Edición del
19 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Decisión Administrativa 798/2019

DA-2019-798-APN-JGM - Asignación de unidades retributivas.

Ciudad de Buenos Aires, 17/09/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-68078695- -APN-SECDHYPC#MJ, el Decreto Nº 672 del 11 de mayo de 2016 y la Decisión Administrativa Nº 267 del 2 de marzo de 2018, sus modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa N° 267/18 y sus modificatorias se constituyó el Gabinete de las Autoridades Superiores de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL.

Que por Decreto N° 672/16 se creó el Consejo Consultivo y Participativo de los Pueblos Indígenas de la República Argentina en el ámbito de la SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS Y PLURALISMO CULTURAL del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que teniendo en miras la necesidad de desarrollo de las actividades del citado Consejo, resulta menester efectuar una adecuación de la cantidad de unidades retributivas asignadas al MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA y la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO han tomado la intervención que les compete.

Que el Servicio Jurídico Permanente de la Jurisdicción ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Asígnase al Titular del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS la cantidad adicional de TRECE MIL NOVECIENTAS SESENTA Y TRES (13.963) Unidades Retributivas.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente será atendido con los créditos asignados JURISDICCIÓN 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Germán Carlos Garavano

e. 18/09/2019 N° 70480/19 v. 18/09/2019

Fecha de publicación 18/09/2019