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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 710/2019

RESOL-2019-710-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 20/08/2019

VISTO el Expediente EX-2019-60163083- -APN-DBPFFPP#MSG; la Ley de Seguridad Interior Nº 24.059; la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N°438/1992) y sus modificatorias; los Decretos Nros. 1993 de fecha 14 de diciembre de 2010, 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 y 174 de fecha 2 de marzo de 2018; las Decisiones Administrativas Nros. 421 de fecha 06 de mayo de 2016, Nro. 267 de fecha 2 de marzo de 2018 y Nro. 299 de fecha 12 de marzo de 2018, la Resolución MS Nº 225 de fecha 1 de junio de 2016 y modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que es prioridad del MINISTERIO DE SEGURIDAD el bienestar de los agentes de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales y de sus familias.

Que sin perjuicio de la remuneración que reciban los agentes, es de suma relevancia que los mismos cuenten con una adecuada inclusión financiera como factor de prevención de riesgos, facilitador del acceso a la vivienda, y en otro orden, como incremento de la capacidad de los agentes para llevar adelante proyectos para su bienestar o desarrollo familiar.

Que la conducta financiera responsable, es un factor que fortalece la situación económica y capacidad de ahorro del personal, y previene situaciones de riesgo en beneficio de los agentes de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales.

Que la importancia del tema, ha provocado que la propia Organización de las Naciones Unidas creara una Asesoría Especial del Secretario General de Naciones Unidas sobre Inclusión Financiera para el Desarrollo (UNSGSA), dedicada a promover iniciativas sobre el tema.

Que en un mismo sentido, mediante el dictado de la Ley Nº 27.440, se resaltó la importancia de una “…Inclusión Financiera Integral que mejore las condiciones de vida de la población”, por lo cual, resulta necesaria la implementación por parte del PODER EJECUTIVO NACIONAL, de una estrategia que fomente la confianza de los consumidores en el sector financiero, de fácil acceso en todo el territorio nacional.

Que sin perjuicio de lo dispuesto por las Naciones Unidas y por la citada Ley, el MINISTERIO DE SEGURIDAD, en su propio ámbito de competencia, se encuentra obligado a velar por el bienestar de los agentes de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, y llevar adelante acciones con el fin de resolver o mitigar problemas financieros.

Que a consecuencia de lo expuesto, es que se entiende necesario la creación del “Plan de Inclusión y Responsabilidad Financiera de las Fuerzas Federales”, que cubre diferentes aspectos a fin de incrementar el bienestar de los agentes y sus familias, brindando herramientas que permitan mejorar sus niveles de inclusión financiera y una mayor responsabilidad en su manejo.

Que atento a sus competencias, la Autoridad de Aplicación del Plan que por este medio se aprueba, será la SECRETARÍA DE SEGURIDAD, con la intervención de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN, FORMACIÓN Y CARRERA, siendo la Dirección de Bienestar del Personal de las Fuerzas Federales de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE SEGURIDAD E INTERVENCIÓN FEDERAL de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD, la Jurisdicción que tendrá a cargo su implementación y articulación con las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales.

Que el Plan en ciernes, conlleva diferentes Programas que abordan cada aspecto de la problemática. En tal sentido, el primer Programa, de Cancelación y Refinanciación de Deuda de los Agentes, tiene por objetivo disminuir la situación de sobre endeudamiento de los agentes, y colaborar a obtener condiciones más favorables de crédito; mientras que el segundo Programa de Facilitación de Acceso al Financiamiento, vinculado al anterior, tiene por fin, facilitar el acceso a fuentes de financiamiento formales y con costos convenientes.

Que el tercer Programa de Optimización del Régimen de Deducción de Haberes, tiene por objeto ordenar la implementación de dicho Régimen, que fuera aprobado por el Decreto Nº 14/2012, con el fin promover su simplificación, automatización, transparencia, eficiencia y buen funcionamiento dentro de las Fuerzas.

Que otro conflicto que se verifica en las Fuerzas, es la falta de soluciones financieras eficientes para las garantías requeridas para el alquiler de una vivienda,para lo cual, se crea un cuarto Programa “Asegurando tu Alquiler” que va a brindar junto con Nación Seguros S.A., una herramienta simplificada y de bajo costo.

Que la falta de incentivos para el ahorro, entre otros factores, limita la posibilidad del personal de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, de acceder a herramientas de capitalización, y aspirar a una vivienda en particular. En razón de ello, se crea el quinto Programa sobre “Ahorro Seguro y Vivienda”.

Que a raíz de determinados comportamientos financieros detectados en algunos agentes, junto a la falta de conocimientos técnicos sobre la temática en cuestión, resulta necesario crear un sexto y último Programa sobre “ Promoción y Educación de la Responsabilidad Financiera “.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de éste Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.

Que la suscripta es competente para el dictado de la presente medida en virtud de lo dispuesto en los artículos 4º, inciso b), apartados 9 y 14, y 22 bis, incisos 4 y 10, de la Ley de Ministerios (T.O. 1992) y sus modificaciones.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE

ARTÍCULO 1°.- Créase el Plan de Inclusión y Responsabilidad Financiera de las Fuerzas Federales, compuesto por los siguientes programas:

a. Programa de Cancelación y Refinanciación de Deuda de los Agentes;

b. Programa de Facilitación de Acceso al Financiamiento;

c. Programa de Optimización del Régimen de Deducción de Haberes;

d. Programa “Asegurando tu Alquiler”;

e. Programa “Ahorro Seguro y Vivienda”;

f. Programas de Promoción y Educación de la Responsabilidad Financiera;

Las características de dichos Programas son detalladas en el ANEXO (IF-2019-72550580-APN-SSPSEIF#MSG), que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°.- La SECRETARÍA DE SEGURIDAD será la Autoridad de Aplicación del Plan de Inclusión y Responsabilidad Financiera de las Fuerzas Federales. Por su parte, la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN, FORMACIÓN Y CARRERA tomará la intervención de su competencia conforme a los términos establecidos en el ANEXO (IF-2019-72550580-APN-SSPSEIF#MSG), que forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 3°: La Dirección de Bienestar del Personal de las Fuerzas Federales de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE SEGURIDAD E INTERVENCIÓN FEDERAL de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD, tendrá la responsabilidad primaria de su implementación, con la colaboración de las restantes áreas con competencia en la materia correspondientes a la presente Jurisdicción.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Patricia Bullrich

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/09/2019 N° 69465/19 v. 16/09/2019

Fecha de publicación 16/09/2019