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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO - SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 587/2019

RESOL-2019-587-APN-SECT#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 13/05/2019

VISTO el Expediente Nº 1.797.314/18 del Registro del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/5 del Expediente N° 1.797.317/18 agregado como fojas 2 al Expediente N° 1.797.314/18, obra el acuerdo celebrado entre la FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa SINERGIUM BIOTECH SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, cuya homologación las partes solicitan de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que a páginas 3/6 del IF-2018-56770476-APN-DGDMT#MPYT, del EX-2018-56708818-APN-DGDMT#MPYT, cuya copia se encuentra a fojas 5 del Expediente N° 1.797.314/18, obra un nuevo acuerdo celebrado entre las mismas partes.

Que los mencionados acuerdos se celebraron en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1426/14 “E”.

Que mediante los mismos se pactan nuevas condiciones salariales para los trabajadores de la empleadora comprendidos en el precitado convenio, con vigencia desde el 01 de Mayo 2018, conforme los detalles allí impuestos.

Que en relación con el carácter atribuido a las asignaciones pactadas corresponde hacer saber a las partes lo establecido en el Artículo 103 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976).

Que el ámbito de aplicación de los referidos instrumentos se corresponde con la actividad de la empleadora signataria, como así con los ámbitos de representación personal y actuación territorial de la entidad sindical, emergentes de su Personería Gremial.

Que las partes firmantes se encuentran legitimadas para celebrar el Acuerdo que ha sido debidamente ratificado y cuya homologación se persigue en el presente trámite, conforme surge de los antecedentes obrantes en autos y han acreditado su personería y facultades para convencionar colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.

Que procede así indicar que se encuentran cumplimentados los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación de los mentados Acuerdos.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO-2019-35-APN-PTE.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa SINERGIUM BIOTECH SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, obrante a fojas 2/5 del Expediente N° 1.797.317/18 agregado como fojas 2 al Expediente N° 1.797.314/18, conforme lo previsto en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa SINERGIUM BIOTECH SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, obrante a páginas 3/6 del IF-2018-56770476-APN-DGDMT#MPYT, del EX-2018-56708818-APN-DGDMT#MPYT, cuya copia obra como fojas 5 del Expediente N° 1.797.314/18, conforme lo previsto en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 3°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del acuerdo que luce a fojas 2/5 del Expediente N° 1.797.317/18 agregado como fojas 2 al Expediente N° 1.797.314/18 y a páginas 3/6 del IF-2018-56770476-APN-DGDMT#MPYT, del EX-2018-56708818-APN-DGDMT#MPYT, agregado como fojas 5 al Expediente N° 1.797.314/18.

ARTICULO 4°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente junto al Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1426/14 “E”.

ARTÍCULO 5°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO no efectúe la publicación de carácter gratuito de los acuerdos homologados y esta Resolución, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).

ARTICULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lucas Fernandez Aparicio

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 24/09/2019 N° 59515/19 v. 24/09/2019

Fecha de publicación 24/09/2019