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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


Decreto S 2189/1972

Buenos Aires, 19/04/1972

VISTO el Expediente N° 34.186/69 del registro de la Secretaría de Informaciones de Estado, en el cual el señor Juan SCALCO interpone recurso jerárquico contra la Resolución CACIE N° 856 de fecha 27 de agosto de 1969, de la mencionada Secretaría, que lo calificó de comunista en los términos del artículo 1° de la Ley N° 17.401, y

CONSIDERANDO:

Que procede la consideración del recurso ya que su presentación se ajusta, en sus aspectos formales, a las disposiciones vigentes.

Que el recurrente no niega expresamente su ideología comunista ni ofrece prueba en su descargo, habiéndose acreditado en las actuaciones pertinentes los antecedentes que sirven de fundamento de la Resolución impugnada.

Que el recurso jerárquico se funda solamente en que la Ley N° 17.401 y su modificatoria N° 18.324, habían sido derogadas por la sanción de las leyes Nros. 19.102 y 19.109.

Que al respecto cabe señalar que estas últimas disposiciones legales, que reglamentan la existencia de los partidos políticos, no han derogado en forma expresa las Leyes Nros. 17.401 y 18.234, no dándose en el presente caso el supuesto de la derogación tácita, ya que a tal efecto es necesario que exista contradicción con el nuevo ordenamiento, lo que no surge de la confrontación de las normas en cuestión.

Que en esta instancia resulta inoficioso entrar a considerar los fundamentos de la revocatoria que no han sido sostenidos ni reiterados en el recurso jerárquico y que han sido correctamente rebatidos en la Resolución CACIE N° 856 Cde.1, de fecha 24 de agosto de 1970, de la Secretaría de Informaciones de Estado, que rechazó la misma.

Que por lo tanto, la calificación impugnada se encuentra debidamente fundada, no advirtiéndose vicios de ilegitimidad o arbitrariedad que hagan improcedente la misma.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Recházase el recurso jerárquico interpuesto por el señor Juan SCALCO (C.I. de la Policía de Mendoza N° 55.149), contra la Resolución CACIE 856, de fecha 27 de agosto de 1969, de la Secretaría de Informaciones de Estado, la que se confirma.

ARTICULO 2°.- Comuníquese y archívese. LANUSSE

e. 26/08/2019 N° 62198/19 v. 26/08/2019

Fecha de publicación 26/08/2019