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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 3605/2019

RESOL-2019-3605-APN-ENACOM#JGM FECHA 03/09/2019 ACTA 50

EX-2019-12373991-APN-REYS#ENACOM

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Otorgar a la empresa CABLE A TIERRA S.R.L. Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, sean fijos o móviles, alámbricos o inalámbricos, nacionales o internacionales, con o sin infraestructura propia. 2.- Inscribir a la empresa CABLE A TIERRA S.R.L., en el Registro de Servicios previsto en el Artículo 8° del Reglamento de Licencias de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, el Servicio de Valor Agregado- Acceso a Internet 3.- La presente licencia no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL, de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico, para la prestación del servicio registrado, debiendo la autorización, y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico, tramitarse ante este organismo. 4.- Notifíquese al interesado. 5.- Comuníquese, publíquese. Firmado: Silvana Myriam Giudici, Presidenta, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas

Silvana Beatriz Rizzi, Jefe de Área, Área Despacho.

e. 06/09/2019 N° 66675/19 v. 06/09/2019

Fecha de publicación 06/09/2019