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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 3898/2019

RESOL-2019-3898-APN-ENACOM#JGM FECHA 17/09/2019 ACTA 52

EX-2018-63903752-APN-DNSA#ENACOM

El directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Aprobar los actos de concurso de oposición, tendiente a la adjudicación de una licencia para la regularización de la emisora correspondiente a la estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, denominada “FM RECONQUISTA”, en la frecuencia de 89.5 MHz., de la localidad de JOSÉ LEÓN SUAREZ, provincia de BUENOS AIRES. 2.- Dar por concluidos los trámites de oposición documentados bajo EX-2018-67150236-APN-DNSA#ENACOM y EX-2018-67957209-APN-DNSA#ENACOM. 3.- Adjudicar a la ASOCIACIÓN DE MUJERES LA COLMENA, una licencia para el funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, en la frecuencia de 89.5 MHz., canal 208, en el domicilio de planta transmisora y estudios sito en la calle Villalba Nº 1366, de la localidad de JOSÉ LEÓN SUAREZ, provincia de BUENOS AIRES. 4.- El plazo de la licencia adjudicada abarcará un período de 10 años, a partir de habilitación definitiva del servicio. 5.- Constituye condición esencial de la adjudicación efectuada en el Artículo 3° que las emisiones se realicen asegurando la compatibilidad técnica con aquéllos servicios que han sido asignados; dichos parámetros técnicos deberán asegurar la compatibilidad electromagnética con las condiciones impuestas por el resultado de los procesos de coordinación internacional y el correcto funcionamiento en forma armónica con los restantes licenciatarios. 6.- Establecer que el presente acto administrativo podrá ser revocado por contrario imperio si dentro del plazo de 90 días computados desde su dictado se constatara que el servicio licenciatario se encuentra provocando interferencias. 7.- Dentro de los 90 días de cumplido el plazo previsto en el Artículo que antecede, la licenciataria deberá presentar la documentación técnica del servicio para la correspondiente habilitación de las instalaciones. Dicha documentación deberá referir en forma expresa a que el correcto funcionamiento de la estación deberá serlo en forma armónica con el servicio correspondiente a la licencia a través de la cual se regularice, en caso de corresponder, el Permiso Precario y Provisorio, correspondiente a la estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, denominada “FM ARPEGGIO”, en la frecuencia de 89.5 MHz., de C.A.B.A, cuya regularización tramita bajo EX-2018-63887283-APNDNSA#ENACOM. Idéntica condición le será impuesta a éste último en el acto de adjudicación de licencia, de corresponder. 8.- La licenciataria asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC. 9.- A solicitud de la licenciataria se otorgará la señal distintiva correspondiente. 10.- El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones definidas por los Artículos precedentes, importará la caducidad del presente acto de adjudicación. 11.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese. Firmado: Silvana Myriam Giudici, Presidenta, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas

Sergio Gabriel Macia, Analista, Área Despacho.

e. 24/09/2019 N° 71845/19 v. 24/09/2019

Fecha de publicación 24/09/2019