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Primera sección


Secretaría de Comercio Exterior y Secretaría de Industria

Resolución Conjunta 70/2019

RESFC-2019-70-APN-SCE#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 05/09/2019

VISTO el Expediente Nº EX-2018-08136334-APN-DE#MP, y

CONSIDERANDO:

Que la firma SIMPLOT ARGENTINA S.R.L, C.U.I.T. N° 30- 71092007-5, ha solicitado los beneficios establecidos en el Régimen de Importación de Bienes Integrantes de “Grandes Proyectos de Inversión” conforme a la Resolución Nº 256 de fecha 3 de abril de 2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA modificada por las Resoluciones Nros. 1.089 de fecha 28 de diciembre de 2000, 8 de fecha 23 de marzo de 2001 ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, 216 de fecha 2 de mayo de 2003 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, 424 de fecha 31 de agosto de 2016 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y 432 de fecha 11 de septiembre de 2017 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Que la mencionada normativa, así como la Resolución N° 204 de fecha 5 de mayo de 2000 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, y sus modificatorias, establecen los requisitos que debe cumplir la peticionante para acceder a los beneficios del Régimen.

Que la Resolución N° 242 de fecha 11 de abril de 2019 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO introdujo modificaciones a la Resolución N° 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, estableciendo en su Artículo 15 que las mismas no serán de aplicación a las solicitudes que a la fecha se encuentren pendientes de resolución, con excepción de lo previsto en sus Artículos 9° y 11.

Que los bienes a importar forman parte de un proyecto destinado a la instalación de UNA (1) línea de producción nueva, completa y autónoma, destinada a la elaboración de papas fritas congeladas y subproductos (puré en escamas), conforme al Artículo 2° de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que los bienes mencionados en el Artículo 1° de la presente resolución, serán instalados en el predio declarado por la empresa en las actuaciones indicadas en el Visto.

Que la empresa obtuvo los Certificados de Trámite Nros. 487 emitido con fecha 9 de abril de 2018, 488 con fecha 9 de abril de 2018 y 618 con fecha 22 de noviembre de 2018 a fin de poder realizar las operaciones de importación al amparo del citado Régimen. 

Que la firma aportó los despachos de importación a consumo de los bienes, mediante los cuales se importaron los ítems 1 al 16,18 y 19 del Artículo 1° de la presente Resolución.

Que los bienes pendientes de importación corresponden a los ítems 17, 18, 21 y 22 del Artículo 1° de la presente Resolución, los cuales se detallan en el Artículo 3° de la presente medida.

Que la firma declaró que el ítem 5 del Certificado N° 487/18 incluye al ítem 2 del mencionado Certificado por constituir un maquina en conjunto. A su vez, la empresa aperturó el ítem 7 del Certificado en trato en DOS (2) máquinas dado que al inicio del trámite incurrió a un error involuntario en la agrupación de los bienes.

Que mediante el Certificado de Tramite N° 487/18 se autorizó a importar la cantidad de DOS (2) del ítem 4 del mismo.

Que, conforme surge de los Despachos de Importación Nº 18038IC04009276H y Nº 18038IC04008416C y de la Resolución Nº 182 de fecha 18 de abril de 2018 de la Dirección de Técnica de la Subdirección General Técnico Legal Aduanera de la Dirección General de Aduanas de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA, dicho bien conformaría la cantidad de UNA (1).

Que hasta el momento la empresa no ha informado la importación de repuestos al amparo del Artículo 10 de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias.

Que ha intervenido desde el punto de vista técnico en el análisis del proyecto un Ingeniero matriculado, cuya firma se encuentra certificada por el colegio de profesionales correspondiente, opinando que el mismo responde a lo previsto en la legislación vigente.

Que, asimismo, en virtud de las ampliaciones efectuadas al proyecto, la peticionante aportó un Dictamen Técnico complementario emitido por citado profesional matriculado.

Que conforme al Artículo 16 de la Resolución N° 204/00 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA, la Dirección Nacional de Industria de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, y la SUBSECRETARIA DE FACILITACIÓN DEL COMERCIO de la SECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR, ambas del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, han analizado el proyecto de manera conjunta, emitiendo un Dictamen del cual surge que la línea a importar encuadra dentro de los objetivos fijados por la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA modificada por las Resoluciones Nros. 1.089/00, 8/01 ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, 216/03 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, 424/16 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, 432 de fecha 11 de septiembre de 2017 y N° 242 de fecha 11 de abril de 2019 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, determinando procedente la solicitud de la firma SIMPLOT ARGENTINA S.R.L conforme a las disposiciones del Régimen referido.

Que la firma SIMPLOT ARGENTINA S.R.L declara bajo juramento que no está ingresando al país bienes o componentes de bienes comprendidos dentro del marco de la Ley Nº 24.051 de Residuos Peligrosos y sus modificaciones y de la Ley Nº 24.040 de Compuestos Químicos.

Que conforme al Artículo 5° de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, la empresa deberá adquirir bienes de uso nuevos de origen local por un monto igual o superior al VEINTE POR CIENTO (20 %) del valor total de aquellos bienes nuevos importados al amparo del presente Régimen. Tal obligación deberá cumplirse desde la presentación de la solicitud del beneficio ante la Autoridad de Aplicación y hasta el plazo máximo de DOS (2) años posteriores años a la fecha de emisión del Certificado de Tramite Nº 618/2018 mencionado en el sexto considerando.

Que de acuerdo a los Artículos 14 y 14 bis de la resolución citada en el considerando precedente, 19 y 19 bis de la Resolución N° 204/00 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA, el proyecto aprobado deberá ser objeto de una auditoría a realizarse una vez que hayan expirado todos los plazos previstos para el cumplimiento de los compromisos adoptados por la empresa beneficiaria derivados del mencionado Régimen.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta conforme a lo previsto por el Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios y el Artículo 8º de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Por ello,

LA SECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR

Y

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1º.- Considérase sujeta a lo establecido por la Resolución Nº 256 de fecha 3 de abril de 2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA modificada por las Resoluciones Nros. 1.089 de fecha 28 de diciembre de 2000, 8 de fecha 23 de marzo de 2001 ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, 216 de fecha 2 de mayo de 2003 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, 424 de fecha 31 de agosto de 2016 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, 432 de fecha 11 de septiembre de 2017 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y 242 de fecha 11 de abril de 2019 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO , la importación de bienes integrantes del proyecto presentado por la firma SIMPLOT ARGENTINA S.R.L, C.U.I.T. N° 30- 71092007-5, destinado a la instalación de UNA (1) línea de producción nueva, completa y autónoma, destinada a la elaboración de papas fritas congeladas y subproductos (puré en escamas), cuya descripción de bienes se detallan a continuación:

Nº DE ORDENSUBPARTIDADESCRIPCIÓN DE LA MERCADERÍACANTIDAD
(unidades)
18428.33Transportador de acción continua, de bandaUNO (1)
28433.60Combinación de máquinas destinada a la limpieza, clasificación y almacenaje de papas, compuesta por: máquina para limpieza exterior de papas mediante rodillos texturados; maquina clasificadora de papas; dos (2) baterías de silos, constituida cada una por cuatro (4) silos metálicos, de 57 t de capacidad, con internos para amortiguar la caída; transportadores de acción continua, de banda y estructura metálica de soporte con plataformas y escaleras.UNO (1)
38422.30Combinación de máquinas destinada al envasado de papas compuesta por: balanza multicabezal; máquina de llenar bolsas; aparato detector de metales; máquina empacadora; máquina armadora-alimentadora de cajas de cartón; transportadores; máquina cerradora de cajas; máquina impresora y tablero eléctrico de control y mando.UNO (1)
48428.90Robot manipulador, de los tipos utilizados para la ubicación de cajas o paquetes, en paletas.UNO (1)
58428.39Transportador de acción continua, de rodillos motorizados.UNO (1)
68438.60Combinación de máquinas destinada a la limpieza y pelado de papas, compuesta por: transportadores de acción continua de banda y tornillo; máquina lavadora por decantación y flotación de piedras, tierras, hojas y ramas; balanza dosificadora de tolva; máquina peladora con vapor; máquina de cepillado en seco y enjuague; bomba de desplazamiento positivo; aparato óptico para determinar la presencia de cáscara; máquina peladora mecánica por medios abrasivos, mesa de inspección y tableros de control y distribución de energía eléctrica.UNO (1)
78438.60Combinación de máquinas destinada al corte y clasificado de papas compuesta por: aparato para preparación del corte mediante impulsos eléctricos; bombas dosificadores de antiespumante; máquina de cortar papas; aparato para detectar defectos de corte por medios ópticos; máquina clasificadora provista de dispositivo removedor de papas defectuosas; tuberías y accesorios de interconexión y tableros de control y distribución de energía eléctrica.UNO (1)
88419.89Combinación de máquinas para el blanqueo de papas y dosificación de aditivos, compuesta por: máquinas rotativas para el blanqueo mediante la circulación de agua e inyección de vapor; controles de nivel y llenado; válvulas; bombas; máquina para el enfriamiento de papa, mediante circulación de agua a baja temperatura y tablero de control y distribución de energía eléctrica.UNO (1)
98419.31Secador de papas.UNO (1)
108419.81Combinación de máquinas para freír papas compuesta por: máquina freidora de dos etapas; transportadores; máquinas para  baño con mezcla en base acuosa para saborizar papas; intercambiador de calor; sopladores; estructuras metálicas de soporte con plataforma y escalera y tablero de control y distribución de energía eléctrica. 
118418.69Túnel de congelamiento.UNO (1)
128433.60Zaranda clasificadora.UNO (1)
138428.39Transportador vibratorio de acción continua.UNO (1)
147309.00Recipiente de acero con una capacidad superior a 300 l.UNO (1)
157308.90Cercas de acero de protección perimetral, con sensores de intrusión.UNO (1)
168537.10Tablero de control, mando y distribución de energía eléctrica, para una tensión inferior a 1.000 V., con controlador lógico programable incorporado.UNO (1)
17Robots que toman las cajas que salen de las 4 líneas de envase (1 robot cada 2 líneas) que se acumulan y se van acomodado según el seteo fijado, el robot las toma y la dispone sobre el pallet (previamente dispuesto) cuando llega a la altura fijada el pallet por un sistema de cadenas la pasa a la estación de strechin y ahí se envuelve con un brazo rotatorio externo prefijado, de ahí pasa al fin de la línea para ser tomado por la cámara de congelado. Marca Skilled Group.DOS (2)
18Máquina de envolver con película de plástico, mercadería en paletas. Marca Skilled Group.UNO (1)
19Caldera pirotubular de alta eficiencia, marca BOSH, serie universal ZFR30TONS para la generación de vapor saturado, horizontal de tres pasos más economizador con dos hogares de combustión y conducciones de gases de humos completamente independientes, espalda húmeda construida y diseñada y construida bajo norma europea.UNO (1)
20Campo eléctrico pulsado (“PEF”, Pulsed Electric Field) - Smoothcut 1000 PEF System. Capacidad máxima 60 toneladas por hora. Marca ELEA.UNO (1)
21Sistema pallet runner autosoportado que conforma la estructura de la cámara frigorífica y dentro del cual se colocan los pallets. El sistema incluye los siguientes bienes: Marco M4”P de 1117.6 mm x 11500 mm de alto c/2 Ref de 9652 mm de alto (468), Extensión de Marco M4”P 1117.6 mm x 7900 mm (264), Extensión de Marco M4”P 1117.6 mm x 6400.8 mm (264), Viga VER4116019 de 1397 mm de longitud (5,250), Trave de 26280 mm de longitud (22), Arriostre de 3300 mm de longitud (720), Mensula Soporte Polin (320), Mensula Soporte Polin 350mm (840), Mensula Soporte Polin 1400mm (320), Polin Lateral 6”x 2” de 26280 mm (Seccionado) (52), Polin Frontal 6” x 2” de 58700 mm (20), Polin Posterior 6” x 2” de 58700 mm (20), Polin Superior 6” x 2” de 58700 mm (26), Mensula sencilla (672), Mensula doble (4,998), Riel PTR2” cal 14 de 5340mm de longitud (seccionado) (896), Viga paleta M72 De 5340 mm (896), Riel PTR2” cal 14 de 10890mm de longitud (seccionado) (420), Viga paleta M72 De 10890 mm (420), Tornillo hex. De 5/16 x 3” con tca. Gdo. 5 (21,840), Tornillo hex. De 1/2 x 1 1/4” con tca. Gdo. 5 (48,428), Tornillo hex. De 1/2 x 4” con tca. Gdo. 5 (39,100), Taquete expansivo 1/2” x 4-1/2” (1,872). MARCA ESTRALUNO (1)
22Sistema de completo de Automatización de mercadería, el cual comprende los siguientes bienes: Supercapacitador BK cautivo (2), SRM-CAP 20mt (2), Sensores + paquete en SRM (2), PLC + controlador (2), Proyecto eléctrico (2), Cableado y caja SRM (2), Panel de control (2), Cableado a bordo (2), SRM cuna (2), Satélite supercapacitador (2), Carriles (106), Barra de distribución de potencia (106), SRM parachoques (4), Transportadores de rodillos (11),Transportadores de cadena (10), Placa giratoria (1), Plataforma (1), Sensores de transportadores a bordo (23), Parachoques de la carretilla elevadora (6), Líneas de gravedad (9), Panel de control principal (1), ELE instalación (48), Supervisión de MEC (30), RUSHMOVER linear (2), Carriles (52), Puertas (3), Interruptor para puertas (3), Silenciador (3), Verificación de identificación (2), LECTORES DE CÓDIGOS DE BARRAS (1), Célula de carga (1), Transporte (5), Especificaciones técnicas (1), Diseño MEC + diseño ELE (110), Gestión de proyectos (30), Diseño de código PLC + Instalación (1), WMS + SCADA + Licencia base de HMI (1), Software de instalación (20), Entrenamiento en el sitio (5). Marca AUTOMAUNO (1)
23Recibidor con capacidad de 10 - 90 toneladas/hora.  Marca GRISHNICHUNO (1)

ARTÍCULO 2°.- El monto de los bienes sujetos al beneficio de la presente resolución es de un valor CIP EUROS DOCE MILLONES CUARENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES CON NOVENTA Y SEIS CENTAVOS (€ 12.042.433,96), FOB DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOS MILLONES NOVECIENTOS DOS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO (USD 2.902.754,00), EXW DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRES MILLONES QUINIENTOS DOCE MIL VEINTICUATRO (USD 3.512.024,00), EXW EURO SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL (€ 665.000,00), DAP EURO CUATRO MILLONES TRESCIENTOS DIEZ MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO (€ 4.310.624,00), CIF EURO UN MILLÓN DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO (€ 1.238.938,00), CIF DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN CIENTO CATORCE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS (USD 1.114.986,00) y CPT DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN SESENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS VEINTISIETE CON SESENTA CENTAVOS (USD 1.065.327,60) (sin repuestos). Asimismo, a fin de determinar el monto correspondiente a repuestos deberá tenerse en cuenta lo previsto en el Artículo 10 de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA.

ARTÍCULO 3°.- En virtud de lo estipulado en el Artículo 12 de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA se otorga el plazo de UN (1) año a partir de la fecha de la emisión de la presente resolución para la importación de los bienes detallados en el presente artículo y de los repuestos que se importen al amparo del Artículo 10 de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias

Nº DE ORDENDESCRIPCIÓN DE LA MERCADERÍACANTIDAD (unidades)
1Robots que toman las cajas que salen de las 4 líneas de envase (1 robot cada 2 líneas) que se acumulan y se van acomodado según el seteo fijado, el robot las toma y la dispone sobre el pallet (previamente dispuesto) cuando llega a la altura fijada el pallet por un sistema de cadenas la pasa a la estación de strechin y ahí se envuelve con un brazo rotatorio externo prefijado, de ahí pasa al fin de la línea para ser tomado por la cámara de congelado. Marca Skilled Group.DOS (2)
2Máquina de envolver con película de plástico, mercadería en paletas. Marca Skilled Group.UNO (1)
3Sistema pallet runner autosoportado que conforma la estructura de la cámara frigorífica y dentro del cual se colocan los pallets. El sistema incluye los siguientes bienes: Marco M4”P de 1117.6 mm x 11500 mm de alto c/2 Ref de 9652 mm de alto (468), Extensión de Marco M4”P 1117.6 mm x 7900 mm (264), Extensión de Marco M4”P 1117.6 mm x 6400.8 mm (264), Viga VER4116019 de 1397 mm de longitud (5,250), Trave de 26280 mm de longitud (22), Arriostre de 3300 mm de longitud (720), Mensula Soporte Polin (320), Mensula Soporte Polin 350mm (840), Mensula Soporte Polin 1400mm (320), Polin Lateral 6”x 2” de 26280 mm (Seccionado) (52), Polin Frontal 6” x 2” de 58700 mm (20), Polin Posterior 6” x 2” de 58700 mm (20), Polin Superior 6” x 2” de 58700 mm (26), Mensula sencilla (672), Mensula doble (4,998), Riel PTR2” cal 14 de 5340mm de longitud (seccionado) (896), Viga paleta M72 De 5340 mm (896), Riel PTR2” cal 14 de 10890mm de longitud (seccionado) (420), Viga paleta M72 De 10890 mm (420), Tornillo hex. De 5/16 x 3” con tca. Gdo. 5 (21,840), Tornillo hex. De 1/2 x 1 1/4” con tca. Gdo. 5 (48,428), Tornillo hex. De 1/2 x 4” con tca. Gdo. 5 (39,100), Taquete expansivo 1/2” x 4-1/2” (1,872). MARCA ESTRALUNO (1)
4Sistema de completo de Automatización de mercadería, el cual comprende los siguientes bienes: Supercapacitador BK cautivo (2), SRM-CAP 20mt (2), Sensores + paquete en SRM (2), PLC + controlador (2), Proyecto eléctrico (2), Cableado y caja SRM (2), Panel de control (2), Cableado a bordo (2), SRM cuna (2), Satélite supercapacitador (2), Carriles (106), Barra de distribución de potencia (106), SRM parachoques (4), Transportadores de rodillos (11),Transportadores de cadena (10), Placa giratoria (1), Plataforma (1), Sensores de transportadores a bordo (23), Parachoques de la carretilla elevadora (6), Líneas de gravedad (9), Panel de control principal (1), ELE instalación (48), Supervisión de MEC (30), RUSHMOVER linear (2), Carriles (52), Puertas (3), Interruptor para puertas (3), Silenciador (3), Verificación de identificación (2), LECTORES DE CÓDIGOS DE BARRAS (1), Célula de carga (1), Transporte (5), Especificaciones técnicas (1), Diseño MEC + diseño ELE (110), Gestión de proyectos (30), Diseño de código PLC + Instalación (1), WMS + SCADA + Licencia base de HMI (1), Software de instalación (20), Entrenamiento en el sitio (5). Marca AUTOMAUNO (1)

ARTÍCULO 4º.- El incumplimiento por parte de la peticionante de los objetivos establecidos en el proyecto de inversión antes mencionado y/o de las obligaciones establecidas en el Régimen y/o de los límites para importación de repuestos estipulados en el Artículo 10 de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA dará lugar a la aplicación de los Artículos 15 y/o 15 bis de la citada resolución. La sanción dispuesta por el Artículo 15 bis de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA será aplicable también en el caso de comprobarse que la peticionante hubiere incurrido en el incumplimiento previsto en el Artículo 6º de la mencionada resolución.

ARTÍCULO 5º.- Infórmese en los términos de los Artículos 18 y 19 de la Resolución N° 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, a la Dirección General de Aduanas, dependiente de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA, a los efectos de que proceda a liberar las garantías oportunamente constituidas. Para ello, deberá verificarse el cumplimiento de la totalidad de las obligaciones a cargo de la interesada, una vez realizados los informes de auditoría en los términos de los Artículos 14 y 14 bis de la Resolución N° 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, 19 y 19 bis de la Resolución N° 204 de fecha 5 de mayo de 2000 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA.

ARTÍCULO 6°.- La peticionante deberá adquirir bienes de uso nuevos de origen local por un monto igual o superior al VEINTE POR CIENTO (20 %) del valor total de aquellos bienes nuevos importados al amparo del presente Régimen, conforme lo establecido en el Artículo 5° de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA. Las adquisiciones mencionadas deberán cumplirse desde la presentación de la solicitud del beneficio ante la Autoridad de Aplicación y hasta el plazo máximo de DOS (2) años posteriores a la fecha de emisión del Certificado de Tramite Nº 618/18 mencionado en el sexto considerando

ARTÍCULO 7°.- A través de la Dirección de Exportaciones, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE FACILITACIÓN DEL COMERCIO de la SECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, notifíquese a la firma SIMPLOT ARGENTINA S.R.L. de la presente resolución.

ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Delia Marisa Bircher - Fernando Félix Grasso

e. 06/09/2019 N° 66725/19 v. 06/09/2019

Fecha de publicación 06/09/2019