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ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

Disposición 6763/2019

DI-2019-6763-APN-ANMAT#MSYDS

Ciudad de Buenos Aires, 21/08/2019

VISTO el expediente Nº 1-47-2110-5046-17-1 de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica; y

CONSIDERANDO:

Que por las citadas actuaciones la Lic. María Fernanda Geada, Matrícula N° 6278, solicita la baja de su inscripción como Directora Técnica del establecimiento FRESH FRUIT S.A., inscripto en el R.N.E. bajo el N° 00306019 como Importador y Exportador de Bebidas Fermentadas, Hídricas, Agua y Aguas Gasificadas, acondicionadas para su venta directa al público, en el Registro Nacional de Establecimiento.

Que mediante comunicaciones del SIFeGA de fechas 8 de agosto de 2017 y 4 de enero de 2018, el Servicio de Establecimientos de este INAL, notificó a la firma mencionada que ante la baja de su Dirección Técnica, debía regularizar la situación de su RNE, ya que no puede realizar la actividad autorizada sin contar con ese respaldo profesional, y asimismo se le otorgó un plazo de 30 días a los fines de realizar tal regularización ante esta autoridad sanitaria.

Que posteriormente y resultando infructuosos los comunicados aludidos, mediante carta documento se otorgó un último plazo a la firma FRESH FRUIT S.A., con el objeto de hacer efectivo lo requerido, bajo apercibimiento de dar de baja su RNE.

Que de acuerdo al acuse de recibo que obra en autos, surge que dicha carta documento no fue recibida en el domicilio declarado, por indicar motivo “desconocido”.

Que asimismo surge de la información obtenida del SIFeGA, que el establecimiento en cuestión no realiza trámites respecto de su RNE desde 2016.

Que atento a ello y concordando con el criterio expuesto por la Dirección General de Asuntos Jurídicos en el Dictamen nro. 0906/18 de fs. 30/31, el Departamento de Legislación y Normatización del INAL recomienda dar de baja el registro de RNE de la firma FRESH FRUIT S.A., ante la falta de actividad comprobada del establecimiento, como así también, de todos los productos inscriptos bajo dicho RNE, sin perjuicio de reconocer la desvinculación a la dirección técnica, solicitada oportunamente por María Fernanda Geada.

Que el procedimiento propuesto encuadra en las funciones de fiscalización y control que le corresponde ejercer a la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT).

Que el Instituto Nacional de Alimentos y la Dirección General de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N° 1490 de fecha 20 de agosto de 1992 y sus modificatorios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Dase de baja al Certificado de RNE N° 00306019, perteneciente a la firma FRESH FRUIT S.A. (CUIT N° 30-71466365-4), por las razones expuestas en el Considerando.

ARTÍCULO 2°.- Desvincúlase a la Lic. María Fernanda Gadea, Matrícula Nº 6278, de la Dirección Técnica de la firma FRESH FRUIT S.A., a partir del 01 de Agosto de 2017.

ARTÍCULO 3º.- Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Comuníquese a las autoridades provinciales, al Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires, a la Cámara Argentina de Supermercados (CAS), a la Asociación de Supermercados Unidos (ASU), a la Federación Argentina de Supermercados y Autoservicios (FASA), a la Cámara de Industriales de Productos Alimenticios (CIPA), a la Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios (COPAL) y a quienes corresponda. Comuníquese a la Dirección de Relaciones Institucionales y Regulación Publicitaria y al Instituto Nacional de Alimentos. Gírese al INAL. Cumplido, archívese. Carlos Alberto Chiale

e. 29/08/2019 N° 63549/19 v. 29/08/2019

Fecha de publicación 29/08/2019