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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 3989/2019

RESOL-2019-3989-APN-ENACOM#JGM FECHA 24/09/2019 ACTA 52

EX-2019-70039766-APN-SDYME#ENACOM

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Adjudicar a los solicitantes consignados en el IF-2019-78162201-APNDNSA# ENACOM del GENERADOR ELECTRÓNICO DE DOCUMENTOS OFICIALES, que forma parte integrante en un todo de la presente resolución, las licencias para la instalación, funcionamiento y explotación de servicios de comunicación audiovisual de frecuencia modulada de muy baja potencia, en el marco del régimen establecido. 2.- Las licencias adjudicadas en el Artículo 1° de la presente, abarcarán un período de 10 años contados a partir de la fecha del acto administrativo de autorización de inicio de las emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrán ser prorrogadas a solicitud de los licenciatarios, por los plazos y en las condiciones previstas por el Artículo 40 de la Ley N° 26.522. 3.- Otórgar un plazo de 180 días corridos de notificado el presente acto, prorrogable por el mismo término, para que los licenciatarios presenten la documentación técnica del servicio para la correspondiente habilitación de las instalaciones e inicio regular de las emisiones. 4.- Los licenciatarios asumirán la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC. 5 .- Los licenciatarios deberán mantener el perfil de la propuesta comunicacional durante todo el término de las licencias. La modificación del perfil de la propuesta será considerada incumplimiento de las condiciones de adjudicación. 6.- Dentro del plazo de 30 días corridos de notificada la presente, los licenciatarios deberán presentar la “DECLARACIÓN JURADA ANUAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL”. 7.- Rechazar las solicitudes de adjudicación directa de licencias consignadas en el IF- 2019-78162221-APN-DNSA#ENACOM del GENERADOR ELECTRÓNICO DE DOCUMENTOS OFICIALES, que forma parte integrante en un todo de la presente Resolución, en atención a las razones expuestas en los considerandos de la presente. 8.- Dáse intervención a la DIRECCIÓN NACIONAL DE AUTORIZACIONES y REGISTROS TIC a fin de que proceda a cancelar las asignaciones que hubiesen sido previstas para las solicitudes mencionadas en el Artículo 7 de la presente. 9.- Notifíquese, publíquese. Firmado: Silvana Myriam Giudici, Presidenta, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas

Sergio Gabriel Macia, Analista, Área Despacho.

e. 27/09/2019 N° 73607/19 v. 27/09/2019

Fecha de publicación 27/09/2019