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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 1239/2019

RESOL-2019-1239-APN-INCAA#MECCYT

Ciudad de Buenos Aires, 15/08/2019

VISTO, el EX-2019-51656010-APN-GCYCG#INCAA, del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, los Decretos N° 1536 de fecha 20 de agosto de 2002, N° 1346 de fecha 30 de diciembre de 2016, N° 324 de fecha 8 de mayo de 2017 y N° 877 de fecha 30 de octubre de 2017, y las Resoluciones INCAA Nº 1103-E de fecha 17 de julio de 2018, Nº 1109-E de fecha 18 de julio de 2018 y N° 1141-E de fecha 27 de julio de 2018 y 809-E de fecha 30 de mayo de 2019, y;

CONSIDERANDO:

Que atento a lo establecido en la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, tiene a su cargo el fomento y regulación de la actividad cinematográfica en todo el territorio de la República, y en el exterior, en cuanto se refiere a la cinematografía nacional.

Que mediante Resolución INCAA N° 1109-E/2018 se estableció un régimen especial de anticipos de subsidios de medios electrónicos a los efectos del rodaje de las películas producidas bajo la modalidad de audiencia media.

Que mediante Resolución INCAA N° 809-E/2019 se estableció el Llamado a Convocatoria de Anticipos de Subsidios para proyectos de películas de audiencia media, y de películas que se hubieran presentado ante el Organismo, a los efectos de la declaración de interés en el marco de las Resoluciones INCAA Nº 151/2013 en los términos del artículo segundo de Nº 1141-E/2018; y que habiéndose adecuado a la modalidad de Largometraje por Convocatoria en los términos de la Resolución INCAA N° 1/2017, cumplan con lo establecido en la Resolución INCAA N° 1109-E/2018.

Que el Consejo Asesor aprobó un segundo llamado por un monto máximo de PESOS DOSCIENTOS MILLONES ($ 200.000.000.-), para los rodajes iniciados desde el día 1 de septiembre de 2019 hasta el día 31 de marzo de 2020.

Que en el artículo 4° de la Resolución INCAA N° 1109-E/2018, establece la intervención de un Comité para seleccionar los proyectos beneficiarios del anticipo de subsidio a los efectos del rodaje, como así también determinará el monto a asignar a cada uno de los seleccionados.

Que en el artículo 5° de la Resolución INCAA N° 1109-E/2018, establece que el comité deberá estar integrado por TRES (3) miembros con experiencia en evaluación financiera y económica de proyectos cinematográficos, designados por el Consejo Asesor, por DOS (2) integrantes que serán designados en los términos de la Resolución INCAA N° 768-E/2018, y deberán ser productores de trayectoria en el ámbito cinematográfico, y el tercer integrante será designado por el Presidente del Organismo de un listado de por lo menos TRES (3) integrantes.

Que en el artículo 6° de la Resolución INCAA N° 1109-E/2018, establece que en el plazo de DIEZ (10) días hábiles contados desde su constitución, el comité deberá elaborar un informe en el que consignará los proyectos aprobados de acuerdo a las pautas establecidas en el artículo cuarto de la resolución mencionada, incluyendo hasta un máximo de CINCO (5) proyectos suplentes, con su respectivo orden de mérito.

Que con fecha 24 de octubre de 2018, mediante Acta del Consejo Asesor, se designó a los Señores Marcelo Hugo SCHAPCES (DNI Nº 12.780.374), Gema JUAREZ ALLEN (DNI Nº 23.967.894) y Walter Nelson Adriel RABBIA (DNI N° 29.270.034) como integrantes del comité del régimen especial de anticipos de subsidios de medios electrónicos a los efectos del rodaje establecido en las Resoluciones INCAA N° 1109-E/2018 y N° 809-E/2019.

Que los integrantes mencionados, no tienen obligaciones en mora con el Organismo ni poseen interés alguno en los proyectos participantes del llamado convocado por la Resolución INCAA N° 809-E/2019 y cumplen con los requisitos de admisibilidad requeridos en el artículo quinto de la Resolución INCAA N° 1109-E/2018 para la conformación del Comité aludido.

Que resulta pertinente establecer las normas sobre quorum y mayorías del referido Comité.

Que la Subgerencia de Fomento a la Producción Audiovisual y la Subgerencia de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención que les compete.

Que la facultad para el dictado de la misma surge de la Ley 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias y los Decretos N° 1536/2002 y N° 324/2017.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Designar como miembros del Comité del régimen especial de anticipos de subsidios de medios electrónicos a los efectos del rodaje, a los Señores Marcelo Hugo SCHAPCES (DNI Nº 12.780.374), Gema JUAREZ ALLEN (DNI Nº 23.967.894) y Walter Nelson Adriel RABBIA (DNI N° 29.270.034), según lo establecido en las Resoluciones INCAA N° 1109-E/2018 y N° 809 E/2019

ARTÍCULO 2º.- Determinar que el Comité cumplirá funciones por el término de DIEZ (10) hábiles días a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la presente resolución.

ARTÍCULO 3º.- Establecer que el Comité designado en el artículo precedente actuará con quorum de la totalidad de sus integrantes y tomará las decisiones sobre la totalidad de los proyectos por mayoría simple.

ARTÍCULO 4°.- Establecer que la presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Ralph Douglas Haiek

e. 20/08/2019 N° 60640/19 v. 20/08/2019

Fecha de publicación 20/08/2019