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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN

Disposición 94/2019

DI-2019-94-APN-SSCRYF#MSYDS

Ciudad de Buenos Aires, 30/08/2019

VISTO el expediente N° EX-2017-33931715-PN-DNRSCSS#MS del registro del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, las Leyes N° 17.132 y N° 23.873, los Decretos PEN N° 10/ 2003 y N ° 587/2004, la Resolución MS N° 1814/2015 y N° 1448-E/2016 y,

CONSIDERANDO:

Que el ordenamiento racional, la planificación y distribución de los Recursos Humanos en Salud son un componente central de las políticas de Recursos Humanos en Salud.

Que la Ley N° 17.132, su modificatoria la Ley N° 23.873 y sus Decretos reglamentarios determinan las alternativas de requerimientos que un profesional médico debe cumplir para anunciarse como especialista en una especialidad determinada.

Que las especialidades médicas reconocidas fueron armonizadas con las jurisdicciones provinciales y aprobadas por la Resolución Ministerial N° 1814/2015.

Que entre dichas especialidades médicas se encuentra la de CARDIOLOGIA.

Que mediante la Resolución Ministerial N° 231/2009 se ha reconocido a la FEDERACIÓN ARGENTINA DE CARDIOLOGIA (FAC) como entidad científica certificante para la especialidad de CARDIOLOGIA.

Que la Resolución MS 1448-E/2016 establece la necesidad de las entidades científicas de adecuarse al procedimiento de reconocimiento aprobado por ANEXO IF-2016-00500122-APN-DNRSCSS#MS.

Que la FEDERACIÓN ARGENTINA DE CARDIOLOGIA (FAC) ha acreditado cumplir con los requisitos establecidos en dicho procedimiento.

Que las modalidades de certificación que ha informado la FEDERACIÓN ARGENTINA DE CARDIOLOGIA (FAC) están en concordancia con lo establecido por la Ley N° 17132, leyes modificatorias y sus decretos reglamentarios.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD Y REGULACIÓN SANITARIA y la DIRECCION NACIONAL DE HABILITACIÓN, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS han tomado la intervención correspondiente.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa conforme a lo dispuesto en el artículo 4° de la Resolución MS 1448-E/2016.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Renuévase el reconocimiento a la FEDERACIÓN ARGENTINA DE CARDIOLOGIA (FAC) como entidad científica certificante de la especialidad médica CARDIOLOGIA.

ARTÍCULO 2°.- El reconocimiento dispuesto por el ARTÍCULO anterior tendrá una duración de CINCO (5) años a partir de la publicación de la presente y deberá ser renovado con los mismos requerimientos con un mínimo de TREINTA (30) días previo a su vencimiento, acorde lo dispuesto por la Resolución MS N° 1448- E/2016.

ARTÍCULO 3°.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE HABILITACIÓN, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS a otorgar la autorización para anunciarse como especialistas en CARDIOLOGIA a los profesionales médicos que presenten una certificación de la especialidad extendida por la FEDERACIÓN ARGENTINA DE CARDIOLOGIA (FAC) en los términos que su reglamentación interna lo contempla.

ARTÍCULO 4°.- Todo cambio en los mecanismos de Certificación de la especialidad CARDIOLOGIA por parte de la FEDERACIÓN ARGENTINA DE CARDIOLOGIA (FAC) deberá ser previamente autorizado por este MINISTERIO. Este incumplimiento dará lugar a la revocación del presente reconocimiento.

ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. Javier O’Donnell

e. 05/09/2019 N° 65792/19 v. 05/09/2019

Fecha de publicación 05/09/2019