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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE HACIENDA SECRETARÍA DE RECURSOS RENOVABLES Y MERCADO ELÉCTRICO

Resolución 28/2019

RESOL-2019-28-APN-SRRYME#MHA

Ciudad de Buenos Aires, 04/09/2019

Visto el expediente EX-2019-47355494-APN-DGDOMEN#MHA, la ley 25.827, los decretos 1174 del 10 de julio de 1992 y 916 del 10 de junio de 1994, las resoluciones 210 del 28 de junio de 2002 de la ex Secretaría de Energía dependiente del ex Ministerio de Economía y 293 del 24 de mayo de 2019 de la Secretaría de Gobierno de Energía dependiente del Ministerio de Hacienda (RESOL-2019-293-APN-SGE#MHA), y

CONSIDERANDO:

Que a través del decreto 1174 del 10 de julio de 1992 se creó, en el ámbito de la ex Secretaría de Energía Eléctrica dependiente del ex Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, la Unidad Especial Sistema de Transmisión Yacyretá (UESTY), como organismo autárquico, con el objetivo de llevar a cabo todos aquellos actos que fueran necesarios para la puesta en operación del primer tramo del Sistema de Transmisión asociado a la Central Hidroeléctrica Yacyretá.

Que el artículo 3° del citado decreto establece que la UESTY estará a cargo de un Administrador y un Subadministrador, que serán designados por la citada ex secretaría, y que los mismos durarán en sus funciones hasta tanto sean removidos por el órgano que los designó.

Que el decreto 916 del 10 de junio de 1994 amplió el objeto de la UESTY, determinando que dicho organismo llevaría a cabo todos aquellos actos que fueran menester para la puesta en operación del segundo tramo y de los tramos futuros del Sistema de Transmisión asociado a la Central Hidroeléctrica Yacyretá delegando, asimismo, en la ex Secretaría de Energía, la facultad de identificar las obras que integrarían los tramos futuros.

Que surge de los considerandos de la resolución 210 del 28 de junio de 2002 de la ex Secretaría de Energía dependiente del ex Ministerio de Economía, que en función de la múltiple experiencia desarrollada por la UESTY en materia de ampliaciones del Sistema de Transporte en Alta Tensión, fue convocada a intervenir en las diferentes etapas del Plan Federal de Transporte en quinientos kilovoltios (500 kV).

Que el artículo 27 de la ley 25.827 dispuso que la UESTY tendrá a su cargo, además de las funciones específicas definidas en los decretos 1174/1992 y 916/1994, aquellas que la ex Secretaría de Energía dependiente del ex Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios le identifique y encomiende respecto de las ampliaciones del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica.

Que mediante la resolución 293 del 24 de mayo de 2019 de la Secretaría de Gobierno de Energía dependiente del Ministerio de Hacienda (RESOL-2019-293-APN-SGE#MHA) se facultó a la UESTY a actuar en carácter de Iniciador Institucional y/o Ente Contratante del Sector Público Nacional en el marco de los procesos de ampliaciones del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión y Distribución Troncal del Marco Regulatorio Eléctrico, incluyendo los efectuados mediante la ley 27.328 y sus normas reglamentarias y complementarias, según le instruya esta Secretaría de Recursos Renovables y Mercado Eléctrico.

Que asimismo la resolución mencionada instruyó a la UESTY a adoptar la denominación de Unidad Especial Sistema de Transmisión de Energía Eléctrica (UESTEE) y delegó en esta secretaría las facultades previstas en los artículos 3° y 5° del decreto 1174/1992 y encomendó la instrumentación de todos los actos necesarios para dar cumplimiento a lo establecido en ese acto.

Que la UESTEE, organismo con funciones eminentemente técnicas, presta asesoramiento y soporte al Fondo Fiduciario para el Transporte Eléctrico Federal tanto en la planificación como en el seguimiento de ejecución de las obras de transporte de energía eléctrica que se están llevando a cabo.

Que mediante la resolución 16 del 5 de mayo del 2019 de esta Secretaría de Recursos Renovables y Mercado Eléctrico (RESOL-2019-16-APN-SRRYME#MHA) se designó al ingeniero Silvio Mario Resnich (M.I. N° 4.535.211), a partir del 22 de abril de 2019, en el cargo de Presidente Ejecutivo del Comité de Administración del Fondo Fiduciario para el Transporte Eléctrico Federal (FFTEF) y a la ingeniera Karina Judith Presedo (M.I. N° 20.761.707), a partir del 1° de mayo de 2019, en el cargo de Vocal del Comité de Administración del Fondo Fiduciario en representación de esta secretaría.

Que a efectos de darle operatividad a la UESTEE, resulta necesario proceder a la designación como Administrador y Subadministradora de dicha Unidad a las personas antes mencionadas, cuyo desempeño será en carácter Ad Honorem, hasta tanto los designados desempeñen los cargos referidos en el párrafo precedente.

Que el servicio jurídico permanente de la Secretaría de Gobierno de Energía del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención que le compete.

Que esta medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el decreto 1174 del 10 de julio de 1992 y la resolución 293/2019.

Por ello,

EL SECRETARIO DE RECURSOS RENOVABLES Y MERCADO ELÉCTRICO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Designar en el cargo de Administrador de la Unidad Especial Sistema de Transmisión de Energía Eléctrica (UESTEE) a partir del 1° de septiembre de 2019 al ingeniero Silvio Mario Resnich (M.I. N° 4.535.211).

ARTÍCULO 2º.- Designar en el cargo de Subadministradora de la UESTEE a partir del 1° de septiembre de 2019 a la ingeniera Karina Judith Presedo (M.I. N° 20.761.707).

ARTÍCULO 3°.- Establecer que las funciones asignadas mediante los artículos precedentes se realizan de conformidad con lo dispuesto en la resolución 293 del 24 de mayo de 2019 de la Secretaría de Gobierno de Energía dependiente del Ministerio de Hacienda (RESOL-2019-293-APN-SGE#MHA) y, en tanto se desempeñen en los cargos señalados en la resolución 16 del 5 de mayo del 2019 de esta Secretaría de Recursos Renovables y Mercado Eléctrico (RESOL-2019-16-APN-SRRYME#MHA), serán en carácter Ad Honorem.

Finalizadas las designaciones efectuadas por esta última norma, las funciones encomendadas por medio de esta medida e indicadas en los artículos 1° y 2° precedentes continuarán desempeñándose en las condiciones que rigen en la UESTEE.

ARTÍCULO 4º.- Establecer que el presente acto comenzará a regir a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan Antonio Garade

e. 06/09/2019 N° 66391/19 v. 06/09/2019

Fecha de publicación 06/09/2019