarial con vigencia desde el 1° de Mayo de 2018 hasta el 30 de Abril de 2019

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con el alcance de representación de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan antes esta Cartera de Estado y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el Acuerdo de referencia, por intermedio de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo se procederá a evaluar la procedencia del efectuar el cálculo del tope previsto por el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO-2019-35-APN-PTE

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Declárese homologado el Acuerdo y Anexo celebrado en fecha 30 de Julio de 2018 obrante en IF-2018-38983474-APN-DGD#MT entre la FEDERACION OBRERA CERAMISTA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (FOCRA) por el sector gremial, y la CAMARA DE FABRICANTES DE PISOS Y REVESTIMIENTOS CERAMICOS en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 150/75, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o 2004).

ARTICULO 2º.- Gírese a la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que proceda al registro del Acuerdo y Anexo celebrado en 30 de Julio de 2018 obrante en IF-2018-38983474-APN-DGD#MT del EX-2018-38702420-APN-DGD#MT.

ARTICULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 150/75.

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).

ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lucas Fernandez Aparicio

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 12/08/2019 N° 53739/19 v. 12/08/2019

Fecha de publicación 12/08/2019