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Primera sección


MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD

Resolución 1581/2019

RESOL-2019-1581-APN-SGS#MSYDS

Ciudad de Buenos Aires, 15/08/2019

VISTO el Expediente Nº 1-2095-S01:0001951/2013 del registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN” (ANLIS), organismo descentralizado que funciona en la órbita de la SECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE LA SALUD, PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS, los Decretos Nº 2098 del 3 de Diciembre de 2008 y Nº 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y modificatorios, la Decisión Administrativa Nº 557 del 24 de Julio de 2012, la Resolución Nº 39 del 18 de marzo de 2010 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTIÓN PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y;

CONSIDERANDO

Que mediante el Decreto Nº 355/17 y su modificatorio se estableció que la designación del personal ingresante a la planta permanente como asimismo la promoción del personal que revista en la planta permanente, luego de la sustanciación de los respectivos procesos de selección, en cargos vacantes y financiados presupuestariamente en el ámbito de la Administración Pública Nacional centralizada en cargos de las estructuras organizativas, serán efectuadas en sus respectivas jurisdicciones por los Ministros y los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que por las Decisiones Administrativas Nº 557/12 y Nº 1509/12, se exceptuó a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN” (ANLIS), de lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 26.728, al solo efecto de posibilitar la cobertura de los cargos vacantes financiados, a través de los procedimientos de selección establecidos por el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO homologado por el Decreto Nº 2098/08 y modificatorios.

Que por la Resolución Nº 39/10 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTIÓN PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO.

Que mediante Disposición Nº 568 de fecha 13 de Septiembre de 2013 del registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN” (ANLIS), se dispuso el llamado a concurso General y Abierto mediante Convocatoria Ordinaria para la cobertura de SETENTA (70) cargos vacantes y financiados y el llamado a concurso Abierto mediante Convocatoria Complementaria de CATORCE (14) cargos vacantes y financiados, conforme los procedimientos establecidos por el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), todos ellos de la planta permanente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS).

Que por Disposición Nº 578/13 modificada por Disposición Nº 646/2013, ambas de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN”, se designaron a los integrantes titulares y alternos de los Comités de Selección para la cobertura de SETENTA (70) cargos vacantes y financiados de la planta permanente, mediante convocatoria ordinaria general y abierta y para la cobertura de CATORCE (14) cargos vacantes y financiados de la planta permanente, mediante convocatoria complementaria abierta, mediante el régimen de Selección de Personal aprobado por la Resolución Nº 39/10 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTIÓN PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que los integrantes de los Comités de Selección han actuado en un todo de acuerdo con el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) homologado por Decreto N° 2098/08 y modificatorios, con los procedimientos de selección establecidos por la Resolución Nº 39/10 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTIÓN PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por Disposición Nº 21 del 22 de Enero de 2014 del registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN” (ANLIS), se aprobaron los Ordenes de Mérito Definitivo elevado, entre otros, por los Comités de Selección Nros 1 A, 2 A, 2 B, 2 C, 3 A, 3 B, 3 C, 3 D, 3 E, 5 A, 6 A, 6 B, 7 A, resultante del proceso de selección mencionado precedentemente.

Que el artículo 24 del Anexo del Decreto Nº 2098/08 y sus modificatorios dispone que todo ingreso del personal se realiza en el grado y tramo inicial del nivel escalafonario del agrupamiento correspondiente al puesto de trabajo para el que fuera seleccionado y que, cuando el órgano selector estimara condiciones de idoneidad especialmente relevantes, podrá recomendar su incorporación en el grado siguiente al establecido precedentemente.

Que por las Actas Nº 09 del 20 de diciembre de 2013 los Comités recomiendan la incorporación en el grado UNO (1) del nivel escalafonario del agrupamiento correspondiente, según el caso, para aquellos postulantes que, habiendo arribado a esa instancia, tomen posesión del cargo bajo concurso, como consecuencia de las condiciones de idoneidad especialmente relevantes demostradas por los candidatos, situación que se ha visto reflejada al afrontar las exigencias impuestas en todas y cada una de las etapas que componen el proceso de selección superando los 80 puntos.

Que obra en autos la certificación del DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS del citado Organismo, en relación al reconocimiento de grados por aplicación de los artículos Nros 31, incisos a), b) y c) y 128 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, homologado por el Decreto Nº 2.098/08 y sus modificatorios.

Que las presentes designaciones no implican asignación de recurso extraordinario alguno.

Que en el proceso de selección citado precedentemente no hubo impugnación alguna, así como tampoco fue recurrido el Orden de Mérito Definitivo.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 3º del Decreto Nº 355/17 de fecha 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.

Por ello,

EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Desígnanse en la planta permanente a las personas que se mencionan en el ANEXO I (IF-2019-67725582-APN-DD#MS) que forma parte integrante de la presente resolución, en el Nivel, Tramo, Agrupamiento y Grado, y asignándoles los Suplementos, según corresponda, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO homologado (SINEP) por el Decreto Nº 2098/08 sus modificatorios y complementarios, en la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN” (ANLIS) organismo descentralizado que funciona en la órbita de la SECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE LA SALUD, PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS, de esta SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN” (ANLIS), organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE LA SALUD, PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Adolfo Luis Rubinstein

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 20/08/2019 N° 60393/19 v. 20/08/2019

Fecha de publicación 20/08/2019