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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


Decreto S 233/1999

Buenos Aires, 16/03/1999

VISTO el especial interés que reviste para la REPÚBLICA ARGENTINA la realización de la visita a las ISLAS MALVINAS, entre los días 17 y 18 de marzo de 1999, de un grupo de deudos del personal de las Fuerzas Armadas Argentinas caído en cumplimiento de su misión en 1982, y

CONSIDERANDO:

Que en anteriores ocasiones el Gobierno Nacional se hizo cargo de los costos y organización de la visita de los familiares de los miembros de las Fuerzas Armadas sepultados en el cementerio argentino de las ISLAS MALVINAS.

Que en la oportunidad, se desplazarán a las ISLAS MALVINAS un grupo de DIECISEIS (16) personas con la finalidad de rendir homenaje a sus deudos en el cementerio antes mencionado.

Que el traslado del grupo irrogará gastos de transporte hacia y desde las ISLAS MALVINAS, traslados y comidas en las ISLAS MALVINAS.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del Artículo 99, inciso 1) de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Autorizase al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO a auspiciar el viaje a las ISLAS MALVINAS de las siguientes personas: Claudia Elena DACHARY (D.N.I. 14.307.073); María Julia ESTEVEZ DE GARCÍA (L.C. 6.170.732); Inés Liliana PATRONE (D.N.I. 23.789.792); Mirta Angélica MARCIAL (D.N.I. 20.309.318); Narciso Ranulfo ZABALA (L.E. 3.852.193); Teresa Noemí ROMERO (D.N.I. 5.816.714); Claudia Esther AGUIRRE (D.N.I. 21.347.803); Noelia FLORES (D.N.I. 3.598.017); Teresa Cristina GAMALERO (D.N.I. 3.889.720); Salvador VARGAS (L.E. 7.177.085); Feliciano ROBLEDO (D.N.I. 4.720.267); María Angélica AYALA (D.N.I. 4.071.983); María Antonieta LOBOS OLIVARES (D.N.I. 93.568.377); Concepción María DIPAOLO DE OROZCO (C.I. 9.571.846); María Inés ROMERO (D.N.I. 3.621.065); Miguel Angel CEA (L.E. 4.109.275).

ARTÍCULO 2°.- El MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO se hará cargo de los gastos de transporte entre BUENOS AIRES-ISLAS MALVINAS-BUENOS AIRES del grupo de personas indicado en el Artículo 1°.

ARTÍCULO 3°.- Por la Dirección General de Administración del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO se liquidará y abonará a la Dirección de Malvinas y Atlántico Sur del mismo Ministerio, quien instrumentará el respectivo pago, con cargo de rendir cuenta documentada de su inversión, la suma de LIBRAS ESTERLINAS UN MIL CUATROCIENTAS (Libras Esterlinas 1.400,00.-), o su equivalente en PESOS, para atender los gastos en concepto de traslados y comidas en las ISLAS MALVINAS del grupo de personas indicado en el Artículo 1°, para el período comprendido entre los días 17 y 18 de marzo de 1999.

ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a las partidas pertinentes del presupuesto vigente del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese y archívese.- MENEM

e. 29/08/2019 N° 62214/19 v. 29/08/2019

Fecha de publicación 29/08/2019