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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 254/2019

ACTA N° 1588

Expediente N° 47.890/2016 (EX-2018-52266325-APN-SD#ENRE)

Buenos Aires, 20 DE SEPTIEMBRE DE 2019

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad el pedido de Acceso a la Capacidad de Transporte efectuado por la Empresa CAUCHARI SOLAR I SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (S.A.U.), para su Parque Solar Fotovoltaico Cauchari Solar I, de 100 MW, a conectarse en 345 kV, en el campo disponible en ese nivel de tensión en la Estación de Seccionamiento (ES) Altiplano, y por las Empresas CAUCHARI SOLAR II S.A.U. y CAUCHARI SOLAR III S.A.U. para sus Parques Solares Fotovoltaicos (PSF) Cauchari Solar II, de 100 MW, y Cauchari Solar III, de 100 MW, respectivamente, en la tensión de 33 kV en barras de ese nivel de tensión de la Estacion Transformadora (ET) Cauchari Solar I, dentro del PSF Cauchari. 2.- Solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) la publicación de un AVISO, así como publicar el mismo en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) por el plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, otorgándose un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, contados desde la última publicación, a fin de que quien lo considere procedente, presente un proyecto alternativo de Acceso que produzca una optimización del funcionamiento técnico-económico del SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) o presente observaciones u oposiciones sobre la base de la existencia de perjuicios para el mismo. 3.- Establecer que, en caso de registrarse la presentación de proyectos alternativos u observaciones al mismo, se convocará a Audiencia Pública para permitir al solicitante exponer sus argumentos. 4.- Disponer que, en caso de que no hubiera ninguna presentación, vencido el plazo señalado en el artículo 2, el ENRE otorgará el Acceso a la Capacidad de Transporte Existente , previa acreditación del cumplimiento de las condiciones establecidas en la Cláusula Sexta, incisos a) y b) del Acuerdo EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.) – INTERANDES S.A., así como la obtención de la autorización definitiva del punto de conexión al SADI otorgado al Parque Solar Caucharí I (NO-2019-20725224-APN-SSME#MHA). 5.- Disponer que CAUCHARI SOLAR I S.A.U. dará la Prestación Adicional de la Función Técnica de Transporte (PAFTT) para CAUCHARI SOLAR II S.A.U. y CAUCHARI SOLAR III S.A.U. 6.- Notifíquese a CAUCHARI SOLAR I S.A.U., CAUCHARI SOLAR II S.A.U., CAUCHARI SOLAR III S.A.U., a TRANSNOA S.A., a INTERANDES S.A., a CAMMESA, a la SECRETARÍA DE RECURSOS RENOVABLES y MERCADO ELÉCTRICO (SRRyME) y a la Superintendencia de Servicios Públicos y Otras Concesiones (SUSEPU) de la Provincia de JUJUY. 7.- Regístrese, publíquese en extracto en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Vocal Segundo Ing. Ricardo Martínez Leone - Vicepresidente Dra. Marta Roscardi - Presidente Ing. Andrés Chambouleyron -.

Diego Emanuel Alarcón, Asistente Administrativo, Secretaría del Directorio.

e. 24/09/2019 N° 71781/19 v. 24/09/2019

Fecha de publicación 24/09/2019