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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

Decisión Administrativa 695/2019

DA-2019-695-APN-JGM

Ciudad de Buenos Aires, 13/08/2019

VISTO el Expediente Nº EX-2019-57652525-APN-SGM#JGM, la Ley Nº 27.467, los Decretos Nros. 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y su modificatorio y 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa Nº 324 de fecha 14 de marzo de 2018 y su modificatoria, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 27.467 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019.

Que por el Decreto N° 355/17 y su modificatorio se estableció, entre otras cuestiones, que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que por el Decreto Nº 174/18 y sus modificatorios se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, aprobando asimismo, sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes a la entonces Secretaría de Gobierno de Agroindustria del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.

Que por la Decisión Administrativa Nº 324/18 y su modificatoria, se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.

Que en virtud de específicas razones de servicio de la entonces Secretaría de Gobierno de Agroindustria del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, se considera imprescindible la cobertura transitoria de UN (1) cargo vacante de Director Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, actualmente dependiente del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la entonces Secretaría de Gobierno de Agroindustria del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 2º del Decreto Nº 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Desígnase transitoriamente a partir del 1° de junio de 2019 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida, al abogado Ricardo Horacio DATO (M.I. N° 14.051.789) en UN (1) cargo vacante de Director Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, Nivel A, Grado 0, autorizándose el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel I del SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Citado Convenio.

ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado en el artículo 1º de la presente decisión administrativa deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, por los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del dictado de la presente medida.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado con cargo a las partidas específicas del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Luis Miguel Etchevehere

e. 15/08/2019 N° 59811/19 v. 15/08/2019

Fecha de publicación 15/08/2019