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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


Decreto S 905/1969

Buenos Aires, 12/03/1969

Visto el expediente S.I.D.E. nº 19.646/68 del Registro de la Secretaría de Informaciones de Estado de la Presidencia de la Nación, en el que el señor Samuel KICZKOVSKY (C.I. N° 73.151 - Serie “C” de la Policía de la Provincia de Córdoba), se presenta interponiendo el recurso jerárquico previsto en el artículo 4° de la Ley 17.401 contra las Resoluciones del señor Secretario de Informaciones de Estado de fechas 30 de abril y 8 de agosto de 1968, y

CONSIDERANDO:

Que procede la consideración del asunto, ya que su presentación se ajusta en sus aspectos formales a las normas vigentes;

Que la calificación de comunista, formulada conforme a la Ley 17.401, se funda en hechos reiterados y coincidentes, que se enumeran a fojas 2 de estas actuaciones, hechos que no han sido negados en momento alguno por el recurrente, por lo que deben tenerse por acreditados;

Que en autos no se ha tratado de juzgar ó penar un delito, sino que se ha efectuado una calificación inhabilitante para ciertos actos dentro del campo público, por razones de seguridad del Estado y de interés y tranquilidad común;

Que la aludida calificación, formulada en sede administrativa y revisable en sede judicial, se ve justificada por por el necesario sacrificio del bien jurídico menos valioso;

Que no resiste el menor análisis el argumento que se funda en la pretendida desigualdad, violatoria del artículo 16° de la Carta Fundamental, ya que la igualdad supone, conforme a la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la equivalencia de circunstancias;

Que por último, aunque en ningún momento se ha alegado arbitrariedad ó inexistencia de las causales que dieran lugar al acto de calificación, cabe destacar la razonabilidad de éste, que surge de su conformidad con las leyes y reglamentos vigentes, con debida cuenta de hechos y circunstancias eficientes para fundarlo;

Por ello y atento a lo dictaminado por el Departamento de Asuntos Jurídicos del Ministerio del Interior,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA

ARTICULO 1º.- Desestímase el recurso jerárquico interpuesto por el señor Samuel KICZKOVSKY contra las Resoluciones de la Secretaría de Informaciones de Estado de fechas 30 de abril y 8 de agosto de 1968, las que se confirman.

ARTICULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro del Interior.

ARTICULO 3°.- Comuníquese, regístrese y vuelvan las presentes actuaciones a la Secretaría de Informaciones de Estado. ONGANIA

e. 26/08/2019 N° 62131/19 v. 26/08/2019

Fecha de publicación 26/08/2019