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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO SECRETARÍA DE ATENCIÓN CIUDADANA Y SERVICIOS FEDERALES

Resolución 2/2019

RESOL-2019-2-APN-SACYSF#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 14/08/2019

VISTO el Expediente Nº EX-2019-54729492- -APN-DGDMT#MPYT, los Decretos Nros. 174 de fecha 02 de marzo de 2018, 801 y 802 de fecha 5 de septiembre de 2018, la Decisión Administrativa N° 296 de fecha 09 de marzo de 2018 y la Resolución de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO N° 9 de fecha 12 de septiembre de 2018; y,

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 174/18 y sus modificatorios, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, aprobando asimismo, sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes a la SECRETARIA DE ATENCIÓN CIUDADANA Y SERVICIOS FEDERALES del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que el Decreto N° 801 de fecha 5 de septiembre de 2018 modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) sustituyéndose la denominación del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL por la de MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.

Que a través de la Decisión Administrativa N° 296/2018 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, estableciendo la apertura de Direcciones Regionales con dependencia directa de la SECRETARÍA DE ATENCIÓN CIUDADANA Y SERVICIOS FEDERALES.

Que el Decreto N° 802 de fecha 5 de septiembre de 2018 crea el cargo de SECRETARIO DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO con dependencia al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.

Que la Resolución N° 9 de fecha 12 de septiembre de 2018 de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO aprobó las aperturas inferiores del nivel de departamento de la SECRETARÍA DE ATENCION CIUDADANA Y SERVICIOS FEDERALES, creando las Agencias Territoriales correspondientes a las Direcciones Regionales.

Que en virtud del reordenamiento establecido a través de los mencionados actos, con el propósito de lograr una efectiva descentralización operativa y optimizar al desarrollo de las correspondientes acciones, resulta necesario definir el área geográfica de incumbencia de cada Agencia Territorial de las Direcciones Regionales dependientes de la SECRETARÍA DE ATENCIÓN CIUDADANA Y SERVICIOS FEDERALES.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en el ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 174 del 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ATENCIÓN CIUDADANA Y SERVICIOS FEDERALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Fíjese el área geográfica de incumbencia de las AGENCIAS TERRITORIALES dependientes de la DIRECCIÓN REGIONAL AUSTRAL de acuerdo a lo establecido en el ANEXO I (IF-2019-70343044-APN-SACYSF#MPYT) de la presente Resolución:

· AGENCIA TERRITORIAL CALETA OLIVIA

· AGENCIA TERRITORIAL COMODORO RIVADAVIA

· AGENCIA TERRITORIAL GENERAL ROCA

· AGENCIA TERRITORIAL NEUQUÉN

· AGENCIA TERRITORIAL RÍO GALLEGOS

· AGENCIA TERRITORIAL SAN CARLOS DE BARILOCHE

· AGENCIA TERRITORIAL TIERRA DEL FUEGO

· AGENCIA TERRITORIAL TRELEW

· AGENCIA TERRITORIAL VIEDMA

ARTÍCULO 2°.- Fíjese el área geográfica de incumbencia de las AGENCIAS TERRITORIALES dependientes de la DIRECCIÓN REGIONAL CENTRO de acuerdo a lo establecido en el ANEXO II (IF-2019-70340389-APN-SACYSF#MPYT) de la presente Resolución:

· AGENCIA TERRITORIAL CONCORDIA

· AGENCIA TERRITORIAL PARANÁ

· AGENCIA TERRITORIAL ROSARIO

· AGENCIA TERRITORIAL SANTA FE

· AGENCIA TERRITORIAL RÍO CUARTO

· AGENCIA TERRITORIAL CÓRDOBA

ARTÍCULO 3°.- Fíjese el área geográfica de incumbencia de las AGENCIAS TERRITORIALES dependientes de la DIRECCIÓN REGIONAL CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Y CONURBANO BONAERENSE (IF-2019-70340918-APN-SACYSF#MPYT) de acuerdo a lo establecido en el ANEXO III de la presente Resolución:

· AGENCIA TERRITORIAL CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

· AGENCIA TERRITORIAL LA MATANZA

· AGENCIA TERRITORIAL LANÚS

· AGENCIA TERRITORIAL LA PLATA

· AGENCIA TERRITORIAL LOMAS DE ZAMORA

· AGENCIA TERRITORIAL MORENO

· AGENCIA TERRITORIAL SAN MARTÍN

ARTÍCULO 4°.- Fíjese el área geográfica de incumbencia de las AGENCIAS TERRITORIALES dependientes de la DIRECCIÓN REGIONAL CUYO de acuerdo a lo establecido en el ANEXO IV (IF-2019-70341653-APN-SACYSF#MPYT) de la presente Resolución:

· AGENCIA TERRITORIAL SAN LUIS

· AGENCIA TERRITORIAL SAN JUAN

· AGENCIA TERRITORIAL LA RIOJA

· AGENCIA TERRITORIAL MENDOZA

· AGENCIA TERRITORIAL SAN RAFAEL

ARTÍCULO 5°.- Fíjese el área geográfica de incumbencia de las AGENCIAS TERRITORIALES dependientes de la DIRECCIÓN REGIONAL NEA de acuerdo a lo establecido en el ANEXO V (IF-2019-70341973-APN-SACYSF#MPYT) de la presente Resolución:

· AGENCIA TERRITORIAL CORRIENTES

· AGENCIA TERRITORIAL FORMOSA

· AGENCIA TERRITORIAL POSADAS

· AGENCIA TERRITORIAL RESISTENCIA

ARTÍCULO 6°.- Fíjese el área geográfica de incumbencia de las AGENCIAS TERRITORIALES dependientes de la DIRECCIÓN REGIONAL NOA (IF-2019-70342226-APN-SACYSF#MPYT) de acuerdo a lo establecido en el ANEXO VI de la presente Resolución:

· AGENCIA TERRITORIAL TUCUMÁN

· AGENCIA TERRITORIAL CATAMARCA

· AGENCIA TERRITORIAL SANTIAGO DEL ESTERO

· AGENCIA TERRITORIAL SALTA

· AGENCIA TERRITORIAL JUJUY

ARTÍCULO 7°.- Fíjese el área geográfica de incumbencia de las AGENCIAS TERRITORIALES dependientes de la DIRECCIÓN REGIONAL PAMPEANA de acuerdo a lo establecido en el ANEXO VII (IF-2019-70342610-APN-SACYSF#MPYT) de la presente Resolución:

· AGENCIA TERRITORIAL BAHIA BLANCA

· AGENCIA TERRITORIAL JUNÍN

· AGENCIA TERRITORIAL MAR DEL PLATA

· AGENCIA TERRITORIAL SAN NICOLÁS

· AGENCIA TERRITORIAL SANTA ROSA

· AGENCIA TERRITORIAL TANDIL

· AGENCIA TERRITORIAL ZÁRATE CAMPANA

ARTÍCULO 8°.- Establécese que por el plazo de SESENTA (60) días hábiles contados a partir de la firma del presente se mantendrán transitoriamente los permisos y demás funciones vigentes a la fecha que hagan a la gestión operativa y administrativas de las Agencias Territoriales, a los fines de adoptar medidas de transición para la reorganización de las áreas afectadas.

ARTÍCULO 9°.- Regístrese, comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Tomas Aramburu

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 20/08/2019 N° 60630/19 v. 20/08/2019

Fecha de publicación 20/08/2019