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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

Disposición 425/2019

DI-2019-425-APN-ANSV#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 09/09/2019

VISTO: El Expediente Nº EX-2019-07787566- -APN-DGA#ANSV del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, las Leyes Nº 24.449, Nº 26.363, sus normas reglamentarias, y las Disposiciones ANSV N° 380 del 24 de Agosto de 2012, ANSV Nº 168 del 30 de Abril de 2013, ANSV N° 555 del 04 de Octubre de 2013, ANSV N° 520 del 08 de Septiembre de 2014, ANSV 121 del 22 de Abril de 2016, ANSV N° 287 del 04 de Julio de 2019, ANSV N° 225 del 07 de Agosto de 2018 y modificatorias.

CONSIDERANDO:

Que, por Disposición ANSV Nº 380/2012 se creó en el ámbito de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL el REGISTRO DE ESTABLECIMIENTOS PRESTADORAS DE CAPACITACIÓN EN MATERIA DE TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL, cuya función es llevar un registro actualizado de las instituciones, entes y entidades, academias, asociaciones, públicas y / o privadas, que efectúen y presten servicios de capacitación en materia de tránsito y seguridad vial, como también llevar el registro de capacitadores, docentes, planes de estudio, cursos que en materia se dicten y de los ciudadanos que realicen y aprueben los mismos, para su conocimiento, en los modos en que se reglamenten, de las jurisdicciones competentes, ciudadanos, usuarios y órganos de juzgamiento.

Que, mediante el artículo 3° de la mencionada Disposición se estableció que la inscripción en el Registro creado, habilita a las entidades registradas, a presentar cursos y programas de estudio ante la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL para su eventual aprobación y registro en el REGISTRO DE ESTABLECIMIENTOS PRESTADORAS DE CAPACITACIÓN EN MATERIA DE TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL.

Que por Disposición ANSV Nº 168/2013 se modificó la denominación del REGISTRO DE ESTABLECIMIENTOS PRESTADORAS DE CAPACITACIÓN EN MATERIA DE TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL, el que pasó a denominarse REGISTRO NACIONAL DE ANTECEDENTES EN EDUCACIÓN Y CAPACITACIÓN VIAL.

Que, por Disposición ANSV N° 555/2013 se aprobó el procedimiento de presentación, aprobación e inscripción de cursos y / o programas de estudios de capacitación en materia de seguridad vial, ante el REGISTRO NACIONAL DE ANTECEDENTES EN EDUCACIÓN Y CAPACITACIÓN VIAL, de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, tendiente a que las entidades inscriptas en dicho Registro, eleven sus cursos para su eventual aprobación y registro en el marco de la Disposición ANSV N° 380/12.

Que, por Disposición ANSV Nº 520/2014 se modificó el artículo 2º del Anexo I de la Disposición ANSV Nº 380/2012; y se aprobó el procedimiento de renovación de inscripción ante el REGISTRO NACIONAL DE ANTECEDENTES EN EDUCACIÓN Y CAPACITACIÓN VIAL de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL.

Que, por Disposición ANSV N° 121/2016 se transfirió el REGISTRO NACIONAL DE ANTECEDENTES EN EDUCACIÓN Y CAPACITACIÓN VIAL, del ámbito de la DIRECCIÓN DE SISTEMA NACIONAL DE ANTECEDENTES DE TRÁNSITO a la órbita del CENTRO DE FORMACIÓN EN POLÍTICAS Y GESTIÓN DE LA SEGURIDAD VIAL, dependiente de la DIRECCIÓN EJECUTIVA de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL.

Que, en igual sentido, mediante el artículo 2° de la mencionada Disposición, se transfirió al ámbito del CENTRO DE FORMACIÓN EN POLÍTICAS Y GESTIÓN DE LA SEGURIDAD VIAL dependiente de la DIRECCIÓN EJECUTIVA de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL todas las facultades y obligaciones previstas en los artículos 4°, 5°, 6° 7° y 8º de la Disposición ANSV N° 380/12.

Que, mediante Disposición ANSV Nº 225/ 2018 se aprobó la inscripción del curso denominado CURSO DE INSTRUCTOR DE FORMACIÓN Y PREVENCIÓN VIAL, en el REGISTRO NACIONAL DE ANTECEDENTES EN EDUCACIÓN Y CAPACITACIÓN VIAL, conforme lo regulado mediante la Disposición ANSV N° 380/12 y modificatorias.

Que, mediante Disposición ANSV N° 287/2019 se renovó la inscripción de la Persona Jurídica CREANDO CONCIENCIA URBANA ASOCIACIÓN CIVIL, C.U.I.T. N° 30-71134989-4 en el REGISTRO NACIONAL DE ANTECEDENTES EN EDUCACIÓN Y CAPACITACIÓN VIAL, conforme a lo regulado mediante la Disposición ANSV N° 380/12 y modificatorias, a los fines de habilitarla a presentar cursos y programas de estudio ante la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, para su eventual aprobación y registro.

Que, en el presente marco, CREANDO CONCIENCIA URBANA ASOCIACIÓN CIVIL ha solicitado oportunamente a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, renovar la inscripción en el mencionado Registro del curso denominado CURSO DE INSTRUCTOR DE FORMACIÓN Y PREVENCIÓN VIAL, presentando a tal efecto, la documentación exigida en la legislación vigente.

Que, atento a ello, el CENTRO DE FORMACIÓN EN POLÍTICAS Y GESTIÓN DE LA SEGURIDAD VIAL dependiente de la DIRECCIÓN EJECUTIVA de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, acreditó el cumplimiento de los recaudos exigidos en el procedimiento de renovación de inscripción, regulado por el Anexo I de la Disposición ANSV Nº 555/13 y modificatorias, sugiriendo consecuentemente la renovación de la inscripción conforme lo requerido por la entidad solicitante.

Que, en consecuencia, corresponde dictar el presente acto administrativo aprobando y registrando en el REGISTRO NACIONAL DE ANTECEDENTES EN EDUCACIÓN Y CAPACITACIÓN VIAL, el curso denominado CURSO DE INSTRUCTOR DE FORMACIÓN Y PREVENCIÓN VIAL, presentado por CREANDO CONCIENCIA URBANA ASOCIACIÓN CIVIL.

Que, el CENTRO DE FORMACIÓN EN POLÍTICAS Y GESTIÓN DE LA SEGURIDAD VIAL, ha tomado intervención dentro de su competencia.

Que, la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que, la presente se dicta en conformidad con las competencias expresamente atribuidas por el artículo 7º inciso b) de la Ley Nº 26.363.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Renuévese la inscripción del curso denominado “CURSO DE INSTRUCTOR DE FORMACIÓN Y PREVENCIÓN VIAL”, presentado por CREANDO CONCIENCIA URBANA ASOCIACIÓN CIVIL, conforme lo regulado mediante Disposición ANSV Nº 380/12, ANEXO I de la Disposición ANSV N° 555/13 y modificatorias.

ARTICULO 2º.- La renovación otorgada mediante el artículo 1º de la presente medida, tendrá una vigencia de UN (1) año, a partir de su publicación en el Boletín Oficial, debiendo su titular interesado, iniciar con una antelación mínima de 30 días hábiles administrativos previo a su vencimiento, el trámite de renovación de inscripción conforme al procedimiento vigente.

ARTICULO 3º.- La vigencia indicada en el artículo 2º de la presente medida, quedará supeditada al cumplimiento por parte de CREANDO CONCIENCIA URBANA ASOCIACIÓN CIVIL, de lo regulado por la Disposición ANSV Nº 380/12 y modificatorias, encontrándose facultado el CENTRO DE FORMACIÓN EN POLÍTICAS Y GESTIÓN DE LA SEGURIDAD VIAL, a implementar auditorías periódicas o permanentes tendientes a corroborar el cumplimiento de los recaudos exigidos en la normativa vigente, y sugerir la baja del registro cuando corresponda ante incumplimientos acreditados.

ARTICULO 4º.- Instrúyase al CENTRO DE FORMACIÓN EN POLÍTICAS Y GESTIÓN DE LA SEGURIDAD VIAL a renovar en el sistema informático y notificar la renovación del curso denominado “CURSO DE INSTRUCTOR DE FORMACIÓN Y PREVENCIÓN VIAL”, a favor de la Persona Jurídica CREANDO CONCIENCIA URBANA ASOCIACIÓN CIVIL.

ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. Carlos Alberto Perez

e. 16/09/2019 N° 69457/19 v. 16/09/2019

Fecha de publicación 16/09/2019