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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


Decreto S 887/2001

Buenos Aires, 06/07/2001

VISTO el compromiso asumido por la REPUBLICA ARGENTINA, para la construcción en el cementerio argentino de las ISLAS MALVINAS de un monumento en memoria del personal de las Fuerzas Armadas Argentinas caído en cumplimiento de su misión durante el conflicto bélico del año 1982, conforme la Declaración Conjunta firmada con el REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE el 14 de julio de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que el proyecto del monumento citado, está a cargo de la Comisión de Familiares de Caídos en Malvinas e Islas del Atlántico Sur.

Que, a los efectos de avanzar en la construcción del citado monumento, fué necesaria la presencia en las ISLAS MALVINAS de DOS (2) arquitectos argentinos designados por la mencionada Comisión, que tendran a su cargo el diseño y confección de los planos.

Que, a tal efecto, dichos profesionales visitaron las ISLAS MALVINAS entre los días 25 de mayo y 3 de junio de 2001.

Que el traslado de los arquitectos irrogó gastos de pasajes, alojamiento, comidas y transporte en las ISLAS MALVINAS.

Que, por razones de urgencia, no fué posible adoptar las medidas adecuadas para la autorización del desplazamiento a las ISLAS MALVINAS de los arquitectos Da. Mónica Adela CORDERO de BERRAZ y D. Carlos Antonio D’APRILE y en consecuencia es necesario regularizar la situación planteada.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1) de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Convalídase el auspicio del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO al viaje realizado a las ISLAS MALVINAS entre los días 25 de mayo y 3 de junio de 2001 por los arquitectos Da. Mónica Adela CORDERO de BERRAZ (D.N.I. 13.404.978) y D. Carlos Antonio D’APRILE (D.N.I. 12.100.345).

ARTÍCULO 2°.- Convalídase el anticipo de PESOS UN MIL ($ 1.000.-) ó su equivalente en DOLARES ESTADOUNIDENSES y de PESOS DOS MIL ($ 2.000.-) ó su equivalente en LIBRAS ESTERLINAS que efectuara la Dirección General de Administración del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO a la DIRECCION GENERAL DE MALVINAS E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR del mismo Ministerio, con cargo de rendir cuenta documentada de su inversión, para atender los gastos de alojamiento, comidas y traslados en la ciudad de SANTIAGO -REPÚBLICA DE CHILE- y en las ISLAS MALVINAS de los arquitectos mencionados en el artículo 1°, durante el período comprendido entre los días 25 de mayo y 3 de junio de 2001.

ARTÍCULO 3°.- Convalídase el anticipo de PESOS TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS ($ 3.336.-) que efectuara la Dirección General de Administración del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO a la OFICINA COORDINADORA DE VUELOS del mismo Ministerio, con cargo de rendir cuenta de su inversión, para atender los gastos de pasaje de los arquitectos mencionados en el artículo 1°, en los tramos BUENOS AIRES-SANTIAGO-ISLAS MALVINAS-SANTIAGO-BUENOS AIRES.

ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a las partidas pertinentes del presupuesto vigente del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese y archívese. DE LA RUA

e. 30/08/2019 N° 62170/19 v. 30/08/2019

Fecha de publicación 30/08/2019