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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE HACIENDA SUBSECRETARÍA DE MERCADO ELÉCTRICO

Disposición 54/2019

DI-2019-54-APN-SSME#MHA

Ciudad de Buenos Aires, 13/09/2019

Visto el expediente EX-2017-24404785-APN-DDYME#MEM y los expedientes en tramitación conjunta EX-2018-25468317-APN-DGDO#MEM, EX-2018-30798425-APN-DGDO#MEN, EX-2019-58547003-APN-DGDOMEN#MHA y EX-2019-64380557-APN-DGDOMEN#MHA, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa Alcovil Sociedad Anónima (Alcovil S.A.) solicitó su ingreso como agente generador al Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), para su Central Térmica a biogás Citrusvil Biogás, con una potencia de tres megavatios (3 MW), ubicada en la localidad de Cevil Pozo, provincia de Tucumán, conectándose al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de trece coma dos kilovoltios (13,2 kV) a instalaciones de la Empresa de Distribución Eléctrica de Tucumán Sociedad Anónima (EDET S.A.), vinculada a la Estación Transformadora Cevil Pozo, jurisdicción de la Empresa de Transporte de Energía Eléctrica por Distribución Troncal del Noroeste Argentino Sociedad Anónima (TRANSNOA S.A.).

Que mediante la nota B-127628-1 del 27 de junio de 2018 (IF-2018-30952235-APN-DGDO#MEN), obrante en el expediente EX-2018-30798425-APN-DGDO#MEM, incorporado al expediente de referencia, la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA) informó que la empresa Alcovil S.A. cumplió para su Central Térmica a biogás Citrusvil Biogás con los requisitos exigidos en los puntos 5.1 y 5.2 del anexo 17 de Los Procedimientos y con la información requerida para la Base de Datos Estacional del Sistema, capítulo 2 y anexos 1 y 2 de Los Procedimientos, para su ingreso y administración en el MEM.

Que mediante resolución 112 del 17 de mayo de 2018 la Dirección de Medio Ambiente de la Provincia de Tucumán resolvió declarar ambientalmente apto el Proyecto de la Central Térmica a biogás Citrusvil Biogás (IF-2019-64668486-APN-DNRMEM#MHA).

Que la empresa Alcovil S.A. ha cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de la documentación societaria y comercial.

Que la solicitud de ingreso al MEM en calidad de agente generador para la Central Térmica a biogás Citrusvil Biogás se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina 34.158 del 22 de julio de 2019, sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de esta medida.

Que la Dirección Nacional de Regulación del Mercado Eléctrico Mayorista dependiente de esta Subsecretaría de Mercado Eléctrico ha tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente de la Secretaría de Gobierno de Energía del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención que le compete.

Que esta medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 35 y 36 de la ley 24.065 y el artículo 1° de la resolución 12 del 16 de abril de 2019 de la Secretaría de Recursos Renovables y Mercado Eléctrico dependiente de la Secretaría de Gobierno de Energía del Ministerio de Hacienda (RESOL-2019-12-APN-SRRYME#MHA).

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE MERCADO ELÉCTRICO

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Autorizar el ingreso como agente generador del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) a la empresa Alcovil S.A. para su Central Térmica a biogás Citrusvil Biogás, con una potencia de tres megavatios (3 MW), ubicada en la localidad de Cevil Pozo, provincia de Tucumán, conectándose al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de trece coma dos kilovoltios (13,2 kV) a instalaciones de la Empresa de Distribución Eléctrica de Tucumán Sociedad Anónima (EDET S.A.), vinculada a la Estación Transformadora Cevil Pozo, jurisdicción de la Empresa de Transporte de Energía Eléctrica por Distribución Troncal del Noroeste Argentino Sociedad Anónima (TRANSNOA S.A.).

ARTÍCULO 2°.- Instruir a la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA) a efectos de que los sobrecostos que se ocasionen a los demás agentes del MEM y las penalidades que deban abonar los prestadores de la Función Técnica del Transporte (FTT) derivados de eventuales indisponibilidades con motivo del ingreso que este acto autoriza, sean cargadas a Alcovil S.A., titular de la Central Térmica a biogás Citrusvil Biogás en su vínculo con el SADI. A este efecto, se faculta a CAMMESA a efectuar los correspondientes cargos dentro del período estacional en que dichos sobrecostos o penalidades se produzcan.

ARTÍCULO 3°.- Notificar a Alcovil S.A., a CAMMESA, a EDET S.A. y al Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de la Secretaría de Gobierno de Energía del Ministerio de Hacienda.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan Alberto Luchilo

e. 17/09/2019 N° 69636/19 v. 17/09/2019

Fecha de publicación 17/09/2019