Edición del
23 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRANSPORTE

Resolución 497/2019

RESOL-2019-497-APN-MTR

Ciudad de Buenos Aires, 16/08/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-60082362-APN-SECGT#MTR, la Ley de Ministerios N° 22.520, los Decretos N° 438 de fecha 12 de marzo de 1992, N° 656 de fecha 29 de abril de 1994, N° 779 de fecha 20 de noviembre de 1995, N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, N° 26 de fecha 7 de enero de 2019, las Resoluciones N° 634 de fecha 8 de noviembre de 2017 de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE del GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, N° 156 y N° 158 de fecha 20 de marzo de 2018 de la SUBSECRETARÍA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE ambas del GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, N° 720 de fecha 15 de agosto de 2018 el MINISTRO DE TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que por las Resoluciones N° 634 de fecha 8 de noviembre de 2017 de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE del GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, N° 156 y N° 158 de fecha 20 de marzo de 2018 ambas de la SUBSECRETARÍA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE del GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, se crearon el Programa de Prueba Piloto de Buses de Tecnología Limpia y el Programa de Prueba Piloto de Buses de Combustibles Alternativos en el ámbito de dicha Ciudad, por el lapso de UN (1) año desde la efectiva puesta en circulación de los buses.

Que por medio de la Resolución N° 720 de fecha 15 de agosto de 2018 el MINISTERIO DE TRANSPORTE adhirió al Programa de Prueba Piloto de Buses de Tecnología Limpia y al Programa de Prueba Piloto de Buses de Combustibles Alternativos, y facultó a la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR, dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE, a adoptar todas las acciones y medidas que resulten necesarias para la implementación del Plan Prueba Piloto.

Que, por su parte, con el fin de evaluar nuevas tecnologías de vehículos destinados al autotransporte de pasajeros y carga, se dictó el Decreto N° 26 de fecha 7 de enero de 2019, el cual incorporó como segundo párrafo del artículo 1° del Decreto N° 779 de fecha 20 de noviembre de 1995, la posibilidad de exceptuar de la aplicación de sus normas a las pruebas experimentales.

Que, además, el mencionado Decreto N° 26/2019 facultó al MINISTERIO DE TRANSPORTE a autorizar la realización de pruebas experimentales en la medida en que se desarrollen por un período de implementación de hasta TRES (3) años, y de acuerdo a lo previsto en materia de seguridad, medio ambiente y preservación de los caminos y obras de arte que autorice previamente el MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que el Decreto N° 656 de fecha 29 de abril de 1994 y sus modificatorios aprobó el Régimen Nacional para el Transporte por Automotor de Pasajeros de carácter Urbano y Suburbano que se desarrolle en el ámbito de la jurisdicción nacional.

Que la SUBSECRETARÍA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE del GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES solicitó, por medio de la Nota N° NO-2019-21294408-GCABA-SSTYTRA de fecha 3 de julio de 2019, autorización para habilitar buses a GAS NATURAL COMPRIMIDO (GNC) para que puedan ofrecer el servicio de transporte público por automotor de pasajeros.

Que los planes señalados en el considerando anterior permitirán estudiar el funcionamiento de los ómnibus y entender la viabilidad operativa, económica y ambiental de estas tecnologías y combustibles más limpios en condiciones reales de operación y, eventualmente, su implementación progresiva para los servicios de transporte por automotor de pasajeros de carácter urbano y suburbano que se desarrollan en el ámbito de jurisdicción del GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

Que para lograr progresividad y sustentabilidad en estas nuevas tecnologías de menores emisiones contaminantes, resulta necesario adecuarlas a las circunstancias locales, por lo que deviene imprescindible realizar un estudio del funcionamiento de los ómnibus mediante la implementación de pruebas piloto.

Que, en ese sentido, la COMISIÓN NACIONAL DEL TRÁNSITO Y LA SEGURIDAD VIAL del MINISTERIO DE TRANSPORTE, a través de su Informe N° IF-2019-59196405-APN-CNTYSV#MTR de fecha 3 de julio de 2019 y su Informe N° IF-2019-62123669-APN-CNTYSV#MTR de fecha 10 de julio de 2019, y la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, a través de su Informe N° IF-2019-60236106-APN-GCTA#CNRT de fecha 4 de julio de 2019, se expidieron respecto de la compatibilidad técnica y de prestación de servicios de los ómnibus destinados al Plan Prueba Piloto concluyendo, en ambos casos, que las mismas se adecuan a lo previsto en materia de seguridad, medio ambiente y preservación de los caminos y obras de arte.

Que respecto al diseño, por medio de la Nota N° NO-2019-52616382-APN-SSCA#MTR de fecha 5 de junio de 2019, la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE informó que el bus propulsado a gas natural fue producido en Territorio Nacional para el transporte público de pasajeros, destacando que se enmarca en las pruebas piloto que se encuentra efectuado el GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, con el objetivo de diversificar e implementar la utilización de combustibles alternativos.

Que, por su parte, tomó intervención la GERENCIA DE GAS NATURAL COMPRIDO del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS) la cual, por medio del Informe firma conjunta N° IF-2019-49062949-AON-GCNC#ENARGAS de fecha 24 de mayo de 2019, acreditó que los extremos que garantizan la seguridad para el abastecimiento de combustible se encuentran cumplidos.

Que la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos N° 26 de fecha 7 de enero de 2019 y N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 modificatorio de la Ley de Ministerios N° 22.520 ( T.O. Decreto N° 438/92).

Por ello,

EL MINISTRO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Autorízase la realización de la prueba experimental que permita la incorporación de los ómnibus a GAS NATURAL COMPRIMIDO (GNC) a las flotas de las Líneas 132 operada por la empresa NUEVOS RUMBOS S.A. y 50 operada por la empresa NUDO S.A., ambas afectadas al servicio de transporte por automotor de pasajeros de carácter urbano y suburbano, conforme se detalla en el Anexo N° IF-2019-72310059-APN-SECGT#MTR que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2°.- La COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, con la participación de la COMISIÓN NACIONAL DE TRÁNSITO Y LA SEGURIDAD VIAL, emitirá las habilitaciones correspondientes para cada caso, previa evaluación técnica que acredite el cumplimiento de las condiciones establecidas en el Decreto N° 26 de fecha 7 de enero de 2019.

ARTÍCULO 3°.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día hábil siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial y tendrá vigencia por UN (1) año.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese a la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, dependiente del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO; a la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, dependiente de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN; a la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE; al ENTE NACIONAL DE REGULACIÓN DE GAS, organismo autárquico actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA del MINISTERIO DE HACIENDA; y a la SECRETARÍA DE TRANSPORTE del GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Guillermo Javier Dietrich

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 20/08/2019 N° 60699/19 v. 20/08/2019

Fecha de publicación 20/08/2019