Edición del
27 de Marzo de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE HACIENDA SUBSECRETARÍA DE ENERGÍAS RENOVABLES Y EFICIENCIA ENERGÉTICA

Disposición 96/2019

DI-2019-96-APN-SSERYEE#MHA

Ciudad de Buenos Aires, 12/08/2019

Visto el expediente EX-2018-56478734-APN-DGDOMEN#MHA y sus expedientes asociados, el expediente EX-2019-71215773-APN-DGDOMEN#MHA, y la disposición 91 del 2 de agosto de 2019 de esta Subsecretaría de Energías Renovables y Eficiencia Energética (DI-2019-91-APN-SSERYEE#MHA), y

CONSIDERANDO:

Que el Régimen de Fomento Nacional para el uso de Fuentes Renovables de Energía destinada a la Producción de Energía Eléctrica, sancionado por la ley 26.190 y modificado y ampliado por la ley 27.191, prevé el incremento progresivo de la participación de las fuentes renovables de energía en la matriz eléctrica hasta alcanzar un veinte por ciento (20%) al 31 de diciembre de 2025.

Que mediante la resolución 100 del 14 de noviembre de 2018 (RESOL-2018-100-APN-SGE#MHA), modificada por la resolución 90 del 11 de marzo de 2019 (RESOL-2019-90-APN-SGE#MHA), ambas de la Secretaría de Gobierno de Energía dependiente del Ministerio de Hacienda, se convocó a interesados en ofertar en el Proceso de Convocatoria Abierta Nacional e Internacional para la contratación en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) de energía eléctrica de fuentes renovables de generación –el “Programa RenovAr – MiniRen/Ronda 3”–, con el fin de celebrar Contratos del Mercado a Término, denominados Contratos de Abastecimiento de Energía Eléctrica Renovable, con la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA) en representación de los Agentes Distribuidores y Grandes Usuarios del MEM –hasta su reasignación en cabeza de los Agentes Distribuidores y/o Grandes Usuarios del MEM–, de conformidad con lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones (el Pliego) que como anexo (IF-2018-58327856-APN-DNER#MHA) se aprobó por el artículo 2° de la resolución 100/2018, con las modificaciones introducidas por el anexo I (IF-2019-13981331-APNDNER#MHA) de la resolución 90/2019.

Que por la disposición 91 del 2 de agosto de 2019 de esta Subsecretaría de Energías Renovables y Eficiencia Energética (DI-2019-91-APN-SSERYEE#MHA) se resolvió la adjudicación de los Contratos de Abastecimiento de Energía Eléctrica Renovable, a las ofertas que, para cada tecnología, se detallan en el anexo I (DI-2019-68195434-APN-DEEYRER#MHA) que integra la referida disposición.

Que por el artículo 5° de la disposición 91/2019 se invitó a los oferentes de las ofertas calificadas por la disposición 84 del 12 de julio de 2019 de esta Subsecretaría de Energías Renovables y Eficiencia Energética (DI-2019-84-APN-SSERYEE#MHA), que no resultaron adjudicados por el artículo 3° del acto referido en primer término, a celebrar Contratos de Abastecimiento de Energía Eléctrica Renovable y los respectivos Acuerdos de Adhesión al Fondo para el Desarrollo de Energías Renovables (FODER), en los términos establecidos en los anexos 6 y 7 del Pliego de Bases y Condiciones, respectivamente, de acuerdo con las condiciones que se establecen en el citado artículo 5°.

Que se estableció que el plazo para que los interesados manifiesten por escrito ante esta subsecretaría la aceptación de la invitación y del precio correspondiente será de cinco (5) días hábiles contados desde la fecha de notificación de la disposición 91/2019.

Que el plazo de los cinco (5) días hábiles posteriores a la notificación de la disposición 91/2019 vence el 12 de agosto de 2019.

Que se ha solicitado prórroga del plazo establecido para la aceptación de la invitación, con el fin de contar con tiempo suficiente para analizar acabadamente la decisión a adoptar.

Que a esos efectos se considera razonable establecer una prórroga por el plazo de treinta (30) días corridos, computados desde el 12 de agosto de 2019, para que los oferentes invitados por el artículo 5° de la disposición 91/2019 puedan manifestar su aceptación de la invitación formulada.

Que esta medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el inciso c del artículo 1° de la resolución 1 del 11 de enero de 2019 de la Secretaría de Gobierno de Energía dependiente del Ministerio de Hacienda (RESOL-2019-1-APN-SGE#MHA).

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE ENERGÍAS RENOVABLES Y EFICIENCIA ENERGÉTICA

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Prorrogar por el término de treinta (30) días corridos, contados desde el 12 de agosto de 2019, el plazo establecido en el artículo 5° de la disposición 91 del 2 de agosto de 2019 de esta Subsecretaría de Energías Renovables y Eficiencia Energética (DI-2019-91-APN-SSERYEE#MHA), a los efectos previstos en la citada norma.

ARTÍCULO 2°.- Instruir a Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA) para que notifique esta disposición a los oferentes invitados, individualizados en el anexo II (DI-2019-68191137-APN-DEEYRER#MHA) de la disposición 91/2019.

ARTÍCULO 3°.- Notificar a CAMMESA y al Banco de Inversión y Comercio Exterior Sociedad Anónima (BICE).

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Sebastián Alejandro Kind

e. 14/08/2019 N° 59294/19 v. 14/08/2019

Fecha de publicación 14/08/2019