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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA SECRETARÍA DE CULTURA Y CREATIVIDAD

Resolución 227/2019

RESOL-2019-227-APN-SECCYC#MECCYT

Ciudad de Buenos Aires, 14/08/2019

VISTO el EX-2018-16565671- -APN-CGD#MC del Registro del entonces MINISTERIO DE CULTURA, la Resolución MC Nº 494/2018 de fecha 23 de mayo de 2018, RESOL-2019-129-APN-SECCYC#MECCYT de fecha 6 de mayo de 2019 y,

CONSIDERANDO:

Que, a través de la Resolución RESOL-2019-129-APN-SECCYC#MECCYT se aprobó la séptima convocatoria del programa FESTEJAR, junto a su reglamento técnico de bases y condiciones (IF-2019-36278783-APN-DIRNEC#MECCYT).

Que la SECRETARIA DE CULTURA Y CREATIVIDAD ha sido designada como autoridad de aplicación del programa en los términos del artículo 3° de la Resolución Nº 494/2018.

Que en ese marco se encuentra facultada para dictar normas operativas vinculadas a la implementación del programa, y específicamente, para convalidar la designación nominal de los integrantes del jurado, y aprobar la selección efectuada por dicho órgano (IF-2019-36278783-APN-DIRNEC#MECCYT, Apartado 4).

Que el jurado, conformado en los términos de las normas antes citadas, se reunió el día 17 de julio del corriente año, formalizando el acta que forma parte integrante de la presente medida (IF-2019-68446377-APN-DIRNEC#MECCYT)

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CULTURA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades delegadas por las Resoluciones MC Nº 494-E/2018.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTURA Y CREATIVIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Convalídase la conformación nominal del jurado correspondiente a la séptima convocatoria del programa FESTEJAR, integrado por los miembros que rubrican el acta que forma parte de la presente medida (IF-2019-68446377-APN-DIRNEC#MECCYT).

ARTÍCULO 2°.- Apruébase la nómina de proyectos seleccionados por el jurado del certamen, de acuerdo con el detalle consignado en el acta citada en el artículo precedente.

ARTICULO 3°.- Regístrese, comuníquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación, y cumplido, archívese. Andrés Gribnicow

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 26/08/2019 N° 62306/19 v. 26/08/2019

Fecha de publicación 26/08/2019