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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

Decisión Administrativa 766/2019

DA-2019-766-APN-JGM

Ciudad de Buenos Aires, 06/09/2019

VISTO el Expediente N° EX-2018-51753932-APN-DNTYA#SENASA, la Ley N° 27.467, los Decretos Nros. 40 del 25 de enero de 2007 y 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, la Decisión Administrativa N° 1881 del 10 de diciembre de 2018, la Resolución Conjunta del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 89 y N° 16 del 13 de febrero de 2008 y su modificatoria, la Resolución del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA N° 520 del 13 de mayo de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.467 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019.

Que por el artículo 7° de la citada Ley se estableció que no se podrán cubrir los cargos previstos en la reserva del artículo 6° de la misma, existentes a la fecha de su sanción, ni las vacantes que se produzcan con posterioridad en las jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Nacional, sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el Decreto N° 355/17 y su modificatorio se estableció, entre otras cuestiones, que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios, con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que por la Decisión Administrativa N° 1881/18 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado actuante actualmente en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

Que por la Resolución del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA N° 520/19 se aprobó la estructura organizativa de nivel inferior al segundo nivel operativo.

Que en virtud de encontrarse vacante el cargo de Coordinadora Jurídica de Delegación Regional IV de la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS del citado Servicio Nacional se considera imprescindible proceder a su cobertura transitoria.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que el servicio permanente de asesoramiento jurídico competente ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes de los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7° de la Ley N° 27.467 y 2° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase, con carácter transitorio, por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida, a la Abogada María José CERMELO (M.I. N° 26.703.952) como Coordinadora Jurídica de Delegación Regional IV dependiente de la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional Administrativo, Grado 13, Tramo General, autorizándose el correspondiente pago de la Función de Jefatura Nivel I prevista en el Título IV, Capítulo II, artículo 45, con excepción a lo estipulado en el artículo 48 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del citado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, homologado por el Decreto N° 40/07 y con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.467.

ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente decisión administrativa deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la Resolución Conjunta del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 89 y N° 16 del 13 de febrero de 2008 y su modificatoria, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado con cargo a las partidas específicas del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA - ENTIDAD 623 - SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Luis Miguel Etchevehere

e. 09/09/2019 N° 67433/19 v. 09/09/2019

Fecha de publicación 09/09/2019