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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 230/2019

ACTA N° 1586

Expediente ENRE N° EX -2018-26660220-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 28 DE AGOSTO DE 2019

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad la Solicitud de Acceso a la Capacidad de Transporte Existente presentada por la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA EN ALTA TENSION SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSENER S.A.) a requerimiento de Y-GEN ELECTRICA II S.A.U, para el ingreso de su Central Térmica Tucumán II (El Bracho) compuesta por UNA (1) unidad TG de 268 MW, que se conectará al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el pórtico de 500 kV de YPF ENERGIA ELECTRICA S.A., vinculada a la Estación Transformadora El Bracho 500 kV, de TRANSENER S.A. 2.- Solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) la publicación de un Aviso, así como publicar el mismo en la página Web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) por el plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, otorgándose un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, contados desde la última publicación, a fin de que quien lo considere procedente presente un proyecto alternativo de Acceso que produzca una optimización del funcionamiento técnico-económico del SADI o presente observaciones u oposiciones sobre la base de la existencia de perjuicios para el mismo. 3.- Establecer que, en caso de registrarse oposición común a varios usuarios respecto del Acceso, la presentación de proyectos alternativos u observaciones al mismo, se convocará a Audiencia Pública para recibir dichas oposiciones y permitir al solicitante contestarlas y exponer sus argumentos. 4.- Disponer que operado el vencimiento de los plazos fijados en el artículo 2 sin que se registre la presentación de oposiciones fundadas en los términos allí establecidos o de proyectos alternativos al analizado, este Ente Nacional procederá a dictar un acto administrativo autorizando el Acceso referido en el artículo 1. 5.- Y-GEN ELECTRICA II S.A.U. deberá cumplir con todas las observaciones y requerimientos técnicos efectuados por CAMMESA y TRANSENER S.A. conforme lo indicado en el Informe Técnico del OED incorporado mediante IF-2018-61320942-APN-ARYEE#ENRE. 6.- Y-GEN ELECTRICA II S.A.U. e YPF ENERGÍA ELÉCTRICA S.A. deberán acordar las condiciones en que se realizará la PAFTT por parte de esta última. 7.- Notifíquese a Y-GEN ELECTRICA II S.A.U., a YPF ENERGÍA ELÉCTRICA S.A., a TRANSENER S.A., a CAMMESA y al EPRE TUCUMÁN. 8.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Vocal Segundo Ing. Ricardo Martínez Leone - Vicepresidente Dra. Marta Roscardi - Presidente Ing. Andrés Chambouleyron -.

Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Secretaria del Directorio.

e. 30/08/2019 N° 64360/19 v. 30/08/2019

Fecha de publicación 30/08/2019