Edición del
19 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


Decreto S 6379/1972

Buenos Aires, 20/09/1972

VISTO el expediente n° 31.347/70 del registro de la Secretaría de Informaciones de Estado, en el cual el señor Dardo Luis MELGAR interpone recurso jerárquico contra la resolución CACIE n° 37/71, de la mencionada Secretaría, por la que no se hizo lugar al pedido de revocatoria de la calificación de Comunista, formulada en los términos del artículo 1° de la ley n° 17.401, y

CONSIDERANDO:

Que procede la consideración del recurso, atento a que su presentación se ajusta, en los aspectos formales, a las disposiciones vigentes.

Que los documentos que obran a fojas 19/20 se consideran prueba suficiente acerca de la actividad ideológica del causante.

Que el recurrente alega fundamentalmente la inconstitucionalidad de la ley 17.401, agravio que no puede ser considerado en sede administrativa, sino que debe plantearse ante el Poder Judicial, el cual ya se ha pronunciado favorablemente sobre la constitucionalidad de la misma.

Que la Corte Suprema ha declarado asimismo la vigencia de la ley 17.401, frente al planteo de su presunta derogación por las leyes 19.102 y 19.109.

Que, por lo tanto, la calificación impugnada tiene suficiente fundamento, no advirtiéndose vicios de ilegitimidad o arbitrariedad que hagan improcedente la misma.

Por ello, y por los fundamentos del dictamen del Ministerio de Justicia,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Recházase el recurso jerárquico interpuesto por el señor Dardo Luis MELGAR (Mt. 6.095.531) contra la resolución CACIE nº 37 de fecha 7 de abril de 1972, de la Secretaría de Informaciones de Estado, la que se confirma.

ARTICULO 2°.- Comuníquese y archívese. LANUSSE

e. 27/08/2019 N° 62309/19 v. 27/08/2019

Fecha de publicación 27/08/2019