Edición del
27 de Marzo de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD

Decisión Administrativa 708/2019

DA-2019-708-APN-JGM - Apruébase y adjudícase Licitación Pública N° 16/2018.

Ciudad de Buenos Aires, 21/08/2019

VISTO el Expediente Nº EX-2018-36797978-APN-DCYC#MS, los Decretos Nº 1023 del 13 de agosto de 2001 y N° 1030 del 15 de septiembre de 2016 y sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la Licitación Pública N° 16/18 de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, autorizada por la Resolución N° 258 de fecha 8 de febrero de 2019 de dicha SECRETARÍA DE GOBIERNO, enmarcada en los alcances de los artículos 25 inciso a) apartado 1 y 26 incisos a) apartado 1 y b) apartado 1 del Decreto Nº 1023/01, sus modificatorios y complementarios, reglamentados por los artículos 10, 13 y 27 incisos c) del Anexo al Decreto N° 1030/16, sus normas modificatorias y complementarias y el Título II del Anexo I a la Disposición ONC N° 62/16 y sus modificatorias, llevada a cabo para la adquisición conjunta de kits de preservativos masculinos, geles lubricantes e instructivos de uso entre la DIRECCIÓN DE SIDA, ENFERMEDADES Y TRANSMISIÓN SEXUAL, HEPATITIS Y TBC y la DIRECCIÓN DE SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL.

Que conforme el Acta de Apertura de Ofertas de fecha 1° de marzo de 2019 en la referida licitación, se presentaron las siguientes firmas: EDELORO S.A., KOPELCO S.A, LECTUS S.A y BUHL S.A.

Que obra intervención e informe técnico de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL.

Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN determinó valores de referencia en virtud de las condiciones establecidas para la referida Licitación, conforme lo estipulado en el Punto I.C.2 del Anexo II de la Resolución SIGEN N° 36-E/2017 y sus modificaciones.

Que la Comisión Evaluadora de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD solicitó mejoras de precios a las firmas KOPELCO S.A. y BUHL S.A. por encontrarse los precios cotizados por encima de los valores de referencia suministrados por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN.

Que con relación a la conveniencia de continuar con la adjudicación, la DIRECCIÓN DE SIDA, ENFERMEDADES DE TRANSMISIÓN SEXUAL, HEPATITIS Y TBC y la DIRECCIÓN DE SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA, exponen las razones de oportunidad, mérito y conveniencia de proseguir con la adquisición, contado para ello con las conformidades de la SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES COMUNICABLES E INMUNOPREVENIBLES, de la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE LA SALUD Y PREVENCIÓN DE LA ENFERMEDAD y de la SECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE LA SALUD, PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS, todas ellas de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL.

Que la Comisión Evaluadora de Ofertas de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, en función de los análisis administrativos, económicos y técnicos preliminares y la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación de Ofertas con fecha 19 de junio de 2019, recomendando las ofertas válidas pertenecientes a las firmas LECTUS S.A, KOPELCO S.A. y BUHL S.A.

Que, asimismo, en el citado Dictamen de Evaluación de Ofertas se sugiere desestimar la oferta de la firma EDELORO S.A. por poseer deuda liquida y/o exigible ante la AFIP al momento de la evaluación.

Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL informó que no se produjeron impugnaciones al referido Dictamen de Evaluación de Ofertas.

Que por lo expuesto, resulta procedente adjudicar la referida Licitación Pública N° 16/18, de conformidad con lo expuesto en el referido Dictamen de Evaluación de Ofertas de fecha 19 de junio de 2019.

Que la Dirección General de Programación y Control Presupuestario y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL han tomado la intervención de sus respectivas competencias.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN JURÍDICO INSTITUCIONAL del citado Ministerio ha intervenido en el marco de sus competencias.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344 de fecha 4 de octubre de 2007, sus modificatorios y complementarios y lo dispuesto por el artículo 9°, incisos d) y e) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1030 de fecha 15 de septiembre de 2016 y sus normas modificatorias y complementarias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase la Licitación Pública N° 16/2018 de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL llevada a cabo para la adquisición conjunta de kits de preservativos masculinos, geles lubricantes e instructivos de uso, solicitada por la DIRECCIÓN DE SIDA, ENFERMEDADES DE TRANSMISIÓN SEXUAL, HEPATITIS Y TBC y la DIRECCIÓN DE SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA de la citada SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD.

ARTÍCULO 2°.- Adjudícase la Licitación Pública N° 16/2018 de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, a favor de las firmas, por las cantidades y sumas que a continuación se detallan:

LECTUS S.A. (CUIT N° 30-68651291-2)

Renglón 1 por un parcial de 80.000 unidades: $ 65.600.000

KOPELCO S.A. (CUIT N° 30-56922345-4)

Renglón 1 por un parcial de 115.000 unidades: $ 98.164.000

BUHL S.A. (CUIT N° 30-63780514-9)

Renglón 1 por un parcial de 150.000 unidades: $ 138.181.500

TOTAL DE LA ADJUDICACIÓN: $ 301.945.500

ARTÍCULO 3°.- Desestímase la oferta de la firma EDELORO S.A. (CUIT N° 30-70816267-8) por los motivos expuestos en los considerandos de la presente medida.

ARTÍCULO 4°.- El gasto que asciende a la suma total de PESOS TRESCIENTOS UN MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS ($ 301.945.500) se deberá imputar con cargo a las partidas presupuestarias de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, Jurisdicción 85.02, IPP 252, Fuente de Financiamiento 11 –Tesoro Nacional, de acuerdo al siguiente detalle:

Se deberá imputar al presente Ejercicio, Programa 25, Actividad 41, la suma de PESOS CINCUENTA Y DOS MILLONES OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO CON SETENTA Y DOS CENTAVOS ($ 52.085.598,72) y la suma de PESOS CIENTO CUATRO MILLONES CIENTO SETENTA Y UN MIL CIENTO NOVENTA Y SIETE CON CUARENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 104.171.197,48) al Ejercicio correspondiente al año 2020.

Se deberá imputar al presente Ejercicio, Programa 22, Actividad 41, la suma de PESOS SETENTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y UNO CON NOVENTA CENTAVOS ($ 72.844.351,90) y la suma de PESOS SETENTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y UNO CON NOVENTA CENTAVOS ($ 72.844.351,90) al Ejercicio correspondiente al año 2020.

ARTÍCULO 5°.- Autorízase a la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL a emitir las pertinentes órdenes de compra.

ARTÍCULO 6°.- Autorízase al Secretario de Gobierno de Salud del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL a efectuar la ampliación, disminución, resolución, rescisión, declaración de caducidad, y aplicación de penalidades respecto de la licitación pública que por este acto se aprueba.

ARTÍCULO 7°- Hágase saber que contra la presente medida se podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles a partir de su notificación o recurso jerárquico directo dentro del plazo de QUINCE (15) días hábiles a partir de su notificación, en ambos casos ante la autoridad que dictó el acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 84 y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017.

ARTÍCULO 8°- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Carolina Stanley

e. 22/08/2019 N° 61795/19 v. 22/08/2019

Fecha de publicación 22/08/2019