Decreto S 1293/1973
Buenos Aires, 16/02/1973
VISTO el expediente n° 108.404/969, del registro de la Secretaría de Informaciones de Estado, en el cual el señor Rubén José VIZZO interpone recurso jerárquico contra la Resolución CACIE 321/70, de la mencionada Secretaría, que no hizo lugar al pedido de revocatoria de la calificación de COMUNISTA, formulada en los términos del artículo 1º de la ley 17.401, y
CONSIDERANDO
Que el recurso ha sido interpuesto dentro del término legal.
Que los hechos antecedentes de la calificación se encuentran suficientemente probados.
Que la ley 17.401 permite tomar en consideración hechos anteriores a su sanción.
Que la circunstancia de que la actuación del causante fuera lícita, en la oportunidad en que ocurrieron los hechos, no impide su consideración, atento que sirven de prueba de la actividad comunista del recurrente.
Que no es aplicable al caso el plazo previsto por el artículo 10 de la citada ley 17.401, en cuanto el mismo presupone que la calificación se encuentre firme.
Por ello, y por los fundamentos del dictamen del Ministerio de Justicia.
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- No hacer lugar al recurso jerárquico interpuesto por el señor Rubén José VIZZO (M.I. nº 6.635.957), contra la Resolución CACIE nº 321/70 de la Secretaría de Informaciones de Estado, la que se confirma.
ARTICULO 2º.- Comuníquese y archívese. LANUSSE
e. 27/08/2019 N° 62325/19 v. 27/08/2019
Fecha de publicación 27/08/2019