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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 767/2019

RESOL-2019-767-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 12/09/2019

VISTO el Expediente Electrónico GDE EX-2019-21785597-APN-DIREMAN#GNA del Registro de GENDARMERÍA NACIONAL, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud del Programa de Capacitación Regular año 2017, aprobado mediante Disposición del DIRECTOR NACIONAL DE GENDARMERÍA Nro 1842/16, el Jefe de la Agrupación Cadetes, informó a través del Expediente BB 8-5582/01, la aprobación de la totalidad de las asignaturas del Área Técnico Profesional pendientes del Curso de III Año de la Cabo Cadete CAROLINA ANABEL POGGIO (DNI: 37.518.161), quién se encontraba usufructuando Licencia Especial por Maternidad establecida en las Disposiciones del Director Nacional Nro 566/07 y 1018/11, conforme surge de la Orden Resolutiva Nro ORDRE-2018-36-APN-ESCUGEN#GNA.

Que mediante Mensaje de Tráfico Oficial AI 688/19, la Escuela de Gendarmería Nacional, informó que la Causante formaba parte de la Promoción LXXIII del “CURSO OFICIAL DE GENDARMERÍA”, ciclo lectivo 2017, del Escalafón General – Especialidad Criminalística, según documentación obrante en dicho Instituto de Formación Académica, la misma, obtuvo una calificación final de OCHO VEINTITRÉS (8.23), debiendo considerarse en el orden de merito 2 entre 15.

Que mediante Expediente Electrónico EX-2018-11635085-APN-DIREMAN#GNA, Y RESOLUCIÓN MINISTERIAL NRO RESOL-2018-1014-APN-MSG, se aprobaron las órdenes de merito de la SEPTUAGÉSIMA TERCERA PROMOCIÓN DE LA ESCUELA DE GENDARMERÍA NACIONAL y IF-2018-64906081-APN-SSPSEIF#MSG, conteniendo el ANEXO IV con una nomina total de CATORCE (14) SUBALFÉREZ del Escalafón General – Especialidad Criminalística, al 31 de diciembre de 2017.

Que la nombrada, ha satisfecho las exigencias para su egreso como Oficial en el Escalafón General - Especialidad Criminalística, conforme a lo establecido en el artículo 57 de la Ley de GENDARMERÍA NACIONAL Nº 19.349 y sus modificatorias.

Que conforme la Resolución Ministerial Nro 1079/11, Anexo I, punto IV. Que dispone: “… IV. Concluido los períodos de embarazo y de lactancia previstos en la normativa de la Institución, la interesada deberá presentarse en el siguiente período de inscripción al curso condicionante para el ascenso que corresponda al caso para completar la totalidad de los exámenes pendientes. En caso de aprobar los requisitos del curso en cuestión y de encontrarse apta para el ascenso, corresponderá su ascenso con retroactividad a la fecha en que hubiera correspondido su ascenso interrumpido por encontrarse embarazada o en período de lactancia. …”.

Que consecuentemente, corresponde otorgar a la CABO CADETE Carolina Anabel POGGIO de la ESCUELA DE GENDARMERÍA NACIONAL “GENERAL D. MARTÍN MIGUEL DE GÜEMES”, el grado de SUBALFÉREZ, en el Escalafón General – Especialidad Criminalística, al 31 de diciembre de 2017, y extender el despacho correspondiente.

Que han tomado intervención la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS de GENDARMERÍA NACIONAL y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que la suscripta es competente para el dictado de la presente medida en virtud a lo establecido en el Artículo 1°, Inciso d), del Decreto N° 954/2017.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébense las calificaciones de egreso obtenidas por la CABO CADETE Carolina Anabel POGGIO (DNI: 37.518.161) de la ESCUELA DE GENDARMERÍA NACIONAL “GENERAL D. MARTÍN MIGUEL DE GÜEMES”.

ARTÍCULO 2º.- Otorgase el grado de SUBALFÉREZ, en el Escalafón General – Especialidad Criminalística, al 31 de diciembre de 2017, siendo considerada en el orden de mérito 2 entre 15 debiendo encontrarse ubicada escalafonariamente entre el SUBALFÉREZ Julián Víctor Alberto FARÍAS CASTRO (DNI: 36.584.862) Y SUBALFÉREZ Gerardo Matías SANABRIA (DNI: 39.606.080).

ARTÍCULO 3º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente medida se imputarán a las partidas correspondientes para la GENDARMERÍA NACIONAL, en la Ley de PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL N° 27467/2018.

ARTÍCULO 4º.- Extiéndanse los despachos correspondientes.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL del Registro Oficial y archívese. Patricia Bullrich

e. 17/09/2019 N° 69574/19 v. 17/09/2019

Fecha de publicación 17/09/2019