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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

Resolución 57/2019

RESOL-2019-57-APN-MAGYP - Emergencia agropecuaria: Dáse por declarado en la Provincia de Santiago del Estero el estado de emergencia y/o desastre agropecuario.

Ciudad de Buenos Aires, 24/09/2019

VISTO el Expediente Nº EX-2019-85439641- -APN-DGDMA#MPYT del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la Ley Nº 26.509 y sus modificatorias y su Decreto Reglamentario Nº 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009, el Decreto Provincial Nº 1.315 de fecha 20 de agosto de 2019, el Acta de la reunión de la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS del 18 de septiembre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que la Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO presentó el Decreto Provincial Nº 1.315 de fecha 20 de agosto de 2019, en la reunión del 18 de septiembre de 2019 de la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS (CNEyDA), a los efectos de la aplicación de la Ley Nº 26.509.

Que el citado Decreto Provincial Nº 1.315 en su Artículo 1º amplió el Decreto Provincial Nº 49 de fecha de 21 de enero de 2019, en su Artículo 1º, incorporando las Localidades de Malbrán, Colonia Libertad, La Aurora, Quebrachitos, El Tropezón, El Guazuncho, Las Abras, El Oso, Campo Alegre y Palmar del Departamento Aguirre, y las Localidades La Providencia, La Recompensa y El Aybal del Departamento Mitre.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS (CNEyDA), analizó la situación ocurrida en las explotaciones provinciales, luego de lo cual recomendó incorporar a las Localidades de Malbrán, Colonia Libertad, La Aurora, Quebrachitos, El Tropezón, El Guazuncho, Las Abras, El Oso, Campo Alegre y Palmar del Departamento Aguirre, y las Localidades La Providencia, La Recompensa y El Aybal del Departamento Mitre a la declaración del estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, por un plazo de DOCE (12) meses, a partir del 1 de enero de 2019, a las explotaciones agropecuarias afectadas por inundaciones que se encuentran ubicadas en los Departamentos Mariano Moreno, Juan Felipe Ibarra, General Taboada y Manuel Belgrano, previstas por la Resolución Nº RESOL-2019-19-APN-SGA#MPYT del 24 de enero de 2019 de la ex - SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, y a las Localidades de Cañada Escobar, Colonia Gamara y Clodomira del Departamento Banda; las localidades de La Cañada y Hurito Huasi del Departamento Figueroa; y las Localidades de Colonia El Simbolar, Fernández, Vilmer, Forres y Beltrán del Departamento Robles, prevista por la Resolución Nº RESOL-2019-76-APN-SGA#MPYT del 1 de marzo de 2019 de la citada ex – Secretaría de Gobierno.

Que, asimismo, la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS (CNEyDA), ratificó el 31 de diciembre de 2019 como fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones afectadas, de acuerdo con lo estipulado en los Artículos 22 y 23 del Anexo al referido Decreto Reglamentario Nº 1.712/09, prevista por la citada Resolución Nº RESOL-2019-19-APN-SGA#MPYT.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, y por el Artículo 9º del Anexo al Decreto Reglamentario Nº 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009,

Por ello,

EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese el Artículo 1º de la Resolución Nº RESOL-2019-19-APN-SGA#MPYT de fecha 24 de enero de 2019 de la entonces SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, el que quedará redactado de la siguiente manera: “A los efectos de la aplicación de la Ley Nº 26.509: Dáse por declarado en la Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, por un plazo de DOCE (12) meses, a partir del 1 de enero de 2019, a las explotaciones agropecuarias afectadas por inundaciones que se encuentran ubicadas en la totalidad de los Departamentos Mariano Moreno, Juan Felipe Ibarra, General Taboada y Manuel Belgrano, y en las Localidades de Cañada Escobar, Colonia Gamara y Clodomira del Departamento Banda, en las Localidades de La Cañada y Hurito Huasi del Departamento Figueroa; en las localidades de Colonia El Simbolar, Fernández, Vilmer, Forres y Beltrán del Departamento Robles; las localidades de Malbrán, Colonia Libertad, La Aurora, Quebrachitos, El Tropezón, El Guazuncho, Las Abras, El Oso, Campo Alegre y Palmar del Departamento Aguirre; y en las Localidades La Providencia, La Recompensa y El Aybal del Departamento Mitre.”.

ARTÍCULO 2º.- La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Luis Miguel Etchevehere

e. 25/09/2019 N° 72685/19 v. 25/09/2019

Fecha de publicación 25/09/2019