BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 6738/2019
22/07/2019
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: Circular REMON 1 – 975. Adecuaciones.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que, en su parte pertinente, dispone:
“1. Sustituir el punto 1.3.15. de las normas sobre “Efectivo mínimo” por lo siguiente:
“1.3.15. Las entidades financieras podrán integrar la exigencia en pesos –del período y diaria– con Letras de Liquidez del BCRA (LELIQ) y/o Notas del BCRA (NOBAC) conforme a lo siguiente:
1.3.15.1. Comprendidas en el Grupo “A” y las sucursales o subsidiarias de G-SIB no incluidas en ese grupo: en hasta 16 puntos porcentuales de la tasa prevista en el acápite i) del punto 1.3.5.1. y en el punto 1.3.9.; en hasta 13 puntos porcentuales de la tasa prevista en el acápite ii) del punto 1.3.5.1.; en hasta 10 puntos porcentuales de las tasas previstas por los puntos 1.3.1., 1.3.2.1., 1.3.3.; en hasta 13 puntos porcentuales de las tasas previstas en los acápites i) y ii) del punto 1.3.7.1.; en hasta 3 puntos porcentuales de las tasas previstas en los acápites i) a iii) del punto 1.3.10. y en el punto 1.3.11. y en hasta 2 puntos porcentuales de la tasa prevista en el acápite iii) de los puntos 1.3.5.1 y 1.3.7.1.
1.3.15.2. Entidades no comprendidas en el punto precedente: en hasta 3 puntos porcentuales de las tasas previstas en los acápites i) y ii) de los puntos 1.3.5.1. y 1.3.7.1., en el punto 1.3.9., en los acápites i) a iii) del punto 1.3.10. y en el punto 1.3.11. y en hasta 2 puntos porcentuales de la tasa prevista en el acápite iii) de los puntos 1.3.5.1 y 1.3.7.1.”
2. Disponer que lo previsto precedentemente tenga vigencia desde la posición unificada de julio/agosto de 2019.”
Asimismo, les informamos que posteriormente les haremos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponderá incorporar en las normas de la referencia.
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas - Agustin Torcassi, Subgerente General de Regulación Financiera.
e. 14/08/2019 N° 59409/19 v. 14/08/2019
Fecha de publicación 14/08/2019