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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


Decreto S 14/1999

Buenos Aires, 09/01/1999

VISTO el especial interés que reviste para la REPUBLICA ARGENTINA la realización de la visita a las ISLAS MALVINAS, entre los días 13 y 14 de enero de 1999, de un grupo de deudos del personal de las Fuerzas Armadas Argentinas caídos en cumplimiento de su misión en 1982, y

CONSIDERANDO:

Que en anteriores ocasiones el Gobierno Nacional se hizo cargo de los costos y organización de la visita de los familiares de los miembros de las Fuerzas Armadas sepultados en el cementerio argentino de las ISLAS MALVINAS.

Que en la oportunidad, se desplazarán a las ISLAS MALVINAS un grupo de DIECISEIS (16) personas con la finalidad de rendir homenaje a sus deudos en el cementerio antes mencionado.

Que el traslado del grupo irrogará gastos de transporte hacia y desde las ISLAS MALVINAS, traslados y comidas en las ISLAS MALVINAS.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Autorízase al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO a auspiciar el viaje a las ISLAS MALVINAS de las siguientes personas: Leandro Martín DE LA COLINA (D.N.I. 23.846.881); María Constanza MARTELLA (D.N.I. 29.499.963); Marcelo César LOTUFO (D.N.I. 25.858.142); Sandra Elizabeth ACOSTA (D.N.I. 24.321.408); Eduardo César FALCONIER (D.N.I. 26.941.178); Luis Horacio CABRERA (D.N.I. 29.268.630); María Gabriela ESPINOSA (D.N.I. 29.192.407); Sebastián Guido MARIZZA (D.N.I. 26.332.089); Pablo Daniel LÓPEZ (D.N.I. 29.476.412); Pablo Sebastián BOLZAN (D.N.I. 27.394.615); María Daniela MANZOTTI (D.N.I. 25.921.925); Guillermo Oscar CASTAGNARI (D.N.I. 25.698.537); Darío Daniel DUARTE (D.N.I. 27.867.022); María Gisela RODRÍGUEZ (D.N.I. 26.694.207); Hugo Alejandro MONTAÑO (D.N.I. 28.036.985); Héctor José RODRÍGUEZ (D.N.I. 11.556.097).

ARTICULO 2°.- El MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO se hará cargo de los gastos de transporte entre BUENOS AIRES-ISLAS MALVINAS-BUENOS AIRES del grupo de personas indicado en el Artículo 1°.

ARTICULO 3°.- Por la Dirección General de Administración del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO se liquidará y abonará a la Dirección de Malvinas y Atlántico Sur del mismo Ministerio, quien instrumentará el respectivo pago, con cargo de rendir cuenta documentada de su inversión, la suma de LIBRAS ESTERLINAS UN MIL CUATROCIENTOS (Libras Esterlinas 1.400,00.-), o su equivalente en PESOS, para atender los gastos en concepto de traslados y comidas en las ISLAS MALVINAS del grupo de personas indicado en el Artículo 1°, para el período comprendido entre los días 13 y 14 de enero de 1999.

ARTICULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a las partidas pertinentes del presupuesto vigente del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

ARTICULO 5°.- Comuníquese y archívese.- MENEM

e. 29/08/2019 N° 62241/19 v. 29/08/2019

Fecha de publicación 29/08/2019