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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 225/2019

ACTA N° 1586

Expediente ENRE N° 48.196/2017 (EX-2019-45735795-APN-SD#ENRE) 

Buenos Aires, 28 de agosto de 2019

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Sancionar a la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.) en la suma de PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL VEINTISEIS CON SETENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 3.365.026,76) correspondientes al período comprendido entre los meses de octubre de 2016 a enero de 2017, inclusive, por incumplimiento del Régimen de Calidad de Servicio y Sanciones del Sistema de Transporte por Distribución Troncal del Noroeste Argentino contenido en el Subanexo II-B de su Contrato de Concesión, cuyo detalle, duraciones y montos de penalización se expresan en los ANEXOS (IF-2019-50664791-APN-DTEE#ENRE, IF-2019-50664970-APN-DTEE#ENRE, IF-2019-50665142-APN-DTEE#ENRE e IF-2019-50665287-APN-DTEE#ENRE), y total en el ANEXO (IF-2019-50666214-APN-DTEE#ENRE). 2.- Instruir a TRANSNOA S.A. para que de conformidad con lo dispuesto en el punto 5.1.3 de la cláusula quinta del Acta Acuerdo refrendada mediante Decreto N° 1.245/07, destine la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL DOCE CON CUARENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 266.012,46), correspondientes a conexión/transformación, a la ejecución de inversiones adicionales según el detalle que se efectúa en el ANEXO IF-2019-50666214-APN-DTEE#ENRE, ajustándose a la condición pari passu dispuesta mediante la Cláusula 7 del “Régimen de Penalidades” del Acuerdo SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA (SEE) – ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) – TRANSNOA 2016-2017 relativo al Acta Acuerdo de Renegociación Contractual y de conformidad con las proporciones detalladas en dicho anexo. 3.- Instruir a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) para que efectúe el débito de PESOS TRES MILLONES NOVENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SESENTA CON DIECINUEVE CENTAVOS ($ 3.095.860,19) sobre la liquidación de ventas de TRANSNOA S.A. por incumplimiento al Régimen de Calidad de Servicio y Sanciones del Sistema de Transporte por Distribución Troncal contenido en el Subanexo II-B de su Contrato de Concesión, correspondiente a equipamiento de líneas, cuyo detalle se efectúa en el ANEXO IF-2019-50666214-APN-DTEE#ENRE, ajustándose a la condición pari passu dispuesta mediante la Cláusula 7 del “Régimen de Penalidades” del Acuerdo SEE – ENRE – TRANSNOA 2016-2017 relativo al Acta Acuerdo UNIREN - TRANSNOA S.A. y de conformidad con las proporciones detalladas en dicho anexo. 4.- Instruir a CAMMESA para que efectúe el débito de PESOS DOS MIL QUINIENTOS DIECIOCHO CON SESENTA Y TRES CENTAVOS ($ 2.518,63) sobre la liquidación de ventas de TRANSNOA S.A. por incumplimiento de sus Transportistas Independientes (TI) al Régimen de Calidad de Servicio y Sanciones del Sistema de Transporte por Distribución Troncal, contenido en el Subanexo II-B de su Contrato de Concesión, cuyo detalle se efectúa en el ANEXO IF-2019-50666214-APNDTEE#ENRE, ajustándose a la condición parI passu dispuesta mediante la Cláusula 7 del “Régimen de Penalidades” del referido acuerdo en el caso que corresponda. 5.- Instruir a CAMMESA para que efectúe el débito de PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO CON CUARENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 635,47) sobre la liquidación de ventas de TRANSNOA S.A., por incumplimientos en cuanto a sus obligaciones respecto de la Supervisión a la Operación y Mantenimiento de sus Transportistas Independientes, cuyo detalle se efectúa en el ANEXO IF-2019-50666214-APN-DTEE#ENRE. 6.- Instruir a CAMMESA para que informe al ENRE cuando complete la liquidación a favor de TRANSNOA S.A. de la totalidad de los ingresos determinados en el referido acuerdo, para el período correspondiente a los meses de octubre de 2016 a enero de 2017, inclusive. 7.- Determinar, en los términos de lo dispuesto en el artículo 24 del ANEXO II-B del Contrato de Concesión de TRANSNOA S.A. y conforme a la metodología de cálculo y asignación de pago por los Usuarios y demás especificaciones detalladas en el ANEXO II de la Resolución ENRE N° 182/2000, los premios que percibirá esta transportista, correspondientes al período comprendido entre los meses de octubre de 2016 a enero de 2017, inclusive, en la suma de PESOS CIENTO SIETE MIL TRESCIENTOS VEINTIUNO CON CUARENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 107.321,48), de acuerdo al detalle que se efectúa en los ANEXOS IF-2019-50665532-APN-DTEE#ENRE, IF-2019-50665720-APN-DTEE#ENRE, IF-2019-50665952-APN-DTEE#ENRE e IF-2019-50666079-APN-DTEE#ENRE, y total en el ANEXO IF-2019-50666214-APN-DTEE#ENRE. 8.- Instruir a CAMMESA para que, a los efectos del pago del incentivo establecido en el artículo precedente, efectúe los correlativos débitos a los Usuarios del sistema de transporte, cuyo total consta en el ANEXO IF-2019-50666214-APN-DTEE#ENRE, para ser acreditados sobre la liquidación de venta de TRANSNOA S.A. 9.- Notifíquese a CAMMESA y TRANSNOA S.A. con copia de los ANEXOS (IF-2019-50664791-APN-DTEE#ENRE, IF-2019-50664970-APN-DTEE#ENRE, IF-2019-50665142-APN-DTEE#ENRE, IF-2019-50665287-APN-DTEE#ENRE, IF-2019-50665532-APN-DTEE#ENRE, IF-2019-50665720-APN-DTEE#ENRE, IF-2019-50665952-APN-DTEE#ENRE, IF-2019-50666079-APN-DTEE#ENRE e IF-2019-50666214-APN-DTEE#ENRE). Hágase saber a esta última que: a) Se le otorga vista del expediente por única vez y por el término de DIEZ (10) días hábiles administrativos contados desde la notificación de este acto; y b) La presente resolución es susceptible de ser recurrida en los plazos que se indican, los que se computarán a partir del día siguiente al último de la vista concedida: (i) por la vía del recurso de reconsideración conforme lo dispone el artículo 84 del Reglamento de la Ley Nº 19.549 de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Decreto Nº 1.759/72 (T.O. 2017), dentro de los DIEZ (10) días hábiles administrativos, así como también, (ii) en forma subsidiaria, o alternativa, por la vía del recurso de alzada previsto en el artículo 94 del citado reglamento y en el artículo 76 de la Ley Nº 24.065, dentro de los QUINCE (15) días hábiles administrativos; y (iii) mediante el recurso directo por ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal previsto en el artículo 81 de la Ley Nº 24.065, dentro de los TREINTA (30) días hábiles judiciales. 10.- Publíquese la presente resolución en la página web del ENRE, conjuntamente con los ANEXOS (IF-2019-50664791-APN-DTEE#ENRE, IF-2019-50664970-APN-DTEE#ENRE, IF-2019-50665142-APN-DTEE#ENRE, IF-2019-50665287-APN-DTEE#ENRE, IF-2019-50665532-APN-DTEE#ENRE, IF-2019-50665720-APN-DTEE#ENRE, IF-2019-50665952-APN-DTEE#ENRE, IF-2019-50666079-APN-DTEE#ENRE e IF-2019-50666214-APN-DTEE#ENRE). 11- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Vocal Segundo Ing. Ricardo Martínez Leone - Vicepresidente Dra. Marta Roscardi - Presidente Ing. Andrés Chambouleyron -.

Claudia Elizabeth Caravelli, Asistente Administrativo, Secretaria del Directorio.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Sintetizada se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 30/08/2019 N° 64356/19 v. 30/08/2019

Fecha de publicación 30/08/2019