Decreto S 6897/1972
Buenos Aires, 05/10/1972
VISTO el expediente nº 59.032/67, del registro de la Secretaría de Informaciones de Estado, en el cual el señor Francisco Ramón PAREJAS interpone recurso jerárquico contra la Resolución CACIE nº 1.261/68 de fecha 22 de junio de 1972, que no hizo lugar al recurso de revocatoria de la calificación de COMUNISTA, formulada en los términos del artículo 1º de la ley 17.401, y
CONSIDERANDO:
Que procede la consideración del recurso, atento que su presentación se ajusta en lo formal a las disposiciones vigentes.
Que la constancia que obra a fs. 17 se considera prueba suficiente acerca de la actividad ideológica del causante.
Que el recurrente alega fundamentalmente la inconstitucionalidad de la ley 17.401, agravio que no puede ser considerado en sede administrativa, sino que debe plantearse ante el Poder Judicial, el cual ya se ha pronunciado favorablemente sobre la constitucionalidad de la misma.
Que la mencionada ley permite tener en cuenta actividades anteriores a su sanción.
Que en cuanto a las defensas articuladas por el causante, cabe señalar que la ley 17.401 no exige multiplicidad de actividades, sino que por razones de sintaxis la norma calificante ha sido redactada en plural en concordancia con los sujetos de la acción.
Que el recurrente no aporta ningún elemento de juicio que permita suponer que ha abandonado su accionar ideológico.
Por ello, y por los fundamentos del dictamen del Ministerio de Justicia,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Recházase el recurso jerárquico interpuesto por el señor Francisco Ramón PAREJAS (M.I. 4.051.213) contra la Resolución CACIE n° 1261/68, de fecha 22 de junio de 1972, de la Secretaría de Informaciones de Estado, la que se confirma.
ARTICULO 2º.- Comuníquese y archívese. LANUSSE
e. 27/08/2019 N° 62311/19 v. 27/08/2019
Fecha de publicación 27/08/2019